DECRETO J.D.F. Nº: 15/2010

DESCRIPCIÓN: Proyecto de decreto estableciendo un régimen especial de expedición de libretas de conducir ciclomotores, motocicletas, motos,  y vehículos categoría “A” “B” y “H”.-

 

APROBACIÓN:  23 de julio de 2010

ACTA 2/2010

EXPEDIENTE:  IDF Exp. 02276/10- JDF Lº 11 Fº 19.-

En sesión de la fecha  y por mayoría de miembros presentes (30 en 31 Ediles), se sancionó el siguiente proyecto:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A  :

Artículo 1º.- Establécese -ad referéndum del Tribunal de Cuentas- que la Intendencia Departamental de Florida podrá expedir las licencias de conducir, así como las renovaciones de las mismas, de ciclomotores, motocicletas, motos, categorías G1, G2 y 3 (de carácter departamental) y vehículos incluidos en las categorías “A”, “B”, sin antigüedad, y “H”; a un costo de $ 150 (ciento cincuenta pesos) a efectos de cubrir gastos de los insumos utilizados para la emisión de la misma.

Artículo 2º.- Estarán comprendidos en el presente decreto, quienes acrediten residir en el Departamento de Florida. Los gestionantes de las libretas expedidas bajo este régimen, deberán cumplir con los requisitos que las normas departamentales establecen para su tramitación, así como con la Ley Nº 18.191 (Arts. 26º y ss.) promovida por la UNASEV.-

Artículo 3º.-  Las licencias otorgadas bajo este régimen tendrán validez por el término de dos (2) años para aquellas tramitadas por primera vez y una validez de cinco (5) años para las que se renueven.-

 Artículo 4º.- El presente régimen tendrá un plazo de vigencia de 90 (noventa) días, a partir de la fecha de su promulgación, facultándose al Intendente a prorrogar el mismo por igual término, dando cuenta a la Junta Departamental.-

Artículo 5º.-  Remítase al Tribunal de Cuentas. Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos.-

 

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los veintitrés días del mes de julio de dos mil diez.-

Fdo: CARLOS PÉREZ D´AURIA, Presidente; ALÉXIS LISSIO IRIGARAY, Secretario General