DECRETO J.D.F.:16/1997
DESCRIPCION: INICIATIVA DEL SR. INTENDENTE MUNICIPAL A EFECTOS DE MODIFICAR LA REDACCIÓN DEL ART. 1º DEL DECRETO J.D.F. Nº 41/95 (DECLARACIONES DE INTERES DEPARTAMENTAL), EN FORMA TAL DE COMPRENDER EN SU ENUNCIADO A LAS COOPERATIVAS DE VIVIENDAS.-
APROBACION: 25/07/97
EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 5123/95- J.D.F. Lº 1 Fº 24
Ref. IMF Exp.5123/95 - JDF Lº1 Fº24.- Iniciativa del Sr. Intendente Municipal a efectos de modificar la redacción del artículo 1º del Decreto JDF Nº41/95 (Declaraciones de INTERES DEPARTAMENTAL),en forma tal de comprender en su enunciado a las Cooperativas de Viviendas.-
En sesión de la fecha y por unanimidad de miembros presentes (29 Ediles), se sancionó el siguiente proyecto.-
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A :
Art.1º.- Modifícase el artículo 1º del Decreto de la Junta Departamental 41/95, promulgado el 4 de marzo de 1996, el que quedará así redactado:
"Art.1º.- Podrá ser declarada de "interés departamental", la implantación en el Departamento de emprendimientos a cargo de empresas, o asociaciones civiles con personería jurídica, o de cooperativas de vivienda debidamente reconocidas y registradas, así como el desarrollo de actividades o eventos puntuales, bajo las condiciones que se establecen en este decreto y su reglamentación.
La declaración podrá ser también conferida a la realización de un evento concreto, o de una actividad aperiódica que impliquen prestigio y/o beneficios para el Departamento, sin la exigencia de que la organización esté a cargo de sólo una empresa, o asociación civil, o cooperativa de viviendas."
Art. 2º.- Comuníquese. Regístrese. Y oportunamente, archívese.-
Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los veinticinco días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete.-
Fdo. JAVIER FERNANDEZ, Presidente; MARTIN AMAYA, Secretario General.-
Relacionado con Decreto JDF Nº 41/1995