Distribuido Nº 39/09

Florida, 22 de mayo de 2009.
Sr.(a) Edil (a) Departamental
Presente.

                 Para v/conocimiento se eleva proyecto de Quita y Espera solicitando autorización para remitir 50% de deuda por concepto de Contribución Inmobiliaria, multas y recargos de Padrones 742 y 2051 de la localidad de Sarandí Grande, propiedad del Sr. Gualberto Ferreira García.

A estudio en: Comisión de Hacienda

Ref: IF. Exp. 01920/08 –JDF Lº 10 Fº 60.

VISTO: La solicitud del Sr. Gualberto Ferreira García de que sea atendida su situación de adeudos por concepto de tributos por el Tribunal de Quitas y Esperas

CONSIDERANDO: 1) Que el peticionante ha cumplido todos los requisitos exigidos y por otra parte acreditado su imposibilidad de pago.

ATENTO: A lo dispuesto en el Decreto 23/07 y 33/07

El INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE

Solicitar a la Junta Departamental autorización para remitir las multas y recargos de la deuda y del 50 % del importe por concepto de tributos de los inmuebles padrones Nº 742 y 2051 de la ciudad de Sarandi Grande, propiedad del Sr. Gaulberto Ferreira Garcia y otorgar un plazo de hasta 36 meses para el pago del 50% de los tributos restantes.

La facilidad a otorgar y que se documentará mediante la celebración de un convenio, cesará en caso de registrarse atraso en el pago de dos cuotas mensuales consecutivas, de verificarse la enajenación de los inmuebles antes de los 36 meses de celebrado el convenio, o atraso en dos cuotas de las futuras obligaciones sobre el mismo hecho generador. En cualquiera de estos casos se operará la caducidad de pleno derecho del convenio, dejándose sin efecto la facilidad otorgada, reliquidándose la deuda bajo el régimen ordinario.

Otórgase al contribuyente un plazo de 30 días corridos para la firma del convenio a partir de la notificación de su aprobación que realice la Comuna.

(Fdo) Mtro. Juan Francisco Giachetto Intendente Municipal Dr. Julio Matos Secretario General”.

LA SECRETARÍA