Distribuido Nº 37/10
Florida, 23 de julio de 2010
Sr(a) Edil(a) Departamental
De mi consideración:
Se transcribe proyecto presentado por el Sr. Intendente modificativo de su propuesta referida a un régimen especial y transitorio de expedición de libretas de conducir.- El presente proyecto sustituye al repartido en el Distribuido 2010-0035.
Ref: IDF Exp. 02276/10- JDF Lº 11 Fº 19.- Proyecto modificativo al presentado sobre el régimen especial para la expedición de libretas de conducir.
Florida, 23 de julio de 2010.
VISTO: El proyecto elevado a consideración de la Junta Departamental de Florida, por Resolución No. 80-10- EE. 02234-10.
RESULTANDO: Que en el mismo se recoge la preocupación e interés expresados por ciudadanos a título individual y también por integrantes de ese honorable cuerpo legislativo.
CONSIDERANDO: Que se trata de una circunstancia especial por la que atraviesa nuestra sociedad, entendiéndose que este régimen, viene a contribuir con los objetivos sociales que persigue este régimen excepcional y transitorio.-
ATENTO: A lo establecido por la Constitución de la República. EL INTENDENTE DE FLORIDA, RESUELVE: ELÉVESE a consideración de la Junta Departamental de Florida, el proyecto de Decreto siguiente, complementario del enviado por E.E. 02010.86-001-02234;
ARTÍCULO 1°. Autorízase a la Intendencia Municipal de Florida a expedir, con carácter excepcional y en régimen de franquicia, las licencia de conducir motos, motocicletas y vehículos incluidos en las categorías A y B sin antigüedad, ciclomotores y motocicletas categorías G 1, G2 y 3 -de carácter departamental-, como asimismo la categoría H y las renovaciones de licencias en las mismas categorías, a un costo de $ 150 (ciento cincuenta pesos), a efectos de cubrir gastos de los insumos utilizados para la emisión de la misma, por un término de 90 (noventa) días.-
ARTÍCULO 2°. Establécese que estarán comprendidos en el presente decreto, quienes acrediten residir en el Departamento de Florida.
ARTÍCULO 3º. Facúltase al Intendente Municipal de Florida a prorrogar el plazo de extensión de la franquicia por igual término al mencionado en el artículo anterior y por resolución fundada.-ARTÍCULO 4°.- Insértese, comuníquese, etc.
(Fdo) Carlos ENCISO CHRISTIANSEN Intendente - Dra. Macarena RUBIO FERNANDEZ Secretaria General.
LA SECRETARÍA