Distribuido Nº 110/08

Florida, 16 de setiembre de 2008.
Sr.(a) Edil (a) Departamental
Presente.

De mi mayor consideración:

                                             Se eleva a vuestro conocimiento proyecto de decreto remitido por la Intendencia Municipal , por el cual se incorpora el Plan Mevir II de Sauce del Yí (Capilla del Sauce) a la zona suburbana.

Ref: IF. Exp. Nº 2008-86-001-03570 –JDF. Lº 9, Fº 114

A estudio: Comisión de Obras

“Florida, setiembre 5 de 2008.

VISTO: El planteo realizado por la Junta Local de Capilla del Sauce, para que el Plan MEVIR II se incorpore a la zona urbana o suburbana de la localidad;

CONSIDERANDO: 1) Que los padrones rurales correspondientes a MEVIR II se encuentran urbanizados, según surge de lo informado por División Agrimensura en Actuación No. 3; 2) Que el Dpto. de Arquitectura y la Dirección General de Obras, consideran viable la incorporación a la zona suburbana  (Actuaciones 5 y 6); 3)  Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente proceder a la incorporación de referencia, teniendo presente los antecedentes que existen al respecto;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto el art. 275 numeral 6º de la Constitución de la República;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORIDA
RESUELVE:

Elévese a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto:

Art. 1º. Incorpóranse a la zona suburbana de la localidad Sauce del Yí (Capilla del Sauce), los padrones rurales que van desde el No. 15962 al 16027 de la Séptima Sección Judicial del departamento de Florida, todos los cuales integran el Plan II de MEVIR.

(Fdo.) Juan F. Giachetto, Intendente Municipal; Julio C. Matos, Secretario General.”

LA SECRETARÍA