RESOLUCIÓN JDF Nº 24/21

DESCRIPCIÓN: Autorización definitiva a la Intendencia de Florida para la creación del Fondo Social Florida (FSF), destinado al financiamiento de programas sociales y de empleo transitorio, aprobado por Resolución JDF Nº 15/21 de fecha 21 de mayo de 2021.

APROBACIÓN: 19 de julio de 2021.

ACTA: 010/21

EXPEDIENTE: Nº 592/21 (IF. Exp. Nº 01267/21).

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (31 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

VISTO: Que por Resolución de esta Junta Departamental Nº 15/2021, de fecha 21/05/2021, se autorizó la creación del Fondo Social Florida, destinado al financiamiento de programas sociales y de empleo transitorio, autorizando a la Intendencia para obtener financiamiento bancario al amparo de lo establecido por el artículo 301 de la Constitución de la República.

RESULTANDO: 1) Que en virtud de la referida Resolución JDF N° 15/2021, se autorizó a la Intendencia Departamental de Florida -ad referéndum del correspondiente dictamen del Tribunal de Cuentas de la República- a contraer financiación bancaria, por hasta el equivalente a $ 102.000.000 (pesos uruguayos ciento dos millones), con un plazo máximo de pago de hasta diez (10) años.

2) Que en mérito a lo establecido en el artículo 301, inciso 2 de la Constitución, las actuaciones fueron remitidas al Tribunal de Cuentas de la República, el cual se expidió por Resolución N° 1369/2021, de fecha 07/07/2021.

3) Que en las “Conclusiones” del informe del Tribunal de Cuentas, éste entendió que “no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 301, inciso 2°, de la Constitución de la República, al solicitarse el informe que compete a este Tribunal con posterioridad a haberse recabado la anuencia del Legislativo Departamental, cuando debió, conforme a la norma Constitucional, ser previo”.

4) Que el Tribunal de Cuentas además dictaminó que “de acuerdo al Flujo de Fondos proyectado, se observa un deterioro progresivo de la situación financiera de la Intendencia para el período 2021-2025”. Asimismo, el Tribunal de Cuentas señala que “Por lo expuesto en el párrafo correspondiente a los supuestos, no es posible emitir una opinión respecto de la razonabilidad de las estimaciones realizadas para los ingresos y los egresos, ya que este Tribunal aún no ha recibido el proyecto de Presupuesto de la Intendencia para el período 2021-2025. Asimismo, no se suministró el nombre de la Institución Financiera que financiaría el préstamo, por lo que se desconoce la tasa de interés aplicable”.

5) Concluye el Tribunal de Cuentas que “una vez otorgada la anuencia respectiva y, culminado el procedimiento legal de contratación correspondiente, se deberá remitir el proyecto de contrato o el contrato suscrito “ad referéndum” de la intervención preventiva y demás controles que competen a este Tribunal”.

CONSIDERANDO: 1) Que si bien el Tribunal de Cuentas entendió en su informe que no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 301, inciso 2°, de la Constitución de la República, a entender de este cuerpo legislativo se trata de un apartamiento meramente formal o procedimental que no afecta la vigencia jurídica de la anuencia otorgada.

2) Que, en lo que dice relación con los aspectos sustanciales del “Fondo Social Florida” y el endeudamiento bancario para el cual solicita autorización el Ejecutivo Departamental, el Tribunal de Cuentas no formula observaciones de fondo que modifiquen el criterio de esta Junta Departamental, en el sentido de otorgar la anuencia de precepto.

3) Que, como consecuencia, este órgano legislativo habrá de declarar definitivamente concedida la autorización a la Intendencia Departamental para contraer endeudamiento bancario y para constituir el “Fondo Social Florida”, otorgada por Resolución JDF N° 15/2021 de fecha 21/05/2021.

ATENTO: A lo dispuesto por los artículos 273º, inciso 10, 275º y 301º de la Constitución de la República; artículo 19º, inciso 15, de la Ley 9.515, y a las facultades que le son inherentes.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

.- DECLÁRASE definitivamente concedida la autorización a la Intendencia de Florida para contraer endeudamiento bancario y para constituir el “Fondo Social Florida”, otorgada por Resolución JDF Nº 15/2021, de fecha 21/05/2021.

.- Una vez culminado el procedimiento legal de contratación correspondiente, se deberá remitir el proyecto de contrato o el contrato suscrito “ad referéndum” de la intervención preventiva del Tribunal de Cuentas de la República. Asimismo, deberá remitirse copia de dicho contrato a la Junta Departamental de Florida.

.- Pase a la Intendencia de Florida. Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República.

Sala de Sesiones “Gral. José Gervasio Artigas” de la Junta Departamental, en Florida, a los diecinueve días del mes de julio de dos mil veintiuno.

(Fdo.) SILVANA GOÑI SCITTI, Presidente; ALICIA ORIOZABALA CAMINATTI, Secretaria General.

Relacionada con Resolución 2021-0015