Distribuido Nº 51/08

Florida, 17 de junio de 2008.
Sr(a) Edil Departamenta.
Presente.

                                               Se transcriben proyectos emanados de comisiones asesoras del Organismo y que compondrán el Orden del Día de la sesión ordinaria del viernes 20 del corriente.

--Comisión de Legislación.

Ref.- IMF.-Exp. Nº 02483/08 - JDF. Lº 9 Fº 51.- Proyecto de decreto modificando el Art. 1º de la Ordenanza de Ruidos Molestos.

Proyecto de decreto:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:

Art. 1º. Modifícase el artículo primero del Decreto Departamental Nº 16/96, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Art. 1º. Queda prohibido dentro de los límites de las zonas urbanas, suburbanas, rurales y centro poblados del Departamento de Florida, en ambientes públicos o privados; producir, causar o estimular ruidos molestos, innecesarios o excesivos sea cual fuere su origen, cuando por razón de la hora, lugar o intensidad, afecten o sean capaces de afectar la tranquilidad o el reposo de la población o causar perjuicios de acuerdo a lo establecido en la presente normativa.”

Art.2º. Otórgase a los responsables de los locales ubicados en zonas suburbanas y rurales, que cuenten con habilitación municipal, un plazo de noventa (90 días) a partir de la promulgación del presente decreto para adaptar sus instalaciones de manera de cumplir con los requisitos exigidos en el Decreto referido. Vencido el plazo sin que se haya cumplido con dichos requerimientos, la Intendencia Municipal procederá a revocar las habilitaciones.

Art. 3º. Comuníquese, publíquese, etc.

Conformes; Echeverría (Presidente), Martínez (Edgardo), Icasuriaga, Santiago y Álvarez.

Exposición de motivo:

La redacción actual del artículo 1º establece la prohibición de ruidos molestos dentro de los límites de las zonas urbanas y centro poblados del Departamento de Florida y se consideraba adecuada en el tiempo de su aprobación. Se entiende que es necesario actualizar la norma y hacer extensiva la misma a todo el ámbito departamental a fin de preservar la calidad de vida de los habitantes.

Ref: Exp. Nº 02159/08 -JDF Lº9 Fº52 .- Proyecto de decreto designando con el nombre de “José Pirotto” una calle de Chamizo.

Proyecto de resolución:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:

Art.1º. Desígnase con el nombre de ¨José Pirotto” la calle de la localidad de Chamizo que se extiende desde el límite de la zona urbana al Oeste, a través de las Manzanas Nº 21 y Nº 22 hasta el límite de la misma zona al Este, en su encuentro con la Manzana Nº 26.

Art 2º. La Intendencia Municipal colocará una placa recordatoria en la plaza pública de Chamizo, en homenaje de la población al destacado vecino.

Conformes; Echeverría, Martínez (Edgardo), Icasuriaga, Santiago y Álvarez

Exposición de motivos

La Junta Local de Chamizo ha asumido iniciativa tendiente a homenajear a un destacado vecino de la localidad, nativo del Paraje 94 quien por más de treinta años, con infraestructura propia y de su peculio, organizaba entrega de juguetes y golosinas a los niños de la zona todos los 6 de eneros.

--Comisión de Salud y Medio Ambiental.

Ref: Eleva propuesta a fin de designar a representante del Organismo para integrar un grupo de trabajo sobre la situación de perros sueltos.

Proyecto de resolución:

VISTO Y CONSIDERANDO: el oficio 137/08 de la Intendencia Municipal en el cual se solicita un representante del Organismo a fin de conformar un grupo de trabajo sobre las dificultades actuales que se le presenta a la Intendencia Municipal para el efectivo control de los perros, en concordancia con lo establecido en el Decreto Departamental Nº 37/03 de “Tenencia Responsable de Animales”.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º.- Desígnanse a la Sra. Edila Raquel García como titular y el Sr. Edil Alfredo Langorte como suplente, para integrar el grupo de trabajo previsto por la Intendencia Municipal según su oficio Nº 137/08.

2º.- Comuníquese a la Intendencia Municipal

Conformes.Amaro (Presidente), Garcia, Langorte, Córdoba, Carabajal y Cuello.

LA SECRETARÍA