Florida, 16 de julio de 2024
Sr/a. Edil/a.
PRESENTE
Se remiten proyectos, considerados en comisiones asesoras del organismo, que integrarán el orden del día de la sesión ordinaria a realizarse el viernes 19 de julio de 2024.
COMISIÓN DE LEGISLACIÓN ( punto 2 )
Ref: JDF. Exp. Nº 924/23 - IF. Exp. Nº 01218/22. Autorización a la Intendencia para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 3903 de la localidad catastral Florida, con el fin de ampliar su cartera de tierras.
Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 72/23
Proyecto de resolución:
VISTO: La iniciativa del Sr. Director General de Asuntos Legales y Transparencia de la Intendencia, tendiente a que se proceda a la expropiación del padrón Nº 3903 de Florida, a fin de que integre la cartera de tierras de la Comuna.
CONSIDERANDO: 1) Que en la actualidad según informe técnico surge que no existen construcciones en el predio y que el cerramiento de alambrado está en mal estado.
2) Que Asesoría Notarial de la Intendencia informa que según Información registral obtenida por dicho padrón, el titular del bien inmueble es Bazan García Benigna.
3) Que el inmueble registra adeudos tributarios desde el año 2003.
4) Que según informa Agrimensura de la Comuna, en actuación Nº 5, el referido predio se encuentra afectado parcialmente por la inundabilidad.
5) Que el artículo 63° de la Ley 18.308 declara de utilidad pública la expropiación por parte de la Administración de los inmuebles en estado de abandono que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social no hayan sido explotadas por más de 10 años a efectos de integrar la cartera de tierras.
6) Que el abandono está dado por la omisión de los deberes relativos a la propiedad inmueble establecidos en el artículo 37° de la misma ley, tales como conservar, cuidar, rehabilitar, etc.
7) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.
8) Que esta Junta Departamental comparte la iniciativa.
ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 35° de la Ley 9.515; Ley Nº 3.958; Ley Nº 18.308, concordantes y modificativas; y a lo dispuesto en el artículo 275°, numeral 7, de la Constitución.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:
1º. AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 3903 sito en la localidad catastral Florida, con el fin de ampliar su cartera de tierras.
2º. Comuníquese, etc.
A favor: Silvana Goñi, Natalia Padilla, Alejandra Facciolo, Sonia Castro y Sebastián Rodríguez Ferrari.
En contra: Javier Heredero (vicepresidente) y Gabriela Rodríguez Buydid.
COMISIÓN DE LEGISLACIÓN ( punto 3 )
Ref: JDF. Exp. Nº 994/23 - IF. Exp. Nº 01217/22. Autorización a la Intendencia para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 3910 de la localidad catastral Florida, con el fin de ampliar su cartera de tierras.
Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 76/23
Proyecto de resolución:
VISTO: La iniciativa del Sr. Director General de Asuntos Legales y Transparencia de la Intendencia en proceder a la expropiación del padrón Nº 3910 de Florida, a fin de que integre la cartera de tierras de la Comuna.
CONSIDERANDO: 1) Que en la actualidad, según informe técnico, surge que el padrón se encuentra libre de edificaciones, sin cerramiento perimetral y parcialmente alambrado en muy mal estado.
2) Que la Asesoría Notarial de la Intendencia hace saber que, según información registral obtenida por dicho padrón, el titular del bien inmueble es el Club Bancario Florida.
3) Que el inmueble registra adeudos tributarios desde el año 2003.
4) Que el referido predio en gran parte es inundable.
5) Que el artículo 63° de la Ley 18.308 declara de utilidad pública la expropiación por parte de la Administración de los inmuebles en estado de abandono que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social no hayan sido explotadas por más de 10 años a efectos de integrar la cartera de tierras.
6) Que el abandono está dado por la omisión de los deberes relativos a la propiedad inmueble establecidos en el artículo 37° de la misma ley, tales como conservar, cuidar, rehabilitar, etc.
7) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.
8) Que este cuerpo legislativo comparte la iniciativa.
ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 35°, numeral 35, de la Ley 9.515; Ley Nº 3.958; Ley Nº 18.308, concordantes y modificativas; y a lo dispuesto en el artículo 275°, numeral 7, de la Constitución.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:
1º. AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 3910 sito en la localidad catastral Florida, con destino a ampliar la cartera de tierras de la Comuna.
2º. Comuníquese, etc.
A favor: Silvana Goñi, Natalia Padilla, Alejandra Facciolo, Sonia Castro y Sebastián Rodríguez Ferrari.
En contra: Javier Heredero (vicepresidente) y Gabriela Rodríguez Buydid.
COMISIÓN DE LEGISLACIÓN ( punto 4 )
Ref: JDF. Exp. Nº 1335/23 - IF. Exp. Nº 02635/23. Autorización a la Intendencia para la ejecución del proyecto "Arte para el Bicentenario", en el marco de los festejos del Bicentenario de la Independencia Nacional.
Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 111/23 - DISTRIBUIDO Nº 30/24
Proyecto de resolución:
VISTO: Que la Administración encabezada por el Intendente Guillermo López se encuentra desarrollando una agenda de trabajos, proyectos y actividades de cara a los festejos del Bicentenario de la Independencia Nacional, cuyos principales acontecimientos tuvieron lugar en la ciudad de Florida en el año 1825, surgiendo el proyecto “Arte para el Bicentenario”, a iniciativa de la Dirección General de Obras y la Dirección General de Cultura, como una serie de intervenciones urbanas con carácter artístico-cultural que pongan en valor determinados espacios públicos de la ciudad y sirvan como homenaje a tan importante acontecimiento.
CONSIDERANDO: 1) Que no existe mejor agregación de valor histórico y cultural a nuestra querida ciudad de Florida como Cuna de la Independencia Nacional, que intervenir artística y urbanísticamente el entorno en el cual nacimos, nos criamos, nos desarrollamos como seres humanos y vivimos en comunidad.
2) Que esta iniciativa plantea el embellecimiento de nuestros espacios públicos homenajeando a los héroes independentistas que participaron del Congreso de la Florida el 25 de Agosto de 1825.
3) Que el proyecto plantea la intervención de cinco espacios públicos distribuidos estratégicamente por toda la ciudad. Estas intervenciones tendrán como hilo conductor nuestra identidad, nuestra historia y nuestros valores como nación, plasmadas por un ciudadano ilustre de nuestra tierra como es el artista Sergio Álvarez Frugoni.
4) Que se realizará una serie de cinco intervenciones: cuatro con tres estructuras iluminadas con forma de columnas que serán intervenidas por el artista apelando a la épica del Bicentenario de nuestra Independencia, y otra de similares características pero con dos columnas. Además, la totalidad de 14 columnas simbolizan a cada uno de los miembros de la Sala de Representantes que el 25 de agosto de 1825 declararon las leyes fundamentales de Independencia, Unión y Pabellón.
5) Que sobre los tótems, se detallará brevemente la historia de cada homenajeado (uno por cada tótem). La descripción del contenido de cada placa estará a cargo de la Comisión del Bicentenario. En cada serie se instalará también una placa con la biografía del artista responsable de la ejecución de la obra y una breve reseña que posibilite la compresión del proyecto en su totalidad.
6) Que según documento anexo a actuación 22 del expediente municipal Nº 2023-86-001-02635 se desarrolla la reseña sobre el artista Sergio Álvarez Frugoni, pintor uruguayo nacido en el departamento de Tacuarembó, y su obra.
7) Que el proyecto plantea la intervención de cinco espacios públicos distribuidos estratégicamente por toda la ciudad. Estas intervenciones tendrán como hilo conductor nuestra identidad, nuestra historia y nuestros valores como nación, plasmados en ellas. Estos espacios son: Inmediaciones de la Piedra Alta, plaza Varela, cantero sobre la Av. Alberto Heber Usher, pórtico de ingreso a la Av. del Cementerio Departamental, cantero central sobre la calle Andrés Arocena Noceti.
8) Que se propone la realización de las intervenciones en etapas, ejecutándose dos en el año 2024 y tres en el año 2025 y según proyecto descripto por el Director General de Obras en documento anexo a actuación N° 22 del expediente municipal Nº 2023-86-001-02635 .
9) Que el espíritu de estas intervenciones es también homenajear a todos aquellos integrantes de la Sala de Representantes que inició sus funciones el 20 de agosto de 1825, y que cinco días más tarde declaró las leyes de Independencia, Unión y Pabellón. Por tanto, cada tótem representará la figura de cada uno de los 14 integrantes de aquella junta y los territorios a los cuales representaban (la ciudad de San Fernando de Maldonado, las villas de Guadalupe, San José, San Salvador, San Fernando de la Florida, Nuestra Señora de los Remedios, San Pedro, San Juan Bautista, San Isidro de las Piedras, Rosario, Concepción de Pando, Concepción de Minas y de las Víboras; y el pueblo de Vacas). Las figuras a homenajear son: Juan Francisco Larrobla, Eduardo Pérez, Juan José Vázquez, Joaquín Suárez, Manuel Calleros, Juan De León, Carlos Anaya, Simón del Pino, Santiago Sierra, Atanasio Lapido, Juan Tomás Núñez, Gabriel Antonio Pereira, Mateo Lázaro Cortés e Ignacio Barrios.
ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 37°, numeral 3, de la Ley 9.515.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:
1°. AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a ejecutar el proyecto denominado "Arte para el Bicentenario", en el marco de los festejos del Bicentenario de la Independencia Nacional.
2°. ESTABLÉCESE que en cada tótem se colocará una placa donde constará una breve explicación, a modo de guía, a los efectos de que pueda realizarse el recorrido histórico - turístico de manera correcta.
3°. Comuníquese, etc.
A favor: Javier Heredero (vicepresidente), Silvana Goñi, Natalia Padilla, Alejandra Facciolo, Sonia Castro, Gabriela Rodríguez y Sebastián Rodríguez.
COMISIÓN DE LEGISLACIÓN ( punto 5 )
Ref: JDF. Exp. Nº 686/24 - IF. Exp. Nº 01484/24. Proyecto de decreto tendiente a declarar de "Interés Departamental" los festejos a realizarse en el marco del 150° aniversario de villa Independencia, en setiembre de 2024. Iniciativa de la Sra. edila María del Carmen Pérez Giménez.
Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 54/24
Proyecto de decreto:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:
Art. 1°. DECLÁRASE de “Interés Departamental” los festejos a realizarse en setiembre de 2024 en villa Independencia en el marco del 150° aniversario de la localidad; incluyéndose en el literal D) del Art. 5° del Decreto Departamental Nº 13/2017.
Art. 2°. Comuníquese, etc.
A favor: Javier Heredero (vicepresidente), Silvana Goñi, Natalia Padilla, Alejandra Facciolo, Sonia Castro, Gabriela Rodríguez y Sebastián Rodríguez.
COMISIÓN DE LEGISLACIÓN ( punto 6 )
Ref: JDF. Exp. Nº 745/24 - IF. Exp. Nº 01636/24. Proyecto de decreto tendiente a declarar de "Interés Departamental" la tradicional fiesta organizada por la Comisión Directiva de la Sociedad Criolla Los Patricios del 25, a celebrarse el 17 y 18 de agosto de 2024 en Florida.
Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 57/24
Proyecto de decreto:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:
Art. 1°. DECLÁRASE de “Interés Departamental” la tradicional fiesta organizada por la Comisión Directiva de la Sociedad Criolla Los Patricios del 25, a celebrarse en Florida el 17 y 18 de agosto de 2024; incluyéndose en el literal D) del Art. 5° del Decreto Departamental Nº 13/2017.
Art. 2°. Comuníquese, etc.
A favor: Javier Heredero (vicepresidente), Silvana Goñi, Natalia Padilla, Alejandra Facciolo, Sonia Castro, Gabriela Rodríguez y Sebastián Rodríguez.
COMISIÓN DE LEGISLACIÓN ( punto 7 )
Ref: JDF. Exp. Nº 781/24 - IF. Exp. Nº 00917/24. Proyecto de decreto que declara de "Interés Departamental" el tercer Festival Florida Danzas a realizarse en la ciudad de Florida desde el 4 hasta el 8 de setiembre de 2024.
Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 59/24
Proyecto de decreto:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:
Art. 1°. DECLÁRASE de “Interés Departamental” el tercer Festival Florida Danzas, a realizarse en la capital departamental desde el 4 hasta el 8 de setiembre de 2024; incluyéndose en el literal D) del Art. 5° del Decreto Departamental Nº 13/2017.
Art. 2°. Comuníquese, etc.
A favor: Javier Heredero (vicepresidente), Silvana Goñi, Natalia Padilla, Alejandra Facciolo, Sonia Castro, Gabriela Rodríguez y Sebastián Rodríguez.
COMISIÓN DE OBRAS ( punto 8 )
Ref: JDF. Exp. Nº 779/24 - IF. Exp. Nº 04542/18. Solicitud de aprobación para el otorgamiento del contrato de comodato recibiendo del INC fracción del inmueble rural padrón N° 14296 de la segunda sección catastral de Florida.
Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 58/24
Proyecto de resolución:
VISTO: Que por oficio N° 066/24 el Instituto Nacional de Colonización (INC) comunica a la Intendencia de Florida que se dispuso a aprobar el texto del comodato a suscribir con la Intendencia respecto de una fracción de campo con mejoras empadronada con el número 14296 parte situada en la segunda sección catastral del departamento de Florida.
CONSIDERANDO: 1) Que según documento privado de fecha 4 de junio de 2003 el INC dio en comodato a la Intendencia de Florida el padrón mencionado, por el plazo de 5 años, con destino a crear una infraestructura para camping y esparcimiento.
2) Que según documento privado de fecha 19 de febrero 2009 se renovó el comodato relacionado desde el 4 de junio de 2008 al 4 de junio de 2013.
3) Que según oficio N° 403/2013, de fecha 13 de agosto de 2013 remitido por la Intendencia de Florida, se solicita renovación de comodato por 5 años más.
4) Que por oficio N° 052/2024, remitido por la Intendencia de Florida el 1° de abril de 2024, se informa y se da cumplimiento a las recomendaciones técnicas solicitadas por el INC.
5) Que es voluntad de las partes prorrogar el comodato por el plazo de 5 años a partir del otorgamiento.
6) Que en tal sentido, la Asesoría Notarial de la Intendencia agrega el contrato de comodato en actuación N° 37.
7) Que este cuerpo legislativo estima pertinente el otorgamiento del contrato relacionado, teniendo en cuenta que en el inmueble se ubica el camping “Mangueras de los Artigas”, donde a través de los años dicho parque se ha constituido en un punto referencial de diversas actividades de Casupá y su zona de influencia.
ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 35°, numeral 10, de la ley 9.515.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:
1°. AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a los efectos de recibir en comodato, por el plazo de 5 (cinco) años, el inmueble propiedad del Instituto Nacional de Colonización, padrón rural Nº 14296 parte (antes padrón Nº 1274 3n mayor área) sito en la segunda sección catastral del departamento de Florida, paraje Casupá, señalada con la fracción “1C” parte de la colonia Capitán Juan Artigas.
2°. Pase a la Intendencia.
A favor: Juan Díaz (presidente), Andrea Rizzo, Andrea Peluso, Néstor Pereira, Fernando Schiavoni, Ariel Palleiro y Rodrigo Cabrera.
COMISIÓN DE OBRAS ( punto 9 )
Ref: JDF. Exp. Nº 793/24 - IF. Exp. Nº 00340/23. Solicitud de anuencia para autorizar a particular (Sr. Alejandro Portillo) a circular por padrón Nº 6152, propiedad municipal.
Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 60/24
Proyecto de resolución:
VISTO: La solicitud de autorización presentada por el Sr. Alejandro Portillo para continuar circulando a través del padrón N° 6152 propiedad de la Intendencia.
CONSIDERANDO: 1) Que esta autorización viene siendo concedida mediante resolución del Ejecutivo en el entendido que la mera autorización de paso no implica ningún gravamen para el inmueble.
2) Que según surge en documento recibido por el interesado de la Dirección Nacional de Hidrografía (DNH), para la renovación del permiso de extracción de materiales se solicita que la autorización de paso por el padrón, sea concedida por la Junta Departamental.
3) Que la Dirección Nacional de Hidrografía expide las autorizaciones por un plazo máximo de tres meses, resultando poco práctico para la Intendencia de Florida solicitar al legislativo Departamental intervención cada vez que se pretenda renovar la autorización.
4) Que la Junta Departamental estima procedente hacer lugar a lo solicitado;
ATENTO: A lo expuesto.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:
1°. CONCÉDASE anuencia a la Intendencia de Florida para autorizar al Sr. Alejandro Portillo a circular por el padrón N° 6152 (en los senderos existentes), sin realizar intervenciones o mejoras de caminería interna, así como tampoco obras de infraestructura o desarraigo de árboles; con carácter precario y revocable por el término de tres meses, debiendo presentar la autorización a la Dirección Nacional de Hidrografía una vez sea otorgada por dicha dependencia, siendo requisito imprescindible para futuras autorizaciones.
2°. ESTABLÉCESE que para futuras autorizaciones la Intendencia de Florida podrá hacerlo mediante resolución del director general del Departamento de Obras, mediante el ejercicio de atribuciones delegadas.
3°. Pase a la Intendencia.
A favor: Juan Díaz (presidente), Andrea Rizzo, Andrea Peluso, Néstor Pereira, Fernando Schiavoni, Ariel Palleiro y Rodrigo Cabrera.
COMISIÓN DE HACIENDA ( punto 10 )
Ref: JDF. Exp. Nº 1091/22 - IF. Exp. Nº 02001/22. Solicitud de autorización de la Intendencia para adquirir, por modo de compraventa, la fracción 2 del padrón 7030 de la localidad catastral Florida.
Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 28/24
Proyecto de resolución:
VISTO: Las actuaciones Nº 58 y 59 del expediente municipal N° 2022-86-001-02001 en cuanto se ha llegado a un acuerdo para adquirir por modo compraventa parte del padrón Nº 7030 de la localidad catastral Florida, cuyo titular es el Club Atlético Quilmes.
CONSIDERANDO: 1) Que en actuación Nº 37 luce la tasación de la fracción 2 del padrón Nº 7030, solicitada a la Oficina Nacional de Catastro, siendo la notificación de ésta la última instancia del Proceso de expropiación en vía administrativa.
2) Que en actuación Nº 58 surge que el Ejecutivo se encontraba en etapa de negociación en cuanto a la compensación a pagar por la expropiación de la fracción 2 del padrón Nº 7030 y se mantuvo el expediente en espera
3) Que se ha llegado a un acuerdo con las autoridades del Club Atlético Quilmes, por el precio de U$S 109.000 y el padrón se adquirirá por modo compraventa.
4) Que la fracción a adquirir tiene una superficie de 6.220 m².
5) Que el mismo se pagará de la siguiente manera: U$S 25.000 al momento de la firma de la compraventa y catorce cuotas iguales mensuales y consecutivas de U$S 6.000.
6) Que la existencia de un acuerdo en cuanto al precio evita iniciar un proceso judicial.
ATENTO: A lo dispuesto en el Art. 36°, numeral 1, de la Ley 9.515.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:
1°. AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a adquirir, por modo compraventa, la fracción 2 del padrón 7030 de la localidad catastral Florida por el valor de U$S 109.000 (dólares americanos ciento nueve mil), que serán abonados en una partida de US$ 25.000 (dólares americanos veinticinco mil), al momento de la firma de la compraventa, y el saldo en 14 (catorce) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de U$S 6.000 (dólares americanos seis mil).
2°. Pase a la Intendencia.
A favor: Fabiel González (presidente de comisión), Mauricio Silva, Carmen Pérez, Andrea Rizzo, Néstor Pereira, Carlos Llanes y Juan Lacassy.
COMISIÓN DE HACIENDA ( punto 11 )
Ref: JDF. Exp. Nº 553/24 - IF. Exp. Nº 01117/24. Proyecto de resolución no aceptando la observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República al Decreto JDF Nº 15/24, con relación a la exoneración tributaria de padrones rurales afectados por las inundaciones en el departamento de Florida.
Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 39/24 - DISTRIBUIDO Nº 61/24
Proyecto de resolución:
VISTO: El Decreto JDF Nº 15/24 por el cual se dispuso la exoneración de tributos a padrones urbanos afectados por las recientes inundaciones en la ciudad de Florida y en la localidad de 25 de Agosto, y padrones rurales del departamento.
RESULTANDO: Que el Tribunal de Cuentas por resolución adoptada el 5 de junio del corriente observa la exoneración de padrones rurales dispuesta dado su criterio de la ausencia de potestad tributaria de los gobiernos departamentales sobre la contribución inmobiliaria rural.
CONSIDERANDO: 1) Que este cuerpo legislativo no comparte, como ya se ha sostenido en casos similares, el criterio sustentado por el Tribunal de Cuentas, entendiéndose que siendo el Gobierno Departamental el sujeto activo de la relación jurídica tributaria, y estando por consiguiente investido de las facultades propias de toda Administración Tributaria, así como de las que se derivan de su condición de acreedor, se concluye que la potestad tributaria de los Gobiernos Departamentales comprende las devengadas por concepto de contribución inmobiliaria rural, sean exoneraciones, quitas, facilidades de pago, multas, etc.
2) Que se comparte en la especie la opinión puesta de manifiesto por el profesor Dr. Gustavo Rodríguez Villalba en su obra “Potestad Tributaria de los Gobiernos Departamentales” (páginas 204 y 205, Fundación de Cultura Universitaria).
ATENTO: A lo expuesto.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:
1º. NO ACEPTAR la observación del Tribunal de Cuentas de la República con relación a las exoneraciones del impuesto de contribución inmobiliaria rural establecidas por Decreto JDF N° 15/24 de fecha 17/05/2024, manteniendo en todos sus términos el mismo.
2°. Comuníquese con sus antecedentes a la Intendencia de Florida y al Tribunal de Cuentas de la República.
A favor: Fabiel González (presidente de comisión), Mauricio Silva, Carmen Pérez, Andrea Rizzo, Néstor Pereira, Carlos Llanes y Juan Lacassy.
COMISIÓN DE HACIENDA ( punto 12 )
Ref: JDF. Exp. Nº 808/24 - IF. Exp. Nº 0 1717/24. Proyecto de decreto tendiente a exonerar costos de trámites de licencias de conducir para funcionarios militares afectados a la conducción de vehículos del Batallón Mecanizado Nº 15 de Florida.
Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 62/24
Proyecto de decreto:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:
Art. 1°. EXONÉRASE -ad referéndum del dictamen del Tribunal de Cuentas de la República- el costo de tributos y precios que genera el trámite de licencia de conducir para funcionarios militares afectados a la conducción de vehículos del Batallón Mecanizado Nº 15 de Florida.
Art. 2°. Remítase al Tribunal de Cuentas. Vuelto, pase a la Intendencia.
A favor: Fabiel González (presidente de comisión), Mauricio Silva, Carmen Pérez, Andrea Rizzo, Néstor Pereira, Carlos Llanes y Juan Lacassy.
COMISIÓN DE HACIENDA ( punto 13 )
Ref: JDF. Exp. Nº 818/24 - IF. Exp. N° 01178/24. Remite a estudio y consideración sugerencia de la Comisión Asesora de Quitas y Esperas (creada por Art. 24° del Presupuesto Quinquenal 2021-2025) referente al padrón Nº 6592 de la localidad catastral Florida.
Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 63/24
Proyecto de Resolución:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:
Art. 1º. AUTORÍZASE -“ad referéndum” del dictamen del Tribunal de Cuentas de la República- a la Intendencia de Florida a remitir la totalidad de las multas y recargos que por concepto de contribución inmobiliaria mantiene el padrón urbano N° 6592 de la ciudad de Florida, otorgándose una financiación de sesenta (60) cuotas para el pago de la deuda (sin ilíquidos).
Art. 2°. Remítase al Tribunal de Cuentas. Vuelto, pase a la Intendencia.
A favor: Fabiel González (presidente de comisión), Mauricio Silva, Carmen Pérez, Andrea Rizzo, Néstor Pereira, Carlos Llanes y Juan Lacassy.
COMISIÓN DE HACIENDA ( punto 14 )
Ref: JDF. Exp. Nº 839/24 - IF. Exp. N° 00254/24. Remite a estudio y consideración sugerencia de la Comisión Asesora de Quitas y Esperas (creada por Art. 24° del Presupuesto Quinquenal 2021-2025) referente al padrón Nº 499 de la localidad catastral Florida.
Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 65/24
Proyecto de resolución:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:
Art. 1º. AUTORÍZASE -“ad referéndum” del dictamen del Tribunal de Cuentas de la República- a la Intendencia de Florida a realizar una bonificación del 50% (sobre el 50% del padrón) en la contribución inmobiliaria a pagar por el padrón urbano N° 499 de la ciudad de Florida.
Art. 2°. Remítase al Tribunal de Cuentas. Vuelto, pase a la Intendencia.
A favor: Fabiel González (presidente de comisión), Mauricio Silva, Carmen Pérez, Andrea Rizzo, Néstor Pereira, Carlos Llanes y Juan Lacassy.
LA SECRETARÍA