Distribuido Nº 69/08

Florida, 24 de julio de 2008.
Sr. (a) Edil (a) Departamental
De mi mayor consideración:

                                                            Se eleva a vuestro conocimiento sendas resoluciones de la Intendencia Municipal de Florida, por la cual se solicita autorización pra celebrar convenio con los señores Juanita Lorenzo y Carlos Puentes, por deuda del Impuesto de Cntribución Inmobiliaria Urbana.

 

A estudio: Comisión de Hacienda

Ref: IF Exp. Nº 2255/08 - JDF L1 9 F1 85

"Florida, julio 22 de 2008.

VISTO: La solicitud de la Sra. Juanita Lorenzo Clematte de que sea atendida su situación de adeudos por concepto contribución inmobiliaria de los inmuebles de los que es titular.

CONSIDERANDO: I) Que el peticionante ha cumplido todos los requisitos exigidos y por otra parte acreditado su imposibilidad de pago.

ATENTO: A lo dispuesto en el Decreto 2007-0023 y Decreto 2007-0033

EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE

Solicitar a la Junta Departamental autorización para remitir las multas y recargos de la deuda de los inmuebles padrones urbanos Nros. 674 y 675 de la localidad 28 de 25 de agosto de la Sra. Juanita Lorenzo Clematte y otorgar un plazo de 36 meses para el pago del impuesto.

La facilidad a otorgar y que se documentará mediante la celebración de convenios, cesará en caso de registrarse atraso en el pago de dos cuotas mensuales consecutivas, de verificarse la enajenación de los inmuebles antes de los 36 meses de celebrado el convenio, o atraso en 4o; cuotas de las futuras obligaciones sobre el mismo hecho generador. En cualquiera de estos casos se operará la caducidad de pleno derecho de los convenios, dejándose sin efecto la facilidad otorgada, reliqui­dándose la deuda bajo el régimen ordinario.

Otórgase al contribuyente un plazo de 30 días corridos para la firma del convenio a partir de la notificación de su aprobación que realice la comuna.

(Fdo.) Mtro. Juan F. Giachetto, Intendente Municipal; Dr. Julio Matos, Secretario General".

Ref: IF Exp. Nº 2256/08 - J.D.F. L1 9 F1 85

Florida, julio 22 de 2008.

VISTO: La solicitud del Sr. Carlos María Puentes que sea atendida su situación de adeudos por concepto de contribución inmobiliaria por el Tribunal de Quitas y Esperas

CONSIDERANDO: 1) Que el peticionante ha cumplido todos los requisitos exigidos y por otra parte acreditado su imposibilidad de pago.

ATENTO: A lo dispuesto en el Decreto 2007-0023 y Decreto 2007-0033

EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE

Solicitar a la Junta Departamental autorización para remitir las multas y recargos de la deuda y del 50 % del impuesto de contribución inmobiliaria del inmueble padrón No 779 propiedad del Sr. Carlos María Puentes y otorgar un plazo de 36 meses para el pago del 50% del impuesto restante.

La facilidad a otorgar y que se documentará mediante la celebración de un convenio, cesará en caso de registrarse atraso en el pago de dos cuotas mensuales consecutivas, de verificarse la enajenación del inmueble antes de los 36 meses de celebrado el convenio, o atraso en dos cuotas de las futuras obligaciones sobre el mismo hecho generador. En cualquiera de estos casos se operará la caducidad de pleno derecho del convenio, dejándose sin efecto la facilidad otorgada, reliquidándose la deuda bajo el régimen ordinario.

Otórgase al contribuyente un plazo de 30 días corridos para la firma del convenio a partir de la notificación de su aprobación que realice la comuna.

(Fdo.) Mtro. Juan F. Giachetto, Intendente Municipal; Dr. Julio Matos, Secretario General".

LA SECRETARÍA