Distribuído Nº 17/08

Florida, 28 de marzo de 2008.
Sr.(a) Edil (a) Departamental
Presente.

           Remito a v/consideración proyecto presentado por el Sr. Edil Departamental Nelson Infante, tendiente a que se incluya en la Constitución de la República, enmienda que permita la reserva del cargo de Edil en oportunidad de ocupar cargo público.

A estudio en Comisión de Legislación.

Proyecto del Edil Nelson Infante

Exposición de motivos:

Sabemos de la posibilidad que se ha incluido con la ley 17930, de que funcionarios públicos afectados a cualquier organismos del estado, con muy pocas excepciones, puedan realizar "reservas de su cargo" para ocupar uno nuevo por un período determinado de tiempo, expresamente la ley establece que "el funcionario mantendrá todos los derechos funcionales, especialmente el de la carrera administrativa cuando corresponda a su estatuto jurídico y las retribuciones que por cualquier concepto venía percibiendo hasta la toma de posesión del cargo, cualquiera sea su naturaleza, fueran financiadas con rentas generales o recursos con afectación especial".

Comparando esto con las situaciones de los Ediles Departamentales, con carácter de honorarios sin recibir retribución alguna, nos llama profundamente a la reflexión, esto que no dudamos en catalogar de injusto.

Porque cualquier funcionario, gane el salario que gane, cumpla el horario que cumpla y tenga las responsabilidades que tenga, puede dejar su trabajo público e ir a otro que mejor le plazca, para después volver al suyo sin perder uno sólo de los derechos que haya cañado, o los que su cargo o su sueldo presupuestal en su ausencia lo haya hecho.

Los Ediles Departamentales en cambio, si el voto popular nos elige, no podemos sino que renunciar a nuestra función de legisladores, aunque ocupemos un cargo en el Ejecutivo Comunal por menos de un mes, perdiendo la oportunidad de retornar al cuerpo legislativo.

Más nos llama a la reflexión cuando este instituto también fue usado por uno de los señores diputados por el departamento de Florida para mantener su cargo, en clara incorrección para nosotros, pero autorizado por la Suprema Corte de Justicia al fin, desapareciendo el único argumento contrario al presente proyecto, cual es la independencia entre los poderes ejecutivos y legislativos.

Por tanto, elevamos al Cuerpo nuestra iniciativa, para que se enmiende la constitución, permitiendo estructurar la institución de la reserva del cargo para los señores Ediles Departamentales, tanto titulares como suplentes, a efectos de que se les permita ocupar cualquier cargo en la Intendencia respectiva, posibilitando que al término de su función pueda retornar a la Junta Departamental correspondiente, continuando con su función.

Solicito que pasen copias de este proyecto a la Comisión de Legislación del Cuerpo,   al Congreso Nacional de Ediles, a todas las Juntas Departamentales, al Parlamento Nacional, a la Suprema Corte de Justicia y al Señor Presidente de la República."

(Fdo. )Nelson INFANTE. Edil Departamental.

LA SECRETARÍA