Distribuido Nº 7/10

Florida, 17 de febrero de 2010.
Sr.(a) Edil (a) Departamental
Presente.

                 Elevo a v/conocimiento solicitud de autorización para recibir pago de Contribución Inmobiliaria.

A estudio en Comisión de Hacienda.

Ref: IF. Exp. 04841/09. –JDF Lº 10 Fº158

Florida, 11 de febrero de 2010.

EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:

ELÉVESE a la Junta Departamental de Florida, solicitándose autorización para recibir el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria del Padrón Nº 1487 desde el año 2003 a la fecha, costas y costos, sujeto a reliquidación de revocarse por el Tribunal de Apelaciones competente, la Sentencia No. 5522/09 dictada por el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Florida de Tercer Turno cuya copia se agrega en paquete. Fdo. Dr. Fernando Lamas Intendente Municipal Ernesto Sánchez Prosecretario”.

Informe de Asesoría Jurídica:

Florida, 17 de diciembre de 2009.

Sr. Intendente Municipal: Los antecedentes que menciona la Sra. Felicia García obran informados en Expediente 02565/08, radicado en la Unidad de Reserva Temporaria de la Asesoría Jurídica al haberse interpuesto recurso de apelación contra la sentencia que amparó la excepción de prescripción que opusieran los demandados en el juicio ejecutivo que se sigue por la deuda del padrón rural 1487.

Solicita abonar la deuda que por Contribución Inmobiliaria se mantiene desde el año 2003 a la fecha y que lo anterior quede supeditado a la resolución que sobre la prescripción recaiga en definitiva en sede judicial.

La forma de pago pedida no se encuentra prevista expresamente, dado que no se trata del régimen general de facilidades previsto por el C. Tributario ni el de Imputación a la Paga.

Permitir abonar la deuda por el período en el que no existe controversia, resultaría sin embargo ventajoso para ambas partes.

Considero que el pago podría aceptarse, sujeto a la reliquidación que eventualmente pueda corresponder de recaer sentencia de segunda instancia favorable a los intereses de la Comuna, con autorización previa de la Junta Departamental. Se eleva a su consideración.

(Fdo.) Dra. Fabiana López”.

LA SECRETARÍA