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Comisión de Cultura - Cordón de Girasol

El sábado 13 de julio a las 14:30 hs. en el MAVEA (Ursino Barreiro 418), se realizará un conversatorio referente al proyecto “Cordón de girasol”. La actividad tuvo como iniciativa el planteamiento de la Sra. edil Natalie Suárez, quien propuso realizar este evento en Florida con las fundadoras del proyecto. Su símbolo, un collar colorido y con dibujos de girasoles, nos ayuda a comprender y mostrar empatía hacia las personas que lo usan, que pueden estar en situación de discapacidad o condición no visible.

 

Distribuido Nº 15/09

Florida, 25 de marzo de 2009.
Sr(a) Edil(a) Departamental.
PRESENTE.

                                   Para su conocimiento se transcribe proyecto remitido por el Sr. Intendente Municipal tendiente a enajenar predio a cooperativa de viviendas de propietarios integradas por funcionarios del Municipio:

Ref: IF Exp. 02438/08 – JDF Lº 10 Fº 32.

A estudio : Comisión de Legislació.

VISTO: La solicitud de la Cooperativa de Viviendas COVIESPERANZA, de donación de la fracción 2 deslindada del padrón №. 9192, con una superficie de l Ha 0522 m2 sito en la manzana 450 de Florida, propiedad de la Intendencia Municipal de Florida.

CONSIDERANDO: 1) Por resolución Municipal № 15.940 /08 el Sr. Intendente Municipal dispuso notificara la mencionada Cooperativa, que en lo referido al predio descripto, la Intendencia estaría dispuesta a enajenarlo mediante venta y en forma excepcional teniendo presente los fines de la Cooperativa. 2) Que de la actuación № 58 del expediente electrónico la Cooperativa manifestó su conformidad para comprar dicho terreno, por el valor de tasación de Catastro. 3) Que habiéndose solicitado la tasación a la Dirección Nacional de Catastro, la tasación de la fracción, surge la que la misma asciende a U. R 1246,4422. La misma surge agregada en el expediente que está en papel. 4) Según surge de la documentación que se acompaña, que la Cooperativa solicitante es persona jurídica y está integrada por funcionarios municipales que pretenden construir en este predio, viviendas destinadas a dar solución habitacional a los cooperativistas. 5) Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 de la Constitución de la República, todo habitante tiene derecho a gozar de una vivienda decorosa. 6) Que es interés del Gobierno Departamental colaborar con la concreción de tal fin.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto en el articulo 37 numeral 2 de la Ley 951.

EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:

SOLICITAR anuencia de la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para enajenar mediante compraventa a la Cooperativa de Viviendas Esperanza Florida (COVIESPERANZA), la fracción 2 deslindada del padrón N° 9192, sito en la manzana 450 de la localidad Catastral de Florida, con una superficie de 1 há. 0522m2 según copia de mensura y fraccionamiento adjunto a fojas 6, propiedad de la Intendencia Municipal de Florida, por el precio de tasación de la Dirección Nacional de Catastro.

(Fdo.) Mtro. Juan F. Giachetto Intendente Municipal- Dr. Julio Matos. Secretario General.

LA SECRETARÍA