Distribuido Nº 103/08

Florida, 27 de agosto de 2008.
Sr. (a) Edil (a) Departamental
Presente.

De mi mayor consideración:

                         Se eleva a vuestro conocimiento resolución de la Intendencia Municipal, por la cual se exonera del pago de deuda de contribución inmobiliaria, como también de multas y recargos a Sucesores de la Sra. Inés Alborada Labandería.

Ref: IF Exp.N1 2008-86-001-00827 .JDF. L1 9, F1 105

A estudio: Comisión de Hacienda

"Florida, agosto 21 de 2008.

VISTO: La solicitud del Sr. Daniel Franquini de que sea tenida en cuenta la situación de adeudos del padrón que fuera de su madre 6577.

CONSIDERANDO: Que se han cumplido todos los requisitos y por otra parte acreditado la imposibilidad de pago de la Sra. Inés Alborada Labandeira.

ATENTO: A lo dispuesto en el ( Decreto 2007-0023 ) y ( Decreto 2007-0033 )

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORIDA
RESUELVE:

Elevar a la Junta el siguiente proyecto de Decreto

Artículo 1º. Remítase la deuda por concepto de contribución inmobiliaria, así también como de las multas y recargos a los sucesores de la Sra. Inés Alborada Labandeira por el inmueble padrón 6577 de la ciudad de Florida, hasta la fecha en que la Sra, Alborada obtiene su pensión.

Artículo 2º. Por el período posterior le corresponde la exoneración de acuerdo a lo previsto en el artículo 36 de la Rendición de Cuentas y Ampliación presupuestal 2008 -2010 hasta la fecha de su fallecimiento el día 07 de febrero de 2008.

Artículo 3º. La facilidad a otorgar quedará sin efecto en caso de registrarse el atraso de dos de las futuras cuotas sobre el mismo hecho generador o de producirse la enajenación del inmueble antes de los 36 meses de otorgada.

(Fdo.) Juan F. Giachetto, Intdendente Municipal; Julio C. Matos, Secretario General."

LA SECRETARÍA