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Distribuido Nº 86/19

Florida, 17 de diciembre de 2019
Sr (a) Edil
De nuestra consideración:

                                    En la sesión del jueves 19 se tratará la aprobación del convenio entre la Intendencia de Florida y DGC -Hípica Rioplatense para la continuación de las actividades del Hipódromo Irineo Leguisamo dentro del Sistema Integrado  Nacional de Turf (SINT).

En la fecha la Intendencia ha recibido dos modificaciones no sustanciales al referido convenio, solicitando que el Organismo las incorpore al texto primario:

Modificaciones propuestas:

Cláusula III)

(….)

2. El aporte al premio hípico previsto por la DGC comprenderá hasta un máximo de 10 reuniones, que se realizarán los días viernes o domingo, además de los días 3 de junio y 12 de octubre, según se establecerá en el Calendario Anual respectivo, en horario previo a las carreras del Hipódromo Nacional de Maroñas y, en lo posible sin intercalarse con estas, de modo de no interferir con la programación del HNM si es que la hubiera.

El texto aprobado en la Comisión de Obras, expresa:

2. El aporte al premio hípico previsto por la DGC comprenderá hasta un máximo de 10 reuniones, que se realizarán los días viernes, además de los días 3 de junio, 12 de octubre o el viernes más próximo, y el lunes feriado de carnaval que corresponda, en horario previo a las carreras del Hipódromo Nacional de Maroñas y, en lo posible sin intercalarse con estas, de modo de no interferir con la programación del HNM si es que la hubiera.

Nota de Secretaría. La modificación propuesta establece que las competencias en Florida podrán ser viernes o domingo (día que se agrega) y se fija expresamente las fechas  3 de junio y el 12 de octubre que pasan a integrar el calendario oficial. Se retira la posibilidad de que esas fechas se hicieran “. el viernes más próximo”, así como competencias en el lunes feriado de carnaval.-

Cláusula XIII) Plazo y vigencia

La vigencia del presente Convenio de Asistencia  es desde el 1° de enero al 31 de diciembre de 2020. Sin perjuicio de ello, a partir del 1° de junio de 2020 HRU podrá rescindir el mismo en cualquier momento, mediando un preaviso de 30 días en el que  comunicará su intención de dejar sin efecto el mismo.

Nota de Secretaría. Se agrega a la redacción original el texto en negrita y cursiva.

LA SECRETARÍA