Distribuido Nº 9/09

Florida, 3 de marzo de 2009.
Sr. Edil (a) Departamental.
PRESENTE.

De mi consideración:
                               Para su conocimiento se elevan proyectos emanados de comisiones asesoras y que integrarán el Orden del Día de la Sesión del 6 del corriente:

Ref: IF.Exp. 04686/08- JDF Lº 10 Fº 15.- Autorización a la Intendencia Municipal para aprobar fraccionamiento en Zona Especial Eje Ferroviario.

VISTO: La solicitud de la Intendencia Municipal tendiente a autorizar fraccionamiento solicitado por la Sra. Zunilda Auristela Ponce Luzardo para el padrón Nº 3808, Manzana Nº 331 de la ciudad de Florida.

RESULTANDO: I) que el predio se encuentra comprendido dentro de la prohibición de fraccionar establecida en el Art. 7º del Decreto Departamental Nº 8/07, al encontrarse en la Zona Especial Eje Ferroviario. II) que el mencionado artículo prevé excepciones que podrá contemplar la Intendencia Municipal, de contar con informe favorable de las oficinas competentes; y previa autorización de esta Junta.

CONSIDERANDO: que en la actuación Nº 30 del expediente se informa por parte de la oficina técnica su aval para autorizar el fraccionamiento proyectado.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el ( Decreto 2007-0008 )

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º. Autorízase a la Intendencia Municipal a aprobar, con carácter de excepción, el proyecto de fraccionamiento (Actuación 6 de paquete) del inmueble empadronado con el Nº 3808, sito en la Manzana Nº 331 de la ciudad de Florida.

2º. Pase a la Intendencia Municipal

Conformes: Fuentes (Presidente), Amaro, Durán, Martínez (Carlos), Stopingi, Rodríguez (Ramón).

Ref: IF. Exp. Nº 01324/09 - JDF Lº 10 Fº 1.- Autorización a la Intendencia Municipal para transar con el Sr. Luis Pedro Goldaraz Pisano mediante el pago de la deuda generada de patente de rodados y la transferencia hacia Florida del vehículo de su propiedad.

VISTO: la solicitud de venia de la Intendencia Municipal a efectos de transar con el Sr. Pedro Goldaráz  

RESULTANDO: I) que el Sr. Pedro Goldaraz reempadronó su automóvil en el Departamento de Colonia, no habiendo cumplido con los requisitos establecidos por la Intendencia Municipal de Florida para dar de baja de los padrones municipales al mismo, continuando generando el impuesto Patente de Rodados en Florida. II) que el interesado presentó recurso contra esa situación, sosteniendo su derecho a tributar en la Intendencia de Colonia y que lo contrario implicaría una doble tributación.

CONSIDERANDO: que la Intendencia Municipal entiende necesario llegar a un acuerdo, fundamentando su iniciativa en evitar un posible litigio judicial y en la recuperación del contribuyente

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el Art. 35 numeral 11 de la Ley Nº 9.515;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º. AUTORÍZASE a la Intendencia Municipal para transar con el Sr. Luis Pedro Goldaraz Pisano, en los siguientes términos:

a) El Sr. Luis Pedro Goldaraz Pisano transferirá a la Intendencia Municipal de Florida la Patente de Rodados del vehículo marca CITROEN XSARA 1.9 D, año 2000, Padrón 041121, matrícula OAA 4390, mediante al pago del impuesto correspondiente al año 2008 y lo que generado en el año 2009, sin multas ni recargos, deducido el importe de lo abonado en la Intendencia Municipal de Colonia.

b) La transacción y transferencia se realizarán en un plazo no mayor a diez (10) días de la intervención por parte del Tribunal de Cuentas de la República.

2º. Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos y posterior envío al Tribunal de Cuentas

Conformes: Echeverría (Presidente), Martínez (Jodami), Martínez (Edgardo), Icasuriaga.

En contra: Martínez (Augusto), Santiago y Alvarez.

Ref: IF. Exp. Nº 01325/08 - JDF Lº 10 Fº 1.- Autorización a la Intendencia Municipal para transar con los Srs. Eduardo Barcos y Lumila Álvarez mediante el pago de la deuda generada de patente de rodados y la transferencia hacia Florida del vehículo de su propiedad

 

VISTO: la solicitud de venia de la Intendencia Municipal a efectos de transar con los Srs. Eduardo Barcos y Lumila Álvarez. 

RESULTANDO: I) que los Srs. Barcos y Álvarez reempadronaron su automóvil en el Departamento de Colonia, no habiendo cumplido con los requisitos establecidos por la Intendencia Municipal de Florida para dar de baja de los padrones municipales al mismo, continuando generando el impuesto Patente de Rodados en Florida. II) que los interesados presentaron recurso contra esa situación, sosteniendo su derecho a tributar en la Intendencia de Colonia y que lo contrario implicaría una doble tributación.

CONSIDERANDO: que la Intendencia Municipal entiende necesario llegar a un acuerdo, fundamentando su iniciativa en evitar un posible litigio judicial y en la recuperación del contribuyente.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el Art. 35 numeral 11 de la Ley Nº 9.515;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º. AUTORÍZASE a la Intendencia Municipal para transar con los Srs. Eduardo Barcos y Lumila Álvarez, en los siguientes términos:

a) Los Srs. Eduardo Barcos y Lumila Álvarez transferirán a la Intendencia Municipal de Florida la Patente de Rodados del vehículo marca Volkswagen Gol, año 1995, padrón 048904, matrícula QAA 9386, mediante al pago del impuesto correspondiente al año 2008 y lo que generado en el año 2009, sin multas ni recargos, deducido el importe de lo abonado en la Intendencia Municipal de Colonia.

b) La transacción y transferencia se realizarán en un plazo no mayor a diez (10) días de la intervención por parte del Tribunal de Cuentas de la República.

2º. Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos y posterior envío al Tribunal de Cuentas.

Conformes: Echeverría (Presidente), Martínez (Jodami), Martínez (Edgardo), Icasuriaga.

En contra: Martínez (Augusto), Santiago y Alvarez.

LA SECRETARÍA