Distribuido Nº 26/07.

Florida, 2 de mayo de 2007.
Sr(a) Edil(a)

                        Se transcribe propuesta del Sr. Intendente Municipal tendiente a convalidar el convenio suscrito entre la Comuna y la OPP, destinado a obtener créditos para financiar estudios de pre-inversión:

A estudio: Comisión de Legislación.

Ref. I.F Exp. 00525/07-JDF L1 7 F1 187.

Florida, abril 18 de 2007.

VISTO: El Convenio suscrito entre esta Intendencia y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Considerando: El interés de la presente Administración de obtener una linea de crédito destinada a financiar estudios de preinversión, que propendan al desarrollo económico del Departamento.

EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:

1) ELEVASE a la Junta Departamental de Florida para su consideración y , aprobación el Convenio suscrito entre está Intendencia y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. 2) Cumplido, vuelva a este Despacho.

(Fdo) Mtro. Juan F. Giachetto-Intendente Municipal- Dr. Julio Mattos. Secretario General.-

CONVENIO ENTRE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE FLORIDA Y LA OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO

En la ciudad de Montevideo, a los 7 días del mes de Diciembre del ano 2006, entre POR UNA PARTE; el Contador - Economista Carlos Viera, en su carácter de Directorde la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y en nombre y representación de la misma, constituyendo domicilio en esta ciudad, en ef 3er. Piso del "Edificio Libertad", ubicado frente a la Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera NE 3350. POR OTRA PARTE: el Mtro. Juan F. Giachetto en su calidad de Intendente Municipal de Florida, en nombre y representación de dicha Intendencia, el que constituye domicilio en la calle

Independencia 586 de la ciudad de Florida, quienes convienen que:

PRIMERO: ANTECEDENTES: I. Con fecha 20 de mayo de 1986 se suscribió el

Contrato de Préstamo Nº 786/SF-UR entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay por el cual se creó el Fondo Global de Preinversión.

II. El Artículo 147 de la Ley NE 15.851 del 24 de diciembre de 1986, establece que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto será el Organismo Ejecutor del Programa Global de Preinversión, estando facultada para suscribir todos los contratos y realizar los actos que fueran necesarios para el cumplimiento a los objetivos de dicho Programa- El art. 444 de la ley 17.296 del 21 de febrero del ano 2001 sustituyó el inciso segundo del articulo 148 de la ley 15.851, estableciendo que se atendería con cargo a Rentas Generales hasta un máximo del 85% del servicio de deuda de los préstamos destinados a Gobiernos Departamentales.

III. La Intendencia Municipal de Florida está interesada en la obtención de una línea de crédito destinada a financiar estudios de preinversión que propendan al desarrollo económico del departamento

SEGUNDO FINANCIACIÓN Y PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE LOS PRÉSTAMOS. Con el objeto de promover la realización de estudios de preinversíón necesarios para la implementación de futuras inversiones demandadas por el sector privado, la Intendencia Municipal de Florida solicitará a la OPP recursos del FONADEP. La OPP se compromete a gestionar para la Intendencia Municipal de Florida ante el FONADEP la concesión de un préstamo para financiar estudios de preinversión por hasta la suma de U$S 100.000- (Cien mil dólares americanos), en las condiciones habituales en que se conceden los préstamos a las Intendencias Municipales, según la normativa vigente y en las que se determinan en éste Convenio.

La Intendencia podrá solicitar ampliaciones de préstamo por importes complementarios, toda vez que las demandas lo justifiquen.

TERCERO: TIPO DE ESTUDIOS QUE SE FINANCIARAN: Podrán ser seleccionadas para su financiamiento aquellas solicitudes de estudios de preinversión referentes a las actividades productivas, de comercialización de la producción y muy especialmente aquellas iniciativas que por su enfoque estén orientadas hacia el desarrollo y la reconversión de pequeñas y medianas empresas o empresas en vías de recuperación y las que la Intendencia Municipal de Florida estime conveniente apoyar por entender que contribuyen a fomentar el desarrollo del Departamento.

CUARTO: BENEFICIARIOS DE LOS ESTUDIOS: Podrán ser beneficiarios de los estudios (a propia Intendencia Municipal de Florida asi como las personas físicas o jurídicas del sector privado cuyas iniciativas propicie la Intendencia y el Director de OPP apruebe.

QUINTO: PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE LOS ESTUDIOS: Los estudios a financiar deberán ser presentados ante la Intendencia Municipal de Florida bajo el formato de solicitud que ésta determine, el cual deberá ser coherente con los requerimientos básicos de FQNADEP.

El Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, resolverá sobre la utilización de los fondos provenientes del Fondo Nacional de Preinversíón.

En todos los casos, se deberá comunicar al Comité de Preinversión la nómina de los estudios declarados elegibles y de la utilización de los fondos.

Para constancia de lo cual se otorga y firma el presente, en el lugar y fecha indicados, en dos ejemplares del mismo tenor, solicitando intervención notarial.

(Fdo.) Cr. Ec. Carlos Viera. Director.Juan F. Giachetto.Intendente Municipal.-"

-Informes de asesores que lucen en el expediente

"DIRECCION GENERAL DE HACIENDA.-Hemos gestionado y recibido del Sr. Alberto Rosselli el Procedimiento de Operación del Fondo de Preinversión del Préstamo BID N1 786/SF-UR que adjuntamos al presente como elemento que sirva para su archivo y la impresión del mismo a efectos de simplificar su lectura.Estos procedimientos constituyen la normativa expresada en la cláusula segunda del contrato suscrito con la OPP como condiciones habituales de los préstamos. Si bien es claro el texto del procedimiento quisiera resaltar algunos puntos que me parece merecen especial atención para esta Administración:

I. Objetivos y beneficiarios.Objetivos. 1) Los préstamos están dirigidos a financiar la confección de estudios de programas y proyectos de inversión.Dentro de los objetivos específicos resalto que se propone facilitar la participación de firmas consultoras, profesionales y expertos del país en la preparación de estudios de preinversión y estimular la generación de un mayor número de oportunidades de inversión de capitales privados 2) Beneficiarios. Préstamos a personas naturales o jurídicas, estatales o privadas para la contratación de consultores. O sea, que el universo de beneficiarios es amplio, pero limitado su objeto a la contratación de consultores.

II. Tipos de estudio

1.Estudios generales. Estudios básicos de carácter regional, sectorial o sub-sectorial.

Estudios preliminares: técnicos, económicos o sociales

Estudios destinados al fortalecimiento institucional . sector público o privado.

Investigación de procesos tecnológicos específicos

2. Estudios específicos. Estudios de prefactibilidad, ingeniería, etc.

IV Condiciones de los préstamos

A.     Condiciones Generales

1.      Moneda de pago. Moneda Nacional

2.     Tasa de interés. 3% efectivo anual reajustable por IPC

3.     Período de gracia. 12 meses

4.     Plazo de amortización. Hasta 4 años

5.     Desembolsos. En base a aprobación de los informes del consultor. El último desembolso no inferior al 30%

6.     Costo total mínimo de un estudio: U$S 10.000

7.     Porcentaje máximo de financiación de un estudio. Gobiernos Departamentales . 85%

8.     Plazo de ejecución. No podrá ser superior a 2 años

B.     Condiciones especiales para solicitantes del sector privado

1.         Plazo de amortización. Hasta 5 años

2.         Período de gracia. Hasta 18 meses

3.         Tasa de interés. Libor para 6 meses que a la fecha es 5 1/3.

4.         Moneda de reembolso. Dólares

5.         Porcentaje máximo de financiación: 90%

Recomendaciones

Entendemos que sería conveniente hacer un llamado público a interesados en la financiación de Proyectos, con invitaciones especiales a actores empresariales del medio.

Asimismo y sobre todo en proyectos de infraestructura, nuestros servicios podrían desarrollar propuestas que, conjuntamente con las de privados, evaluarlas por parte de la Unidad Asesora.

Estimo conveniente se pase a conocimiento de otras Direcciones Generales, en especial Obras y Desarrollo Sustentable quienes pueden tener un mayor interés en esta temática.

(Fdo.) Cr. Gustavo Samacoitz.

DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE

            En primer lugar queremos destacar la importancia del Convenio firmado por el Intendente de Florida y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto el pasado 7 de Diciembre de 2006 a través del cual el Gobierno Departamental podrá obtener una línea de crédito de hasta U$S 100.000.- (dólares americanos cien mil) para financiar estudios de preinversión que propendan al Desarrollo económico de nuestro Departamento.

En segundo lugar solicitamos al igual que el Director de Obras se envíe a la brevedad el Convenio a la Junta Departamental para su aprobación

En tercer lugar y con la aprobación de la Junta llevar a cabo las recomendaciones realizadas por el Sr. Director Gral. de Hacienda, las cuales compartimos..

(Fdo) Ing. Alejandro Echeverría.-

 

LA SECRETARÍA