DECRETO J.D.F.:38/2005

DESCRIPCION: PROYECTO DE DECRETO ESTABLECIENDO LOS VALORES DEL IMPUESTO PATENTE DE RODADOS PARA EL EJERCICIO 2006, ASÍ COMO DESCUENTOS Y BONIFICACIONES.-

 

APROBACION: 23/12/05

ACTA 14/2005 Extraordinaria

EXPEDIENTE: I.M.F. Nº O2678/05- J.D.F. Lº 6 Fº 71

 Ref. IMF Exp. Nº 02678/05 - JDF Lº 6 Fº 71.- Proyecto de decreto estable­ciendo los valores del mpuesto patente de rodados para el ejercicio 2006, así como descuentos y bonificaciones.-

En sesión de la fecha y por las mayorías que se expresarán, se sancionó el siguiente proyecto.-

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

Art.1º.- Establécese que el monto del impuesto Patente de Rodados del Ejercicio 2006, será igual al monto abonado por el contribuyente para el ejercicio 2005, sin aplicación de los descuentos individuales que le hubieren correspondido y que para el año 2006 se establecen en los siguien­tes artículos.-

(Votado por unanimidad de presentes, 31 Ediles)

Art.2º.- Establécese para el Ejercicio 2006, un descuento de treinta y dos por ciento (32%) del valor del tributo de patente de rodados para los vehículos utilitarios de más de mil quinientos kilogramos (1.500 Kg.) de carga, siempre que acrediten fehacientemente su afectación al giro empre­sarial.-

(Votado por unanimidad de presentes, 31 Ediles)

Art.3º.- Será de aplicación para el Ejercicio 2006 el Decreto de la Junta Departamental Nº 4/01, referido al pago de impuestos de vehículos utilita­rios mediante cheques diferidos, con las modificaciones de las tasas de los descuentos allí detallados introducidas por el Art. 3º del Decreto de la Junta Departamental Nº 44/04.-

(Votado por unanimidad de presentes, 31 Ediles)

Art.4º.- Establécese para el Ejercicio 2006, una reducción del cuarenta por ciento (40%) en el monto del impuesto de Patente de Rodados fijado por la tabla de aforos aprobada para dicho ejercicio, para los vehículos con taxímetro.-

(Votado por mayoría de presentes, 30 en 31 Ediles)

Art.5º.- Aplíquese una bonificación del diez por ciento del total del impuesto de Patente de Rodados del ejercicio 2006, a aquellos contribuyen­tes que paguen el total del impuesto hasta la fecha fijada para el venci­miento de la primera cuota.-

(Votado por unanimidad de presentes, 31 Ediles)

Art.6º.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2006 el plazo de vigencia del Decreto Departamental Nº 9/04, por el cual se exonera a los titulares de vehículos que reempadronen en el Departamento de Florida del pago de tributos, precios, placas de matrículas y libreta de propiedad. Esta exoneración se podrá aplicar en una sola oportunidad para cada vehículo.-

(Votado por unanimidad de presentes, 31 Ediles)

Art.7º.- Autorízase al Intendente Municipal a disponer hasta el 1% (uno por ciento) del monto a recaudar por los tributos de Patente de Rodados y Contribución Inmobiliaria del año 2006, para destinarlo a premios de sorteos a realizar entre los contribuyentes que no hubieren tenido atrasos en sus obligaciones durante los ejercicios 2005 y 2006. Una vez instrumen­ta­do el mecanismo del sorteo, la Intendencia Municipal lo elevará a consi­de­ración del Organismo.-

(Votado por unanimidad de presentes, 31 Ediles)

Art.8º.- El presente decreto se aprueba "ad referéndum" del dictamen del Tribunal de Cuentas.-

(Votado por unanimidad de presentes, 31 Ediles)

Art.9º.- Comuníquese, etc.-

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas, en Florida, a los veintitres días del mes de diciembre de dos mil cinco.-

(Fdo.) PROF. MARINI CABRERA FAROLINI, Presidenta; ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-

 

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