Distribuido Nº 11/08

Florida, 6 de marzo de 2008.
Sr. (a) Edil (a) Departamental.
Presente.

De mi mayor consideración:

                         Se eleva a v/conocimiento proyecto de Decreto remitido por el Sr. Intendente Municipal, por el cual se exonera del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria a la Asociación de Pasivos de Independencia

A estudio: Comisión de Hacienda.

Ref. Exp.N1 2007-86-001-00607.JDF. L1 9, F14.

Florida, marzo 3 de 2008.

VISTO: La Solicitud de exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana y tasas del padrón N1 75 sito en la localidad de Independencia del Departamento de Florida, realizada por la Asociación de Pasivos de Independencia.

CONSIDERANDO: 1)Que según surge de la documentación agregada a estos antecedentes, la Asociación de Pasivos de Villa Independencia es una asociación civil con personería jurídica, cuyo objeto es promover el bienestar integral de las personas de tercera edad y la prolongación de vida mediante la información, capacitación la atención y asistencia necesaria, promoción de la participación, desarrollar la solidaridad, establecer relaciones de igualdad entre grupos sociales y mejorar la integración económica-social en los ámbitos personal y comunitario. 2) Que el inmueble padrón Nº 75 sito en la zona urbana de Villa Independencia, es propiedad de la referida Asociación de acuerdo a certificado notarial adjunto. 3) Que la misma, realiza actividades tendientes al cumplimiento de su objeto sin perseguir fines de lucro, como surge de sus Estatutos Sociales. 4) Que el Gobierno Departamental debe prestar dentro de sus posibilidades, apoyo a instituciones como la presente, teniendo en cuenta el fin social de su existencia.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por los arts. 133 y 22 de la Constitución de la República y Decreto 2002-0022

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORIDA
RESUELVE:

ELEVESE a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto:

Art.1º. EXONÉRASE del pago del impuesto de contribución inmobiliaria urbana y tasas, a la Asociación de Pasivos de Independencia, respecto al padrón Nº 75 sito en Villa Independencia del Departamento de Florida de su propiedad, estableciéndose como contraprestación que dicha Asociación permitirá el uso de su local en oportunidad que la Intendencia Municipal lo considere oportuno.

(Fdo.) Juan F. Giachetto, Intendente Municipal; Ernesto Sánchez, Prosecretario."

LA SECRETARÍA