Distribuido Nº 84/06

Florida, 15 de noviembre de 2006.
Sr. (a) Edil (a) Departamental.
Presente

           Se eleva a v/conocimiento proyecto de decreto remitido por el Sr. Intendente Municipal por el cual se exonera a la Asociación de Pasivos de Independencia de tributos municipales que gravan a la construcción de obras realizadas y a realizarse.

A estudio: Comisión de Hacienda, Presupuesto y Peticiones.

Ref: I.F- Exp. Nº 2002-86-001-18013.- JDF- L1 7, F1 100.

Florida, 10 de noviembre de 2006.

VISTO: La solicitud de exoneración de los derechos de construcción de la Asociación de Pasivos de Independencia:

CONSIDERANDO: 1) Que es aspiración de dicha Institución dar culminación a las obras iniciadas a fines del año 2004 consistentes en un corredor, un baño y demás realizadas, en un local de su propiedad. 2) Que tal obra redundará en beneficio de todos los asociados y vecinos del lugar, siendo tradición de la Comuna la exoneración de derechos de construcción a instituciones sociales sin fines de lucro, como lo señala el Departamento de Arquitectura a fs.4. 3) Que la mencionada Asociación Civil es persona jurídica, y tiene por objeto promover el bienestar integral de las personas de tercera edad y la prolongación de la vida mediante información, capacitación, atención y asistencia necesaria, la promoción de la participación, desarrollar la solidaridad, establecer relaciones de igualdad entre grupos sociales y mejorar la integración económica-social en los ámbitos personal y comunitario. 4) Que el Gobierno Departamental considera conveniente prestar apoyo a emprendimientos de este tipo de asociaciones que no persiguen fines de lucro, habiéndose ya dispuesto por decreto de la Junta Departamental Nº 12/02 la exoneración del impuesto de contribución inmobiliaria urbana respecto del padrón Nº 75 de su propiedad. 5) Que la misma ha ofrecido como contraprestación al beneficio a otorgarse el uso del local cuando la Comuna lo requiera.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 133 y 222 de la Constitución de la República, Decreto N1 22/02 de la J.D.F.

EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:

ELÉVESE a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto:

Art. 1º. EXONÉRASE a la "Asociación de Pasivos de Independencia", de los tributos municipales que gravan la construcción de las obras realizadas y a realizarse en el padrón N1 75 de su propiedad ubicado en Villa Independencia del Departamento de Florida, estableciéndose como contraprestación a favor de la Comuna, el uso del local.

(Fdo) Juan F. Giachetto, Intendente Municipal; Julio C. Matos, Secretario General."                

LA SECRETARÍA