Distribuido Nº 105/06

Florida, 28 de diciembre de 2006.
Sr. (a) Edil (a) Departamental.
Presente.

                 Remito a v/conocimiento solicitud de autorización para corte de pavimento en Padrón N1 454 de Sarandí Grande y pago especial de deudas tributarias para particular.

A estudio: en Comisión de Legislación.

Ref: I.F. Exp. 2000.86.001.00206 .JDF L1 7 F1 119-

Florida, 11 de diciembre de 2006.

Visto: Estos antecedentes administrativos relativos a la situación de insalubridad creada a raíz de la evacuación de aguas residuales desde la finca empadronada con el N1 454 de la localidad catastral Sarandí Grande.

Considerando: 1) Que la Comuna ha intimado en múltiples oportunidades la regularización de la situación     sin resultados positivos, habiéndose aplicado sanciones pecuniarias a los infractores, de acuerdo a la normativa vigente. 2) Que ante los reiterados incumplimientos se procedió a realizar por la Comuna, denuncia por desacato, disponiéndose en Sede Penal el archivo de las actuaiones, al considerar que no exista en el caso mérito para imputar a los denunciados una conducta delictiva. 3) Que de los antecedentes administrativos y de la inspección ocular surge que la familia ha iniciado los trámites ante OSE para realizar la conexión al saneamiento, habiendo ya procedido a la construcción de las cámaras necesarias para dicha conexión. 4) Que el registrar adeudos de Contribución Inmobiliaria por el Padrón en donde se asienta la vivienda y no poder afrontar el pago de la cuota mensual que resultaría de la suscripción de un convenio de acuerdo al régimen vigente (Código Tributario), se verían imposibilitados de gestionar y obtener autorización municipal para llevar a cabo el corte de pavimento. 5) Que atento a las competencias que posee el Gobierno Departamental en materia de salud de las poblaciones, se considera que en el presente caso debe primar la salubridad por sobre su derecho de obtener el cobro de deudas tributarias y multas; 6) Que de gestionarse la autorización del corte de pavimento para realizar la conexión al saneamiento, de acuerdo a la normativa vigente (Decreto Departamental de fecha 17 de febrero de 1978), la Comuna no podría autorizarlo por existir los referidos adeudos.

Atento: a lo expuesto,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORIDA
RESUELVE:

Solicitar autorización al Legislativo Departamental, para poder dar trámite a la solicitud de corte de pavimento que eventualmente realice la titular del Padrón N1 454 de la localidad catastral Sarandí Grande, pese a la situación de adeudos que mantenga con la Comuna y para aceptar pagos parciales a cuenta de la deuda.

Fdo. Mtro. Juan Francisco Giachetto Intendente Municipal Dr. Julio Mattos Secretario General.

LA SECRETARIA.