Distribuido Nº 40/10
Florida, Agosto 2 de 2010.
Sr. (a) Edil (a) Departamental.
De mi mayor consideración
Cúmpleme remitir a Ud. solicitud de anuencia de la Intendencia Departamental, para aprobar fraccionamiento del inmueble rural Nº 12.527 destinado a empresa ACRILICOS FLORIDA S.R.L.
Ref: IDF. Exp. 01504/2010 - JDF. Lº 11 Fº 12.
Resolución Nº 111/10.
Florida, Julio 28 de 2010.
EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:
1) REINGRESE a la Junta Departamental de Florida, ya que resulta para la presente Administración conveniente lo dispuesto por Resolución Nº 23246/2010, anexada en actuación Nº 21.
2) CUMPLIDO, vuelva a este Despacho.
(Fdo.) Carlos ENCISO CHRISTIANSEN Intendente – Dra. Macarena RUBIO FERNANDEZ Secretaria General.
Resolución Nº 23246/2010.
Florida, 05 de Julio de 2010.
VISTO: El proyecto de fraccionamiento del padrón rural No. 12.527 sito en la 5a Sección Catastral del Departamento de Florida, presentado por los Sres. Mario Julio TORRES COLOMBO y Lidia Norma CEDRES PERDOMO.
CONSIDERANDO: 1) Que según ha informado División Agrimensura, el proyecto de fraccionamiento implica la creación de una fracción con un área inferior a 5 há;
2) Que de acuerdo a lo previsto por el Decreto Departamental de Florida No. 8/07, en zona rural no se permitirán predios con dimensiones menores a 5 hectáreas de superficie.
3) Que los gestionantes así como la empresa ACRÍLICOS FLORIDA S.R.L., han manifestado que la fracción No. 1 que cuenta con 1 há 5000 m2, se deslinda para ser adquirida por la mencionada empresa para instalar en ella una planta para fabricación de láminas de acrílico para la exportación.
4) Las Direcciones competentes consideran que el proyecto reviste interés especial, por cuanto y como lo afirma el Sr. Director General de Desarrollo Sustentable " se trata de la instalación de un Emprendimiento Industrial Innovador, de exportación no tradicional al mercado de San Pablo Brasil, de bajo impacto ambiental y que generará empleo fundamentalmente juvenil en una zona del Departamento hasta el momento con escasas fuentes laborales".
5) La importancia del proyecto y el aval que las Direcciones competentes le han prestado, ameritan que este Ejecutivo Departamental estime viable su aprobación al amparo de lo previsto por el artículo 7 in fine del Decreto J.D.F. No. 8/07 y bajo la condición de que la fracción No. 1 se adquirida por la empresa ACRÍLICOS FLORIDA S.R.L e instale en ella la Planta Industrial antes mencionada.
ATENTO: a lo expuesto, a los informes técnicos contenidos en estas actuaciones y a lo previsto por el art. 7 del Decreto 8/07;
EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:
Solicítase anuencia a la Junta Departamental de Florida, para aprobar el proyecto de fraccionamiento presentado por los Mario Julio TORRES COLOMBO y Lidia Norma CEDRES PERDOMO, del inmueble rural empadronado con el No. 12.527 ubicado en la 5a Sección Catrastral del Departamento de Florida, bajo condición de que la fracción No. 1 sea adquirida por ACRÍLICOS FLORIDA S.R.L e instale en ella una Planta Industrial de fabricación de láminas de acrílico, en el plazo de dos años.
(Fdo.) Dr. Fernando LAMAS Intendente – Dr. Julio C. MATOS. Secretario General.
LA SECRETARÍA