Distribuido Nº 76/06

Florida, 19 de octubre de 2006.
Sr. Edil (a) Departamental.
Presente.
De mi consideración:
                                    Cúmpleme remitir a v/consideración el convenio marco suscrito con el Instituto Nacional de Alimentación, ad referéndum de la aprobación por parte de esta Junta, cuyo objeto es la atención conjunta de la población con riesgo nutricional y social en el departamento:

 A estudio: Comisión de Legislación.

 Ref: I.F Exp.04583/06- JDF L1 7 F1 82.-  Convenio entre la Intendencia Municipal y el Instituto Nacional de Alimentación.

Floida, 11 de octubre de 2006.

VISTO: El convenio marco suscrito con el Instituto Nacional de Alimentación cuyo objeto es el de buscar soluciones conjuntas que permitan implementar acciones efectivas, dirigidas a atender los grupos de población que presenten riesgo alimentario nutricional y social en el Departamento de Florida.

EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:

Elévese a la Junta Departamental de Florida, para su estudio el convenio marco suscrito entre la Intendencia Municipal y el Instituto Nacional de Alimentación.

(Fdo) Mtro. Juan F. Giachetto. Intendente Municipal- Dr. Julio Matos. Secretario General

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTACIÓN

CONVENIO MARCO: En la ciudad de Florida a los diez días del mes de octubre de 2006 POR UNA PARTE, el Director Administrador del INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTACIÓN, representado por el Sr. Uberfil Monzón, con domicilio en la calle Piedras 165 de la ciudad de Montevideo, Y POR OTRA PARTE: la INTENDENCIA MUNICIPAL DE FLORIDA, representada por el Sr. Intendente Municipal, Mtro. Juan Giachetto y el Sr. Secretario General, Julio Matos, con domicilio en Independencia 586, de la ciudad de Florida.

CONVIENEN: PRIMERO: (Objeto) Buscar soluciones conjuntas que permitan implementar acciones efectivas, dirigidas a atender los grupos de población que presentan riesgo alimentario nutricional y social, en el departamento de Florida. Dichas acciones se enmarcarán en las políticas alimentarias nutricionales implementadas por el INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTACIÓN en el contexto de sus programas y en la coordinación, planificación y gestión del GOBIERNO DEPARTAMENTAL en la órbita de sus cometidos y funciones definidos a nivel constitucional, con el apoyo puntual de Organizaciones de Trabajo y Ayuda Social, con personería jurídica, que sean representativos de la sociedad civil local.

Este sistema tripartito contemplará aspectos de salud, educación y cultura, fortaleciendo la gestión y el logro de objetivos a nivel departamental enmarcados en la función que lleva a cargo el departamento de Promoción Social, o en quien el gobierno departamental delegue.

   Esta acción conjunta permitirá una retro- alimentación permanente, tanto de los problemas alimentario nutricionales, como del control y evaluación de los programas implementados. Facilitará en definitiva una interrelación permanente y dinámica, de adecuación de las acciones a las coyunturas particulares logrando así: control oportuno, monitoreo continuo y evaluación correctiva.

SEGUNDO: (Obligaciones de las partes) El INDA se obliga a:

1)Definir los criterios técnicos que permitan alcanzar una prestación óptima desde el punto de vista nutricional e higiénico- sanitario, así como aquellos que permitan la correcta selección y focalización de los usuarios.

2)Capacitar al personal operativo y a los diversos actores involucrados en la gestión del mismo, en las normativas que rigen los diferentes programas.

3) Realizar el seguimiento y supervisión continua tendiente a asegurar el cumplimiento de las normas del Sistema implementado.

4) Controlar el proceso administrativo del Sistema como forma de optimizar los recursos destinados al mismo.

5) Estimular la coordinación y participación entre los actores involucrados públicos y privados en beneficio de la población más vulnerable.

El INDA cuenta en la actualidad con los programas de: Sistema Nacional de Comedores (SNC), Programa Alimentario Nacional (PAN), Programa de Apoyo a Enfermos Crónicos (PAEC), Programa de Asistencia a Instituciones Públicas y Privadas (AIPP),Prestaciones Canasta Pensionista (PCP), Centro de Atención a la Infancia y la Familia (CAIF).

El objetivo del convenio se cumplirá en el marco de dichos programas para lo cual se establecen a continuación las obligaciones que asumirán cada una de las partes respecto a los mismos.

SISTEMA NACIONAL DE COMEDORES (SNC)

Obligaciones del INDA:

El INDA se compromete a asegurar la prestación alimentaria de un almuerzo diario de lunes a viernes, dirigida hacia la población biológica y socialmente más comprometida. Para lo cual deberá:

1) Establecer los criterios técnicos que aseguren la calidad nutricional y brindar el apoyo técnico en la capacitación, monitoreo, control administrativo y evaluación del programa.

2) Fijar los criterios técnicos de focalización de la población.

3) Abastecer con alimentos, artículos de limpieza   y combustible en cantidad y calidad adecuadas que se ajustarán a los criterios nutricionales y sanitarios pautados.

Obligaciones de la Intendencia del Departamento de Florida. La Intendencia del Departamento de Florida se compromete a:

1)Resulta obligatorio que la Intendencia Municipal cuente Licenciados en Trabajo Social, y por intermedio de ellos, mantenga un permanente relevamiento de los usuarios de los diferentes servicios, a efectos que los mismos estén focalizados a la población objetivo del programa.

A los efectos indicados con el fin de la determinación de la población objetivo carenciada, el Servicio Social de la Intendencia firmante, deberá ajustar sus pautas de trabajo a la coordinación que establezca con el Área Servicio Social del INDA, quien proporcionará los criterios y acordará la determinación correspondiente.

2) Proveer la planta física adecuada de acuerdo a criterios técnicos del INDA, para el establecimiento de un servicio de comedor y asegurar el mantenimiento de la misma en condiciones óptimas que permitan alcanzar la calidad de la prestación programada.

3) Disponer del equipamiento (almacenamiento seco y refrigerado, medios de cocción, vajilla, mobiliario, etc) necesario para la producción y servicio de la prestación (almuerzo) de acuerdo a las normas técnicas vigentes del Instituto.

4) Designar el personal necesario estipulado por INDA y con el perfil que el Instituto determine, atendiendo sus retribuciones y designando un Encargado en cada uno de los Servicios convenidos.

PROGRAMA ALIMENTARIO NACIONAL (PAN).

PROGRAMA DE APOYO A ENFERMOS CRÓNICOS. (PAEC)

PRESTACIÓN CANASTA PENSIONISTA.

Obligaciones del INDA El INDA se compromete a:

1) Asegurar la prestación alimentaria a través de un complemento y definir los criterios técnicos que permitan alcanzar una prestación óptima desde el punto de vista nutricional e higiénico - sanitario, así como aquellos que permitan la correcta selección y focalización de los usuarios.

2) Capacitar al personal operativo, así como a los diversos actores involucrados en la gestión y en las normativas técnicas que rigen dichos programas.

3) Realizar el seguimiento y supervisión de los programas para asegurar el cumplimiento de las normas establecidas por el Instituto.

4) Abastecer con alimentos en cantidad y calidad adecuadas que se ajustarán a los criterios nutricionales pautados para cada componente de ese programa.

5) Controlar los procesos administrativos como forma de optimizar los recursos destinados.

Obligaciones de la Intendencia del Departamento de Florida. La Intendencia del Departamento de Florida se compromete a:

1) Realizar estudio y evaluación de las familias desde el punto de vista social de acuerdo a la normativa de cada Programa, contando para ello con Licenciados en Trabajo Social.

2) Proveer la planta física adecuada para el almacenamiento y distribución del complemento alimentario y asegurar el mantenimiento de la misma desde el punto de vista edilicio y sanitario, en condiciones en condiciones óptimas en las etapas correspondientes: recepción, almacenamiento, armado de canastas, distribución y entrega.

3) Disponer de los vehículos necesarios para el transporte de alimentos a los Centros de Distribución de las localidades del interior del departamento, de acuerdo a las normas técnicas vigentes del Instituto.

4) Proveer del recurso humano calificado y tecnológico necesario que se requiere para la   entrega periódica del complemento alimentario, (recepción, armado y distribución de las canastas).

5) Contribuir a la coordinación entre las instituciones involucradas en la gestión del programa, a través de acciones que posibiliten el entendimiento, favoreciendo la fluidez de la misma.

PROGRAMA DE APOYO A INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS (A.I.P.P)

Obligaciones del INDA: El INDA se compromete a:

1) Apoyar a Instituciones Públicas y Privadas sin fines de lucro que prestan asistencia a personas en situación social y biológicamente comprometida: niños, adolescentes, embarazadas, adultos mayores y discapacitados (Decreto Vigente 40/05).

2) Definir los criterios técnicos que permitan la correcta selección y focalización de los usuarios y una prestación óptima desde el punto de vista nutricional e higiénico Sanitaria.

3) Brindar los alimentos necesarios en cantidad y calidad adecuada para el cumplimiento de la asistencia alimentaria, de acuerdo a las características de la población beneficiaría y la modalidad de asistencia.

4)Capacitar al personal operativo del servicio apoyado, así como a los diversos actores involucrados en la gestión, en las normativas técnicas que rigen dicho programa.

5) Realizar el seguimiento y supervisión continua de la Institución objeto de apoyo, para asegurar el cumplimiento de las normas establecidas por el Instituto.

6) Prestar asesoramiento técnico a aquellas instituciones que lo requieren en el área alimentario - nutricional y social.

7) Promover la participación de la comunidad, de las organizaciones locales y de las instituciones públicas y privadas en la búsqueda de acciones conjuntas a través de la formación de una red local y departamental.

Obligaciones de la Intendencia del Departamento de Florida. La Intendencia del Departamento de Florida se compromete a:

1) Proveer de los Licenciados en Trabajo Social para que el estudio de la propuesta institucional así como la evaluación social de la población objetivo, en el marco de la normativa vigente.

2)Disponer de una planta física adecuada para el almacenamiento y distribución de víveres y de los recursos necesarios para el transporte de alimentos a las instituciones, Juntas Locales u otros sitios del departamento de acuerdo a las normas técnicas vigentes del Instituto.

3) Contribuir a la conformación de la mencionada red (Obligaciones de INDA. Punto 7)a través de acciones que posibiliten el entendimiento, favoreciendo la fluidez y coordinación de la gestión y la participación de todos los actores involucrados.

4) Cumplir los requisitos y criterios técnicos, jurídicos, sociales y alimentarios del ingreso al Programa, así como la registración de todos los usuarios.

PROGRAMA CAIF. CENTRO DE ATENCIÓN A LA INFANCIA Y LA FAMILIA

Obligaciones de INDA: El INDA se compromete a:

1) Apoyar a través de un complemento a la población objetivo que asiste a los Centros de Modalidad Integral o Semanal de intervención.

2) Brindar el complemento necesario que permita cumplir con el apoyo establecido, asegurando la calidad y cantidad del mismo.

3) Capacitar al personal operativo de los distintos centros así como a los diversos sectores involucrados en la gestión de los recursos transferidos, de acuerdo a

normativas técnicas vigentes.

4) Realizar el seguimiento y supervisión continua   de los centros de modo de asegurar el cumplimiento de las normas establecidas por INDA en el marco Alimentario Nutricional.

Obligaciones de la Intendencia Municipal de Florida. La Intendencia Municipal del departamento de Florida se compromete a:

1) Proveer la planta física y el personal adecuado para el almacenamiento y distribución   del complemento alimentario asegurando la calidad de la prestación.

2) Realizar la distribución del complemento alimentario, de acuerdo a lineamientos técnicos establecidos por INDA; disponiendo de los recursos necesarios para cumplir con tales fines.

3) Enviar a INDA, en tiempo y forma, la documentación que acredite el cumplimiento de los mecanismos establecidos para asegurar tanto la entrega como la calidad de la misma.

4) Contribuir con INDA, en toda otra tarea que se solicite y que promueva el adecuado funcionamiento del Programa de acuerdo a las normativas técnicas vigentes.

El incumplimiento de lo convenido implicará el cese inmediato de la ayuda alimentaria correspondiente hasta que las partes de común acuerdo logran el ajuste a la normativa.

TERCERO:(Anexos) El Anexo I detalla condiciones operativas,   características y responsabilidades de los funcionarios actuantes, normativas, documentaciones procedimientos funcionales de los programas y el Anexo II establece los acuerdos INDA MTSS (DINACOIN) que facilitará la acción del convenio con cada Intendencia departamental.

CUARTO: (Domicilios y correos) Para todos los efectos judiciales o extrajudiciales a que diere lugar este convenio, las partes fijan como domicilios especiales los indicados como suyos al principio y reconocen el valor del telegrama colacionado ó el correo electrónico para todas las comunicaciones, intimaciones y notificaciones a los efectos que pudiera dar lugar este convenio.

QUINTO: (Vigencia) Este convenio tendrá vigencia a partir de la fecha de su suscripción y por el término de dos años, pudiendo prorrogarse en forma automática por plazo de un año salvo la voluntad expresa de cualesquiera de las partes con una antelación no menor a sesenta días a la fecha de su vencimiento.

SEXTO: Se deja expresa constancia que el presente contrato queda supeditado a su aprobación por parte de la Junta Departamental de Florida.

SÉPTIMO: Y para constancia de la conformidad de las partes con lo establecido en el presente convenio firman al pie este documento, recibiendo copia del mismo en el lugar y fecha indicados. (Fdo) Juan F. Giachetto- Intendente Municipal del Florida Dr. Julio Matos. Secretario General de la Intendencia Mpal. De Florida. Sr. Uberfil Monzón Director de I.N.D.A. 

LA SECRETARÍA