Distribuido Nº 17/09.

Florida, 31 de marzo de 2009.
Sr. (a) Edil (a) Departamental.
Presente.

                 Remito a v/ conocimiento, proyecto de decreto tendiente a exonerar de tributos municipales a la Asociación Civil “Comisión Pro-Mejoramiento del Barrio Corralón del Tigre” de nuestra ciudad.

A estudio en Comisión de Hacienda.

Ref: IF. Exp.02842/09 –JDF Lº10 Fº 35.

Visto: La solicitud de la Comisión Barrio Corralón del Tigre de que se exonere del pago del impuesto de contribución inmobiliaria el inmueble padrón Nº 8454 de esta ciudad propiedad de la ASOCIACION CIVIL "COMISION PROMEJORAMIENTO DEL BARRIO CORRALON DEL TIGRE Y ADYACENCIAS DE LA CIUDAD DE FLORIDA" a partir del año 1993, fecha que el inmueble de referencia pasó a ser de su propiedad.

Considerando: 1) Que en dicho inmueble funciona una Policlínica Comunitaria en convenio con el Ministerio de Salud Pública realizando la atención a la población circunscripta a la zona, promoción de salud y prevención de enfermedades, contando con un médico comunitario. 2) Que la Asociación posee por convenio con Aldeas Infantiles la atención a niños y familiares en situación de vulnerabilidad social. 3) Que en dicho inmueble también funcionan talleres de formación y capacitación como mecanismos de superación e inserción al mercado laboral a través de otros convenios con diferentes organizaciones tales como Mides, Centro de Participación Popular, con la Escuela de Arte etc. 4) Que de acuerdo a lo informado por Desarrollo Social, lo exigido por el Decreto 22/02 se cumple en cuanto a que lo que brinda a la comunidad es una contraprestación más que suficiente. 5) Que es interés de la comuna exonerar al inmueble no solo del impuesto de contribución inmobiliaria sino también de todas las tasas que lo gravan a partir del año 1993.

Atento: A lo expuesto y dispuesto en los artículos 275 numeral 6º y 297 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:

Elevar a la Junta el siguiente Proyecto de Decreto para su consideración:

1º. Exonérese del pago de contribución inmobiliaria y demás tributos que gravan el inmueble padrón Nº 8454 propiedad de la ASOCIACIÓN CIVIL "COMISIÓN PROMEJORAMIENTO DEL BARRIO CORRALON DEL TIGRE Y ADYACENCIAS" de la ciudad de Florida.

2º. Esta exoneración será retroactiva al año 1993 fecha en que el inmueble pasó a ser propiedad de dicha Asociación.

(Fdo.) Juan F. Giachetto Intendente Municipal Dr. Julio Mattos Secretario General”.

LA SECRETARÍA