Distribuido Nº 104/17

Florida, 18 de diciembre de 2017
Sr. (a) Edil (a) Departamental
PRESENTE
De mi consideración:

                                        Se remite a v/consideración proyecto de decreto tendiente a recategorizar el padrón rural Nº 13.753 vinculado a Paraje Independencia, como Suelo Suburbano, subcategoría Enclave Industrial.

 

A estudio: Comisión Permanente

Ref: IF. Exp. Nº 03753/16

Florida, 06 de diciembre de 2017

VISTO: La solicitud de los propietarios el inmueble rural Nº 13.753 de la localidad Paraje Independencia del Departamento de Florida de que se recategorice el mismo a los efectos de poder instalar en el inmueble una planta industrial de productos lácteos con destino a la exportación.

CONSIDERANDO: 1) Que por Decreto JDF Nº 15/2013 se aprobaron las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y Categorización de Suelos del Departamento y según lo previsto por el art. 55 de la norma de referencia, de acuerdo a lo previsto por el artículo 29 in fine de la ley No. 18.308, los aspectos de carácter no sustancial podrán modificarse o regularse por Decreto de la Junta Departamental. 2) Que se definen como no sustanciales, aquellas situaciones preexistentes que no fueron contempladas en la Categorización de Suelos y que a posteriori se detecten o se considere necesario o conveniente contemplar o modificar, entre otras, usos de suelos existentes que no hayan sido reconocidos en la norma, incorrecciones en planos, croquis de fraccionamientos, cambio de categorización de suelos por usos. 3) Que el padrón rural Nº 13.753 requiere ser recategorizado según los informes contenidos en el presente expediente pasando a ser de enclave suburbano industrial. 4) Que se han cumplido todas las etapas previas necesarias a estos efectos tales como obtención del informe de correspondencia por parte de la DINOT, aprobación del EAE, publicaciones, Resolución aprobando la Revisión de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Florida de los padrones de referencia.

ATENTO: A lo expuesto.

EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:  

Elévese a la Junta Departamental de Florida, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de decreto:

Art. 1º.- Recategorícese el padrón rural Nº 13.753 vinculado a Paraje Independencia, como Suelo Suburbano, subcategoría Enclave Industrial.

(Fdo.) Carlos Enciso Chrístiansen, Intendente; Dra. Macarena Rubio, Secretaría General.”

 

INFORME DE LA ASESORÍA LETRADA

“Florida, 14 de diciembre de 2016. Sr. Intendente. El presente expediente se inicia a solicitud de los titulares del inmueble ubicado en el Paraje Independencia Padrón Nº 13.753 manifestando que en el mismo hay interesados en instalar un establecimiento productivo. La iniciativa es compartida por el Director de Departamento de Desarrollo Sustentable por los fundamentos que expone en actuación Nº 2. Informa el área de ordenamiento territorial que a los efectos solicitados se debe inciar el procedimiento de revisión de las Directrices. El artículo 29 de la Ley 18.308 prevee que las modificaciones de los instrumentos deberán ser establecidos por instrumentos de igual jerarquía y obervando los procedimientos para su elaboración y aprobación. Por lo que el procedimiento de revisión de las Directrices Departamentales debe ser igual al de su elaboración. Por lo que se sugiere: 1) Oficiar a la DINOT y a la DINAMA el inicio del procedimiento de revisión mínima de las Directrices Departamentales junto con los documentos que serán proporcionados por el Área Ordenamiento Territorial de acuerdo a lo informado. 2) Conjuntamente se le informe que se pondrá de manifiesto la revisión de las Directrices por un plazo de 30 días. 3) Se ordene la puesta de manifiesto por 30 días sugiriéndose el siguiente texto:

"La Intendencia de Florida pone de manifiesto por el plazo de 30 días que se procederá a la REVISIÓN DE LAS DIRECTRICES Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y Categorización Primaria de Suelos del Departamento de Florida del padrón Nº 13.753 de la localidad Paraje Independencia. Los antecedentes quedan a disposición en la Oficina del Área Territorial”. De acuerdo a antecedentes (expediente 01818/2016) no se requiere en esta etapa publicación en el Diario Oficial, bastando la publicación en un diario de circulación en el Departamento y de la localidad donde se encuentre el padrón afectado por la modificación con el fin de garantizar el conocimiento de los titulares de los mismos, bastando una o dos publicaciones. Transcurrido ese lapso, sin que se reciban observaciones se recibirá por parte de la DINOT el informe de correspondencia que permitirá avanzar en la revisión solicitada.

(Fdo.) Elena Bruno”.

LA SECRETARÍA