Distribuido Nº 81/19
Florida, 03 de diciembre de 2019
Sr. (a) Edil (a) Departamental
PRESENTE
Se transcribe solicitud de autorización, por parte de la Intendencia, para permitir a empresa constructora a exceder el límite de altura permitido en el Plan Local de Florida, para proyecto de viviendas sociales en la ciudad.
A estudio: Comisión de Obras
Ref: IF. Exp Nº 03681/19
“Florida, 26 de noviembre de 2019
VISTO: La petición de Construcciones Sur S.R.L. que se le autorice una tolerancia para exceder en un metro cero cinco centímetros la altura para las construcciones a realizarse en el padrón Nº 583 de la ciudad de Florida.
CONSIDERANDO: 1) Que de acuerdo al Plan Local de la ciudad de Florida (JDF 10/2016) el referido inmueble se encuentra comprendido en la Zona 1A no cumpliendo, la obra a realizarse, con la altura estipulada en la normativa vigente.
2) Que en el inmueble se van a realizar Viviendas al amparo de lo establecido en la Ley 18. 795 que son Viviendas de Interes social, habiendo sido observado el proyecto por la ANV, ya que a los efectos de colocar un ascensor se requiere por lo menos la construcción de cuatro pisos.
3) Que el proyecto original comprendía tres pisos y con ascensor para permitir accesibilidad a las unidades mejorando las características de habitabilidad por lo que se debió incluir un piso más.
4) Que a esos efectos se requiere contar con una altura del edificio medida desde el nivel en eje del terreno de 10 metros lo cual excede la altura permitida por el Plan Local de Florida que es de 9 metros.
5) Que el inmueble pertenece a un conjunto de viviendas de la época fundacional de la ciudad por lo que corresponde la conservación de la fachada y por lo tanto no resulta conveniente sea cortada para que la empresa logre la altura requerida por otros mecanismos.
6) Que realizados los estudios correspondientes la altura solicitada no alterará la visión hacia la Catedral máxime que según el relevamiento altimétrico se ha podido constatar que el padrón en cuestión se encuentra 2.36 metros por debajo del nivel de la Plaza
7) Que la iniciativa cuenta con el aval del Área de Ordenamiento Territorial y del Sr. Director General de Obras, informándose que el servicio de ascensor da accesibilidad y categroría a esta zona céntrica de la ciudad, revitalizándola y modernizándola, y que el edificio, al estar retirado hacia el corazón de la manzana y a la escala peatón es imperceptible el aumento de esa altura.
ATENTO: A lo expuesto, a las actuaciones que surgen del presente y a lo dispuesto en el artículo 48 del Plan Local (JDF 10/16).
EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE
ELÉVESE a la Junta Departamental de Florida, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto:
Art. 1º.- Autorícese a Construcciones Sur S.R.L. una tolerancia de un metro cero cinco centímetros, en la altura de las construcciones a realizar en el Padrón Nº 583, manzana Nº 46, ubicado en la Zona 1 A, según el Plan Local de la ciudad de Florida.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
(Fdo.) Ing. Guillermo López Méndez, Intendente; Cr. Álvaro Rodríguez Hunter, Secretario General”.
LA SECRETARÍA