Distribuido Nº 82/07

Florida, 3 de setiembre de 2007.
Sr. (a) Edil (a) Departamental
PRESENTE.

                     Para su conocimiento se transcriben proyectos emanados de la Comisión de Legislación y que conforman el Orden del Día de la sesión del 5 de octubre próximo. Los proyectos, a excepción del primero, contaron con el voto unánime de la Comisión con asistencia de los señores Ediles Servando Echeverría (Presidente), Carlos Rodríguez Gálvez, Edgardo Martínez, Fabiel González, Augusto Martínez, Cono Santiago y Daniel Martínez.

--Comisión de Legislación

Ref. JDF Lº 8 Fº 103.- Proyecto de reforma del Reglamento Interno en lo atinente a las comisiones asesoras del Organismo.

Antecedente: Distribuido 2007-0073

Proyecto de resolución:

Visto y Considerando: la iniciativa presentada por la Bancada de Ediles del Frente Amplio, tendiente a modificar el Reglamento Interno del Organismo en su Sección XIV “De las Comisiones”a efectos de, manteniendo el actual número de comisiones permanentes, establecer nuevas denominaciones y definiendo y redistribuyendo cometidos de las comisiones asesoras.

Atento: a lo establecido en los Art. 4º y 5º del Reglamento Interno del Organismo,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º.- Modifícase el Reglamento Interno del Organismo, sustituyéndose los actuales Artículos 134º y 135º (Sección XIV De las Comisiones, Capítulo II), los que quedarán redactados de la siguiente manera:

“CAPITULO II.-

Creación, integración y cometidos

Art.1340.- Habrá ocho comisiones permanentes, cuya denominación y cometidos se determinan a continuación:

A) HACIENDA, PRESUPUESTO Y PETICIONES

Impuestos, Tasas y Contribuciones, Deuda Pública Departamental, Empréstitos, Contabilidad y Administración Financiera, Administración de Proventos, Presupuesto Departamental, Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Modificaciones Presupuéstales, Presupuestos de Sueldos y Gastos de la Secretaría.-

B) LEGISLACIÓN, ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS INTERNOS Y NOMENCLÁTOR

Legislación Municipal, Organización Administrativa de Oficinas y Servicios, Estatuto de los Funcionarios del Gobierno Departamental, Reglamento de la Junta, Integración de la Junta, Cuestiones de Orden Interno, Aprobaciones, Autorizaciones, Anuencias, Acuerdos o Venias solicitadas por el Intendente Municipal, Denominación de Calles y Espacios de Uso Público, Dictámenes sobre Instalación de Estatuas, Monumentos, Estelas, Listas, etc., Transito, Transporte y Comunicaciones, Expropiaciones.-

C) EDUCACIÓN, CULTURA, EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES

Educación y Cultura -su promoción-, Artes y Artesanías, Espectáculos Públicos, Eventos Culturales, Cultura Física, Deportes, Escenarios Deportivos, Piscina Municipal.

D) SALUD Y MEDIO AMBIENTAL

Salud e Higiene Públicas, Asistencia Médica y Profilaxis de Enfermedades Sociales, Problemas de Salubridad, Bromatología, Residuos, Aguas Servidas, Control de Vertederos, Medio Ambiente

E)           OBRAS. SERVICIOS PÚBLICOS Y PROPIEDADES MUNICIPALES

Obras Públicas Municipales, Vialidad y Obras Públicas de interés general, Obras Públicas por Convenio con particulares y/o con el Estado y/o con Organismos Internacionales y/o con Instituciones o Gobiernos Extranjeros, Servicios Públicos a cargo del Municipio o de Concesionarios o Permisarios, Vialidad Urbana y Rural, Arquitectura Municipal, Viviendas, Proyectos Edilicios y de Urbanización, lluminación.-

F) DESARROLLO PRODUCTIVO Y ÁREA METROPOLITANA

Fomento de la Producción Agropecuaria,. Lucha contra las Plagas que afectan la Ganadería y Agricultura, Fomento Industrial, Comercio, Turismo, Parques y Jardines, Área Metropolitana y Cuenca del Santa Lucia.

G) DERECHOS HUMANOS Y DESARROLLO SOCIAL

Velar por la vigencia de los Derechos Humanos en el Departamento, Estimular la conciencia y educación de los Derechos Humanos, Fomentar los Derechos Humanos auspiciando conferencias, estudios, concursos y charlas sobre el tema, Elevar a la Junta Departamental informe fundado referido a las cuestiones puestas a su conocimiento, previa instrucción y estudio de las mismas, Rendir informe anual a la Junta Departamental sobre la vigencia de los Derechos Humanos en lo local y las actividades realizadas, Protección de la sociedad, Prevención de delitos, Políticas sobre la Minoridad, la Adolescencia y la Ancianidad, Prevención de vicios sociales, Alimentación, Asistencia Social, Viviendas sociales, Problemas de Genero.

H) CONDICIÓN DE LA MUJER

  1. Estudio y Difusión del marco legal que ampara a la mujer. -
  2. La inserción de la mujer en el plano laboral.-
  3. Planificación familiar. -
  4. Estudio de Políticas de Prevención de situaciones de Violencia que afecten a la mujer y a la

e) Coordinar con otras organizaciones no gubernamentales el estudio y seguimiento de
proyectos que a nivel parlamentario correspondan a la condición de la mujer y su rol en el medio.-

f) Coordinar con organismos oficiales nacionales y departamentales el estudio de este tema.-

Art.1350.- Las Comisiones permanentes se integraran con siete miembros, salvo que la Junta decidiera expresamente apartarse de este temperamento. La Comisión sobre Condición de la Mujer, estará compuestas por tres miembros y sendos suplentes, que representaran a los diferentes Lemas con representación en el Cuerpo.”

Conformes: Echeverría (Presidente), Rodríguez Gálvez, Martínez (Edgardo), González

En contra:    Martínez (Augusto), Santiago y Martínez (Daniel).-

 

Ref. Eleva propuesta tendiente a solicitar al Sr. Intendente Municipal que asuma iniciativa a efectos de establecer un nuevo sistema general en el actual beneficio de exoneración del impuesto patente de rodados para el Departamento.

Proyecto de resolución:

Visto y Considerando: la propuesta de la Bancada del Frente Amplio a efectos de establecer un nuevo régimen general sobre el beneficio que otorga el Gobierno Departamental de Florida al exonerar del impuesto de Patente de Rodados a personas, instituciones, etc.

Atento: a la potestad del Sr. Intendente Municipal en el tema,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º.- SOLICITAR al Sr. Intendente Municipal asuma iniciativa constitucional tendiente a establecer las siguientes pautas que regularan las exoneraciones al impuesto de patente de rodados en el Departamento:

a).- Dejar sin efecto las exoneraciones existentes.-

b).- Establecer exoneraciones parciales (Hasta $ 5.000*) para:

  • Ediles Departamentales y Locales (hoy hasta $ 5.000)
  • Representantes Nacionales (hoy cuentan con exoneración total)
  • Funcionarios Municipales (hoy un 50%)
  • Discapacitados que compraron su vehículo fuera de la ley que los ampara (Hoy gozan de la totalidad de la exoneración)

c)- Establecer exoneraciones totales para:

  • Discapacitados que adquirieron su vehículo al amparo de la ley respectiva. (Hoy total)
  • Un (1) vehículo por medio de prensa y debidamente identificado. (Hoy algunos medios que cuentan con varios vehículos exonerados y sin identificar)

d).- Las organizaciones sociales, religiosas,etc deberá presentar solicitud y documentación de cada vehículo detallando la función social que cumple. La Junta Departamental estudiará la exoneración para cada caso.

e).- Mantener las exoneraciones a empresas públicas

f).- Mantener las exoneraciones a empresas fúnebres, en caso de una contraprestación para la Intendencia Municipal.-

g).- Eliminar la exoneración para Jueces y Fiscales.-

(* ) El monto de $ 5.000 es a valores de octubre de 2005. Se reajustará en el mismo porcentaje que haya aumentado el tributo.- (Decreto 25/05 de 7 de octubre de 2005)

2º.- Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos.

Ref: IF Exp. 02460/98- IMF Lº 8 Fº 79 .- Autorización a la Intendencia Municipal para donar predio, bajo determinadas condicionantes, a cooperativa de viviendas de funcionarios municipales en Sarandí Grande.

Antecedente: Distribuido 2007-0060

VISTO: La solicitud de la Cooperativa de Viviendas de Funcionarios Municipales de Sarandí Grande (COVIFMUSA) de que se le done el inmueble que se había dispuesto donar a COVIMUSA;          

CONSIDERANDO: 1) Que por Resolución JDF Nº 29/97, numeral 2º, se autorizó a la Intendencia Municipal a donar parte del padrón Nº 1401 (actual padrón 2.826 de la localidad Catastral Sarandí Grande), a la entonces cooperativa de viviendas denominada COVIMUSA.

            2) Que dicha donación nunca se efectivizó, habiendo expresado los representantes de la beneficiaria, no mantener interés actual en la adquisición del inmueble.

            3) Que la actual peticionante es una cooperativa de viviendas de usuarios por sistema de ayuda mutua y se encuentra integrada por varios funcionarios municipales;

            4) Que el Gobierno Departamental debe coadyuvar dentro de sus posibilidades, a la concreción del derecho de todos los habitantes a gozar de una vivienda decorosa.

ATENTO: A lo expuesto y a dispuesto por art. 37 numeral 2 de la Ley 9.515;          

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia Municipal de Florida a donar a la Cooperativa de Funcionarios Municipales de Sarandí Grande (COVIFMUSA), el inmueble empadronado con el número 2.826 (antes padrón 1401 en mayor área) de la localidad catastral Sarandí Grande, ubicado en la Manzana 160, con una superficie de 5316m2 35 dm; estableciéndose como condición que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente le otorgue el préstamo hipotecario con destino a la construcción de las viviendas en dicho bien. de acuerdo al cronograma de obra aprobado por dicho Ministerio, caso contrario, el bien retornará al dominio municipal.

2º.- Establécese un plazo de cinco (5) años a partir de la fecha, prorrogable a sola solicitud de la cooperativa con documentación que acredite fehacientemente ante la Intendencia Municipal que se están realizando las gestiones para la obtención del préstamo ante el Ministerio de Viviendas.-

3º.- Pase a la Intendencia Municipal.        

Ref: IF Exp. 01656/07-JDF Lº 8 Fº 91.- Autorización a la Intendencia Municipal para aprobar fraccionamiento particular proyectado en la Zona Especial Rambla Río Santa Lucía, y con determinadas condiciones.

Antecedente: Distribuido 2007-0076

VISTO: La iniciativa del Sr. Intendente Municipal solicitando autorización para aprobar proyecto de fraccionamiento presentado por los Sres. Carlos María Tejería y María López, de los padrones de su propiedad Nos. 6.966 y 6.967, sitos en la manzana Nº. 273 C de la localidad catastral Florida;

CONSIDERANDO: 1) Que de acuerdo a la normativa establecida en el Decreto Departamental Nº 8/07, los inmuebles a fraccionar están comprendidos dentro de las Zonas Especiales (Zona Especial Rambla Río Santa Lucía), siendo exigencia que todas las fracciones resultantes cuenten en sus frentes con servicio de agua potable, por lo que en una primera instancia el proyecto no contemplaría dicha exigencia. 3) Que la mencionada norma en su Art. 7º, establece las excepciones que podrán ser aprobadas, de contar con aval técnico municipal y anuncia de la Junta Departamental. 4) Que se presentó por parte de los interesados un nuevo proyecto que se adapta a las exigencias de las oficinas técnicas de la Comuna, cumple con las dimensiones de fracciones establecidas en la nueva norma, salvo que por la calle Benigno Islas se debe de dotar del servicio de agua potable a los solares que no lo poseen. 6) Que en tal sentido se autorizará a la Comuna a aprobar el fraccionamiento, estableciendo como condición que los gestionantes a su costo, doten a las fracciones mencionadas de agua potable, mediante la construcción de la red y recambio de tramos de tuberías de red existentes que O.S.E. exige.

ATENTO: a lo expuesto, y a lo previsto en el Art. 7º del Decreto Departamental Nº 8/07;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia Municipal a aprobar el proyecto de fraccionamiento presentado por los Sres. Carlos María Tejería y María López, en los padrones de su propiedad Nos. 6.966 y 6.967 sitos en la manzana No. 273 C de la localidad catastral Florida, bajo condición que -a su costo- doten a las fracciones mencionadas en el Considerando 4) de agua potable, mediante la construcción de la red y recambio de tramos de tuberías de red existentes que O.S.E. exige, en un plazo de ciento ochenta (180) días, prorrogable en caso de comprobarse razones justificadas que imposibiliten la ejecución de las obras.-

2º.- Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos.

Ref: IF Exp. 3386/07- JDF Lº 8 Fº 106.- Autorización a la Intendencia Municipal para otorgar en comodato predio a club deportivo de la ciudad de Florida.

Antecedente: Distribuido 2007-0080

VISTO: Estos antecedentes, relacionados con la petición del Club Atlético Florida, para continuar con el usufructo de un predio municipal sito en la Primera Sección Judicial de Florida, donde se encuentra ubicado su estadio deportivo y sede social.

CONSIDERANDO: I) Que en octubre del 2006, venció el plazo del Comodato anterior otorgado a la citada Institución por el plazo de treinta años. II) Que se comparte el criterio sustentado por sucesivos gobiernos departamentales, de destinar predios municipales a instituciones, como forma de fomentar el desarrollo de la actividad cultural y deportiva de nuestra sociedad y fundamentalmente de niños y jóvenes.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE

1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia Municipal a otorgar en comodato a la Asociación Civil Club Atlético Florida; a partir del 27 de octubre de 2006 y por el término de treinta años; fracción de terreno ubicada en la 1era. Sección Judicial del Departamento de Florida, empadronada con el Nº 2.9078, predio donde se ubica su campo deportivo y sede social.

2º.- Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos.

Ref: IF Exp. 3569/07-JDF Lº 8 Fº 109.- Proyecto de decreto declarando de “Interés Departamental” la actividad denominada “Cardal, Capital de la Cuenca Lechera”, que se realizará del 16 al 18 de noviembre.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:

Art. 1º.- DECLÁRASE de “Interés Departamental” la 2da. Jornada “Cardal, Capital de la Cuenca Lechera” que se realizará del 16 al 18 de noviembre, incluyéndose en la Categoría “C” del Decreto Departamental Nº 41/95.-

ART. 2º.- Comuníquese,etc.

Ref: IF Exp. 3621/07.- JDF Lº 8 Fº 106.- Proyecto de decreto declarando de “Interés Departamental” la 13º Yerra y Jornada de Campo en Berrondo, que se realizará el 3 y 4 de noviembre.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:

Art. 1º.- DECLÁRASE de “Interés Departamental” la 13º Yerra y Jornada de Campo, que se realizará el 3 y 4 de noviembre, incluyéndose en la Categoría “C” del Decreto Departamental Nº 41/95.-

ART. 2º.- Comuníquese,etc.-        

LA SECRETARÍA