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Distribuido Nº 26/19

Florida, 29 de abril de 2019
Sr. (a) Edil (a) Departamental
PRESENTE:
                Se transcribe proyecto de decreto tendiente a modificar subcategorías de suelos, en el Plan Local de la ciudad de Florida, incorporando padrones a la zona urbana consolidada.

 

A estudio: Comisión de Obras

Ref: IF. Exp Nº 01076/19

 

“Florida, 23 de abril de 2019.

VISTO: Visto la iniciativa del Sr. Director de la Oficina de Ordenamiento, ingeniero Agrimensor Sergio Gil Lerena en tanto realizar algunos ajustes en los límites de las zonas definidas en el Plan Local de la Ciudad de Florida mediante el cambio de subcategorías al amparo de lo establecido en su artículo 48.

CONSIDERANDO: 1) Que según el desarrollo urbanístico y el cambio de la dinámica de ciertas zonas de la ciudad deviene necesario potenciar algunos padrones.

2) Que esta dinámica ha permitido que los inmuebles sean aptos para la instalación de viviendas de interés social, o la instalación de nuevos servicios, comercios y otros destinos que determinan un mejoramiento en la calidad de vida de la población.

3) Que en la zona existen servicios públicos necesarios para el desarrollo del suelo urbano consolidado y enmarcados en el Plan Local de Ordenamiento Territorial de la Ciudad.

4) Que por JDF Nº 10/2016 se aprobó el Plan Local de la ciudad de Florida y según lo previsto por el art. 48 de la norma de referencia, de acuerdo a lo previsto por el artículo 29 in fine de la ley No. 18.308, los aspectos de carácter no sustancial podrán modificarse o regularse por Decreto de la Junta Departamental.

5) Que se definen como no sustanciales, aquellas situaciones preexistentes que no fueron contempladas en la Categorización de Suelos y que a posteriori se detecten o se considere necesario o conveniente contemplar o modificar, entre otras, usos de suelos existentes que no hayan sido reconocidos en la norma, incorrecciones en planos, croquis de fraccionamientos, cambio de categorización de suelos por usos.

ATENTO: A lo expuesto.

 

EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:  

 

Elévese a la Junta Departamental de Florida, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de decreto:

Art. 1º.- Inclúyase los inmuebles empadronados con los Nº 11429 (p), Nº 11430 y Nº 11433 ubicados en la zona 5 manzana Nº 568 en la zona 3 por los proyectos de viviendas que se concretarán próximamente incorporándose a la zona urbana consolidada .

Art. 2º.- Inclúyase los inmuebles empadronados con el Nº 4089 de la manzana Nº 313, Nº 4088de la manzana 315, Nº 2908 Manzana Nº 233 en la zona 2 ya que posibilitarán la instalación de algún centro comercial y/o de servicios necesarios en la entrada principal de la ciudad, atendiendo que la dinámica de la zona ha crecido notoriamente ya sea por la afluencia de público local al Prado Piedra Alta o por los visitantes que llegan a esa zona turística e histórica de la ciudad, incorporándose a la zona urbana consolidada.

Art. 3º.- Por los mismos motivos inclúyase al inmueble empadronado con el Nº 5412 (p) manzana 365 en la zona 2 desde la prolongación de la calle Herrera y Obes entre Antonio Mª Fernández y Manuel Calleros hasta la calle Zufriategui. Esta inclusión es parcial ya que el resto del padrón quedaría en zona inundable, incorporándose a la zona urbana consolidada.

(Fdo.) Ing. Guillermo López Méndez, Intendente; Dra. Macarena Rubio Fernández, Secretaria General”.

LA SECRETARÍA