Florida, 13 de marzo de 2024
Sr/a. Edil/a.
PRESENTE
Se remiten proyectos que integrarán el orden del día de la sesión ordinaria a realizarse el viernes 15 de marzo de 2024.
COMISIÓN DE HACIENDA ( punto 2 )
Ref: JDF. Exp. Nº 194/24. Aprobación de los Estados Financieros del organismo, ejercicio 2023, en cumplimiento a disposiciones del Tribunal de Cuentas de la República.
Antecedentes: Distribuido 2024-0016
Proyecto de resolución:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:
1º. APRUÉBASE los Estados Financieros del organismo, correspondientes al ejercicio 2023, según planillado adjunto que integra la presente resolución; determinándose que el resultado del ejercicio es de $ -921.044.
2º. Comuníquese a la Intendencia y al Tribunal de Cuentas de la República.
Conformes: Fabiel González (presidente de comisión), Mauricio Silva, Néstor Cabalgante, Andrea Rizzo, Néstor Pereira, Carlos Llanes y Juan Lacassy.
COMISIÓN DE HACIENDA ( punto 3 )
Ref: JDF. Exp. Nº 1772/23 - IF. Exp. N° 02950/23. Proyecto de decreto tendiente a modificar el Decreto Departamental Nº 50/23 que establece el sistema de unificación de multas de tránsito y sus montos, acordado por el Congreso Nacional de Intendentes.
Antecedentes: Distribuido 2023-0133 - Distribuido 2024-0010
Proyecto de decreto:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:
Art. 1°. MODIFÍCASE el Decreto Departamental N° 50/23 de fecha 28/12/2023, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"APRUÉBASE la reducción del 50 % de los valores de las multas conforme al artículo 3° del Decreto N° 303/023, los que se detallan en la tabla adjunta, la que forma parte integrante del presente decreto”.
Art. 2°. Comuníquese, etc.
Descripción Indicativa |
Código |
VALOR (U.R.) |
Uso indebido de aceras por vehículos |
2,2 |
1.5 |
Uso indebido de las banquinas |
2,3 |
1.5 |
No comunicar cambio de domicilio |
3,13 |
0.5 |
Discapacitado conduciendo vehículo sin adaptación establecida en su permiso |
3,3 |
0.5 |
No exhibir documentación del vehículo o el conductor |
4.1.1 |
1 |
No aportar documentación del vehículo o el conductor |
4.1.2 |
3 |
No respetar señalamiento |
4.3.1 |
1.5 |
No respetar indicaciones del personal inspectivo |
4.3.2 |
3 |
Conducir con imprudencia |
4.4.1 |
2 |
Reparar vehículo en la vía pública |
4,5 |
1.5 |
Cargar combustible con motor encendido |
4,6 |
1.5 |
Conducir sin cuidado o atención a los peatones |
4,7 |
2 |
Transportar pasajeros de pie |
4,10 |
1 x persona |
Circular sin Inspección Técnica Vehicular departamental reglamentaria |
4,11 |
1 |
Ancho de los vehículos antirreglamentarios |
6,1 |
2 |
Altura del vehículo antirreglamentaria |
6,2 |
3 |
Longitud del vehículo antirreglamentaria |
6,3 |
2 |
Vehículos con salientes |
6,4 |
2 |
Crecer de luz posición delantera carece o no funciona |
7.3.1 |
1.5 |
Altura inadecuada de focos delanteros o traseros |
7.3.4 |
0.5 |
Carecer de luz de matrícula o no funciona |
7.3.5 |
0.5 |
Carecer de reflectantes traseros |
7,4 |
0.5 |
Carecer de luz de gálibo o identificación delantera o no funciona |
7.7a |
1 |
Carecer de luz de gálibo o identificación trasera o no funciona |
7.7b |
1 |
Carecer de luces demarcadoras laterales o no funcionan |
7.7c |
1 |
Carecer de reflectantes laterales |
7.7d |
1 |
Carecer de reflectantes de gálibo posteriores |
7.7e |
1 |
Luces de identificación colocadas en forma no reglamentaria |
7,8 |
0,5 |
Color de las lámparas y dispositivos reflectantes antirreglamentario |
7,9 |
1 |
Montaje de dispositivos reflectantes lámparas de galibo y lámparas demarcadoras laterales no reglamentario |
7,10 |
0,5 |
Dispositivo reflectantes lámparas de galibo, lámpara de identificación y lámparas demarcadoras laterales antirreglamentaria |
7,11 |
0,5 |
Carecer de señales o señalar incorrectamente carga saliente |
7.14a |
1,5 |
No utilizar reflectiva y luces para circular con carga saliente en la noche |
7.14b |
1,5 |
Uso incorrecto o faro de niebla no reglamentarios |
7.15a |
1 |
Usar en forma indebida los faros delanteros complementario |
7.15b |
1 |
Usar lámpara de cortesía no reglamentaria |
7.15c |
1 |
Falta de para golpe trasero o delantero |
10,12 |
1 |
Falta placa matricula o ilegible |
10.13.1 |
2 |
Placa matricula deteriorada |
10.13.2 |
1 |
Elemento exteriores o internos salientes |
10,14 |
1 |
Faltan espejo retrovisor plano |
10.16.1 |
1 |
Carecer de ambos espejos reglamentarios |
10.16.2 |
3 |
Letreros /adhesivos perjudican la visión |
10,17 |
1 |
Carecer de limpiaparabrisas o no funciona |
10,18 |
1 |
Asientos no anclados o sin respaldo |
10.20a |
0,5 |
Carecer de visera rebatible |
10.20b |
0,5 |
Carecer de luz interior o no funciona |
10.20e |
0,25 |
Carecer de tablero de comando o no funciona |
10,21 |
0,5 |
Carecer de extintor en condiciones |
10,22 |
2 |
Circular sin maletín de primeros auxilios y seguridad vial |
10,24 |
0,5 |
Birrodado no cuenta con espejo, sistema lumínico faro de luz blanca o reflectante blanco delantero faro de luz roja y reflectante en ruedas bandas en pedales. Etc. Por vehículo en condiciones antirreglamentaria |
10.68.9 |
0,25 |
Bicicleta sin timbre |
10.68.11 |
0,25 |
No circular por la derecha |
12,1 |
1,5 |
Circular sin respectar el uso reglamentario de las sendas |
12,2 |
1 |
Uso más de una senda de circulación |
12.3.1 |
1,5 |
Uso de senada de circulación izquierda velocidad inferior a la media |
12.3.2 |
1 |
No mantener la derecha al cruzarse con vehículos que circulan en sentido opuesto |
12,5 |
1,5 |
Circulación incorrecta en rotondas |
12,5 |
2 |
Circular sobre marcas delimitadoras o isletas |
12,8 |
1 |
No mantener distancia de circulación |
12,9 |
2 |
Seguir vehículos de emergencia |
12,11 |
2 |
Circular en caravana |
12,11 |
2 |
Bicicleta destinadas a competencia deportivas haciendo uso de la vía pública en condiciones antirreglamentarias |
12.68.13 |
0,5 |
Conducir a velocidades inferiores a la mínima |
13,6 |
1 |
Reducir bruscamente la velocidad en forma innecesaria |
13,7 |
1,5 |
No realizar señales indicadores en adelantamiento |
14.1.2 |
1,5 |
No ceder paso al ser adelantado |
14,2 |
1,5 |
No ceder mitad de camino al que adelanta |
14,3 |
1,5 |
No ubicarse correctamente y/o no señalizar el giro a la izquierda |
16,1 |
1 |
No ubicarse correctamente y/o no señalizar el giro a la derecha |
16,2 |
1,5 |
No respectar senda especiales para giros |
16,3 |
1,5 |
No respectar giro inversiones circunstanciales |
16,7 |
2 |
Utilización incorrecta de señales |
16,7 |
1,5 |
Vehículo especial circula sin autorización |
17,1 |
7,5 |
Circular marcha atrás innecesariamente |
17,2 |
1,5 |
Remolque inadecuado de vehículos |
17,3 |
1,5 |
Circular con personas en remolque |
17,4 |
1xpasajero |
No dar preferencia a topas |
17,5 |
1 |
Circulación no reglamentaria de maquinaria agrícola |
17,6 |
7,5 |
Estacionar en sentido contrario al de circulación |
18.1.1 |
7,5 |
Estacionar a mayor distancia del cordón que la permitida |
18.1.2 |
1 |
No estacionar en paralelo fuera de zonas autorizadas |
18.1.3 |
1 |
No estacionar en paralelo fuera de zonas autorizadas |
18.1.3 |
1 |
Estacionar en doble fila |
18.2.1 |
1,5 |
Estacionar en intersección |
18.2.3 |
1 |
Estacionar en cruce peatonal |
18.2.3 |
1,5 |
Estacionar a menos 10m de un cartel de pare cada el paso o advertencia |
18.2.6 |
1 |
Estacionar en entrada inmueble |
18.2.8 |
1 |
Estacionar junto a canteros centrales e islas sep. |
18.2.9 |
1,5 |
Estacionar carreteras y caminos |
18,4 |
1,5 |
Ponerse en movimiento en forma insegura y/o sin señalizar |
18,4 |
1,5 |
Apertura indebida de puertas |
18,5 |
1 |
Estacionar o detener ómnibus en lugar no autorizado |
18,6 |
2 |
Estacionar en condiciones inadecuadas |
18,7 |
1 |
Operación de carga y descarga dificultando la circulación |
18,8 |
1,5 |
Estacionar en lugar prohibido o regulado |
18.9.1 |
1 |
Estacionado sin abonar tarifa |
18.9.2 |
1 |
Estacionado con tiempo abonado excedido |
18.9.3 |
0,5 |
Cruzar paso a nivel sin barreras precauciones |
19,1 |
3 |
Cruzar paso a nivel con barreras bajas |
19,2 |
3 |
Realizar cambio de marcha al cruzar vía férrea |
19,3 |
1,5 |
Conducir vehículo de emergencia sin precaución |
20,2 |
3 |
Conducir birrodados sin pleno dominio |
21.2.1 |
2 |
Llevar acompañante en birrodado no habilitado |
21.2.2 |
2 |
Llevar carga en birrodado que afecta la conducción |
21.2.3 |
1 |
Llevar remolque en birrodado no habilitado |
21.2.4 |
1 |
Circular con conductor o acompañante de birrodado asido de otro vehículo |
21.2.5 |
2 |
Circulación de motos entre sendas o filas de vehículos |
21.3.2 |
2 |
Menor no alcanza posa pie |
21,7 |
0,5 |
Conductor de bicicleta no usa casco protector de seguridad reglamentario |
21.68.8 |
0.5 |
Transporte de animales incorrectamente acondicionados o con pérdida de estiércol en la vía pública |
22,1 |
2 |
Transporte de estiércol, animales muertos, residuos o sustancias contaminantes en vehículos no herméticos y no habilitados |
22,11 |
2 |
Carga y descarga de ganado o bultos peligrosos en la vía pública, sin permiso. |
22,12 |
2 |
Vehículo de carga sin matrícula pintada en los laterales |
22,13 |
1 |
Circulación con acoplados de ancho sobresaliente en forma antirreglamentaria |
22,14 |
2 |
Sistemas de enganche de acoplados o remolques no reglamentarios |
22,15 |
4 |
Cantidad inapropiada ejes en acoplados |
22,16 |
3 |
Circulación de trenes de vehículos no autorizados o en vías no autorizadas |
22,17 |
4 |
Dañar o alterar señales de tránsito |
24,3 |
3 |
No retirar vehículos, animales u objetos que obstaculicen el tránsito en forma inmediata o el tiempo mínimo necesario |
25,1 |
1.5 |
Arrojar o depositar elementos perjudiciales o dañinos para la vía pública |
25,2 |
1.5 |
Instalación no autorizada de carteles, señales o signos de señalización del tránsito |
25,8 |
2 |
No cumplir con normas de detención, pedido de auxilio, colaboración, etc. en caso de siniestro |
26,1 |
3 |
Conformes: Fabiel González (presidente de comisión), Andrea Peluso, Néstor Cabalgante, Andrea Rizzo, Nestor Pereira, Carlos Llanes y Juan Lacassy.
COMISIÓN DE LEGISLACIÓN ( punto 4 )
Ref: JDF. Exp. Nº 169/24 - IF. Exp. Nº 00376/24. Proyecto de decreto tendiente a declarar de "Interés Departamental" el festival nacional e internacional de danzas Raíces Sarandienses a realizarse el próximo 18 de mayo.
Antecedentes: Distribuido 2024-0011
Proyecto de decreto:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:
Art. 1°. DECLÁRASE de “Interés Departamental” el festival nacional e internacional de danzas Raíces Sarandienses a realizarse en la ciudad de Sarandí Grande el día 18 de mayo de 2024; incluyéndose en el literal D) del Art. 5° del Decreto Departamental Nº 13/2017.
Art. 2°. Comuníquese, etc.
Conformes: Jesús Bentancor (presidente), Silvana Goñi, Natalia Padilla, Alejandra Facciolo, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Joaquín Montesdeoca.
COMISIÓN DE DESARROLLO PRODUCTIVO ( punto 5 )
Ref: JDF. Exp. Nº 216/24 - IF. Exp. Nº 00438/24. Solicitud de autorización de la Intendencia para colocar tótem solar en plaza de deportes de la localidad de Capilla del Sauce.
Antecedentes: Distribuido 2024-0018
Proyecto de resolución:
VISTO: La solicitud presentada por el Sr. Jorge Baladón, titular de la Empresa LasilaSol Uruguay, a fin de instalar un tótem solar en la localidad de Capilla del Sauce.
CONSIDERANDO: 1) Que LasilaSol Uruguay es una empresa que trabaja desde el 2013 en el sector de energías renovables, enfocados en energía solar fotovolcaico.
2) Que desarrollan como industria uruguaya "Mobiliario Urbano Sustentable", soluciones energéticas urbanas con presencia en varias Intendencias y Municipios y como proveedor en el programa del MIEM, "localidades eficientes".
3) Que Mobiliario Urbano Sustentable LasilaSol son pequeños sistemas fotovoltaicos que ofrecen a la comunidad un servicio innovador y gratuito de recarga energética de baterías de móviles con la energía solar disponible en el sitio a través de sus puertos USB.
4) Que dicha empresa solicita autorización para la instalación de un tótem solar en la plaza de deportes de Capilla del Sauce; una comunidad ubicada en el kilómetro 182 de la ruta 6, ya que su familia, junto a un puñado de otras, han sido pioneras en la construcción de esta comunidad y generación tras generación ayudaron a forjar esta localidad tan querida.
5) Que aprovechando el aniversario de la localidad les gustaría contar con el consentimiento para la instalación de una unidad básica (tótem solar) para incorporar el concepto de este tipo de energía en los más jóvenes y ofrecerles la recarga de sus celulares con la energía del sol.
6) Que el equipamiento será siempre propiedad de LasilaSol, pero no generará gasto para la Intendencia de Florida, por lo que se expresa la forma: gratuita para esta localidad y la Intendencia, refiriéndose a la fabricación, traslado, instalación y mantenimiento de la unidad, la cual no tendrá costo para la Administración.
7) Que el tótem tendrá una altura de 290 cm, un ancho de 30 cm, potencia desde 20 watts, producción diaria de 100 w/h, controlador de voltaje victron, estructura metálica reforzada, anclaje a suelo por bulones con tuerca y diseño en chapa galvanizada.
8) Que este cuerpo legislativo comparte la propuesta de la empresa que beneficiará a la localidad de Capilla del Sauce.
ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 37°, numeral 3, de la Ley Nº 9.515.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:
1°. AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida para la colocación, por parte de la empresa Empresa LasilaSol Uruguay y sin costo para la Comuna, de un tótem solar de uso público en la plaza de deportes de la localidad de Capilla del Sauce.
2°. Comuníquese, etc.
Conformes: Gerardo Facal (presidente), Ángel Silva, Estela Linares, Héber Martínez, Susana Álvarez, Fernando Schiavoni y Esteban Operti.
LA SECRETARÍA