Distribuido Nº 1/10

Florida, Enero 8 de 2010.
Sr. (a) Edil (a) Departamental.
PRESENTE.      

De mi mayor consideración.

                                             Para v/conocimiento se remite proyecto de Decreto referido a empadronamientos en el Dpto. de vehículos adquiridos en remate a organismos públicos.

 

Ref: IF. Exp. 04306/09 – JDF. Lº 10 Fº 150.

A estudio. Comisión de Legislación.

Florida, Enero 5 de 2009.

VISTO: La frecuencia con que están ingresando solicitudes de empadronamientos por particulares de vehículos adquiridos en remates, ya sea al Poder Judicial, u otros organismos del Estado carentes del Certificado de Aduanas o de importación directa.

CONSIDERANDO: 1) Que la ausencia de esta documentación no debería de ser un obstáculo para que el adquirente en el remate pueda empadronar siempre que exista documentación suficiente acreditando la importación y la carencia del certificado de Aduanas.

2) Que en este sentido se ha pronunciado el Sr. Escribano Municipal.

3) Que es de interés del Ejecutivo dar un marco legal y general a este tipo de solicitudes.

ATENTO: A lo expuesto y dispuesto en el artículo 275 numeral 6º de la Constitución

EL INTENDENTEDE FLORIDA
RESUELVE:

Elevar a la Junta Departamental el siguiente Proyecto de Decreto

1) Autorícese a realizar el empadronamiento en el Departamento de los vehículos adquiridos en remate a organismos públicos siempre que exista documentación suficiente de la forma que ingresó al país.

(Fdo.) Dr. Fernando LAMAS.- Intendente Municipal -   Dr. Julio C. MATOS. Secretario General.

LA SECRETARÍA