Distribuido Nº 1/10
Florida, Enero 8 de 2010.
Sr. (a) Edil (a) Departamental.
PRESENTE.
De mi mayor consideración.
Para v/conocimiento se remite proyecto de Decreto referido a empadronamientos en el Dpto. de vehículos adquiridos en remate a organismos públicos.
Ref: IF. Exp. 04306/09 – JDF. Lº 10 Fº 150.
A estudio. Comisión de Legislación.
Florida, Enero 5 de 2009.
VISTO: La frecuencia con que están ingresando solicitudes de empadronamientos por particulares de vehículos adquiridos en remates, ya sea al Poder Judicial, u otros organismos del Estado carentes del Certificado de Aduanas o de importación directa.
CONSIDERANDO: 1) Que la ausencia de esta documentación no debería de ser un obstáculo para que el adquirente en el remate pueda empadronar siempre que exista documentación suficiente acreditando la importación y la carencia del certificado de Aduanas.
2) Que en este sentido se ha pronunciado el Sr. Escribano Municipal.
3) Que es de interés del Ejecutivo dar un marco legal y general a este tipo de solicitudes.
ATENTO: A lo expuesto y dispuesto en el artículo 275 numeral 6º de la Constitución
EL INTENDENTEDE FLORIDA
RESUELVE:
Elevar a la Junta Departamental el siguiente Proyecto de Decreto
1) Autorícese a realizar el empadronamiento en el Departamento de los vehículos adquiridos en remate a organismos públicos siempre que exista documentación suficiente de la forma que ingresó al país.
(Fdo.) Dr. Fernando LAMAS.- Intendente Municipal - Dr. Julio C. MATOS. Secretario General.
LA SECRETARÍA