Distribuido Nº 100/06
Florida, 22 de diciembre de 2006.
Sr (a) Edil Departamental.
Presente.
De mi consideración:
Cúmpleme elevar a Ud la norma que regulará los sorteos anuales efectuados por la Intendencia Municipal tendiente a premiar a los buenos pagadores de los impuestos de patente de rodados y contribución inmobiliaria urbana y suburbana:
A estudio: Comisión de Hacienda
Ref: Normativa que regirá los sorteos anuales para premiar a contribuyentes del impuesto de patente de rodados y contribución inmobiliaria urbana y suburbana
VISTO: La propuesta elevada por la Dirección General de Hacienda, estableciendo un sistema de premios, para contribuyentes buenos pagadores de los impuestos de patentes de rodados y contribución inmobiliario urbana y sub-urbana.
CONSIDERANDO: Que es conveniente darle continuación en el tiempo a este sistema de premios para los buenos pagadores.
ATENTO: A lo dispuesto por el artículo 7E del Decreto 38/2005, que autorizó a la Intendencia Municipal, a disponer de hasta el 1% del monto a recaudar, por los tributes de Patente de Rodados y Contribución inmobiliaria del año 2006, para destinarlo a premios de sorteos a realizar entre los contribuyentes que no hubieren tenido atrasos en sus obligaciones durante los ejercicios 2005 y 2006
EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:
1) Sorteo
La Intendencia Municipal de Florida, realizará un sorteo anual entre los contribuyentes buenos pagadores, de los tributos de patente de rodados y contribución inmobiliaria urbana y sub-urbana.-
2) Montos del sorteo
Al 31 de diciembre de cada año. se aplicara al total recaudado por los tributos de Patente de Rodados \ Contribución Inmobiliaria Urbana y Sub-Urbana. el porcentaje a distribuir entre los contribuyentes premiados, formando dos montos independientes por cada tributo.
3) Nómina de padrones y matrículas contribuyentes comprendidos
Se determinará de la base de datos de recaudación, los padrones v matrículas que no tuvieran atrasos durante el año finalizado al 31 de diciembre en el año previo.
Se realizarán dos listas, una de contribuyentes de impuesto de patente de rodados y la otra de contribución inmobiliaria urbana y sub-urbana.
4) Premios
Los premios serán el impuesto del año del sorteo, de los contribuyentes titulares del padrón o matrícula, que salgan favorecidos en cada lista. En el acto del sorteo se harán los cálculos necesarios para determinar la cantidad de favorecidos por lista, hasta agotar el monto respectivo. El monto máximo a exonerar por padrón y matrícula, será el equivalente a 6.000 (Seis mil) unidades indexadas calculadas al valor del momento del sorteo.
Los contribuyentes favorecidos de la lista de Impuesto de Contribución Inmobiliaria, deberán abonar en el año del sorteo las respectivas tasas.
5) Acto del sorteo
Ante el Escribano de la Intendencia Municipal de Florida se procederá a realizar el
sorteo dentro del primer mes de enero de cada año.
(Fdo) Juan F. Giachetto. Intendente Municipal- Julio Matos.Secretario General.
LA SECRETARÍA