Distribuido Nº 4/09

Florida, Enero 12 de 2009.
Sr(a) Edil(a) Departamental.
PRESENTE.

De mi mayor consideración:
                                 Para su conocimiento se remite iniciativa del Sr. Luis Pedro Goldaraz en tema de reempadronamiento vehícular.

 

Ref: IF. Exp. Nº 2008-86-001-01324 - JDF Lº 10 Fº 1.

A estudio: Comisión de Legislación

Florida, Diciembre 29 de 2008.

VISTO: Estos antecedentes.

CONSIDERANDO: 1) Que ante el reempadronamiento que realizara el Sr. Pedro Goldaraz de su automóvil en el departamento de Colonia, la Intendencia Municipal de Florida le notificó que mientras no acreditara el domicilio en aquel y de acuerdo a lo resuelto por esta Intendencia en consonancia con lo decidido por el Congreso Nacional de Intendentes, seguiría generando el impuesto Patente de Rodados en Florida. 2) Que el interesado recurrió lo resuelto, sosteniendo su derecho a tributar en la Intendencia Municipal de Colonia y que la conducta de la IMF colide con el principio de la prohibición de la doble tributación. 3) Que si bien existen fundamentos jurídicos de peso para sostener que la actuación de la IMF es ajustada a derecho, se estima conveniente, a fin de precaver un litigio eventual y recuperar a la brevedad al contribuyente, aceptar la fórmula transaccional propuesta.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el Art. 35 numeral 11 de la Ley 9.515.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORIDA
RESUELVE:

Solicitar anuencia a la Junta Departamental de Florida, para transar con el Sr. Luis Pedro Goldaraz Pisano, en los siguientes términos:

1) El Sr. Luis Pedro Goldaraz Pisano transferirá a la Intendencia Municipal de Florida la Patente de Rodados del vehículo marca CITROEN XSARA 1.9 D, año 2000, Padrón 041121, matrícula OAA 4390, mediante al pago del impuesto correspondiente al año 2008 y lo que eventualmente se genere en el año 2009 de no celebrarse la transacción en el 2008, sin multas ni recargos, deducido el importe de lo abonado en la Intendencia Municipal de Colonia.

2) La transacción y transferencia se realizarán en un plazo no mayor a 10 días de la intervención por parte del Tribunal de Cuentas de la República.”

(Fdo.) Juan F. GIACHETTO. Intendente Municipal – Dr. Julio C. MATOS Secretario General.

LA SECRETARÍA