Distribuido Nº 73/06

Florida, 3 de octubre de 2006.
Sr(a) Edil Departamental.
Presente.

De mi consideración:

                                    Para v/conocimiento se elevan proyectos emanados de comisiones asesoras del Organismo, que integrarán el Orden del Día de la sesión de fecha 6 de octubre próximo:

A estudio: Comisión de Legislación:

Ref: Exp. Nº 3562/06-JDF L1 7 F163.- Autorización a la Intendencia Municipal para dar por cumplidas las cláusulas resolutorias establecidas en donación de su terreno, quedando en condiciones la titulación del Centro de Salud Mental Dra. "Nélida Giacoya".

Antecedente:Distribuido 2006-0068

Proyecto de resolución:

Visto: que por Resolución JDF Nº 83/95 de 8 de diciembre de 1995, el Organismo autorizó a la Comuna la donación de un predio1 a la asociación civil Centro de Salud Mental .Nélida Giacoya..-

Considerando: I) que dicha resolución, efectivizada a través de la Resolución de la Intendencia N1 4633/95 de 12 de diciembre de 1995, establecía como condición resolutoria la obligación de la institución donataria de respetar los siguientes plazos a) dos años para el inicio de las obras de su sede y b) cuatro años para la culminación de las mismas y consiguiente habilitación municipal. II) que por el no cumplimiento de cualesquiera de las condiciones establecidas, se establecía que el bien reingresaría al patrimonio municipal, quedando resuelta la donación.

Resultando: I) que según lo informado por la Comuna las obras se realizaron en plazo, no obstante obtenerse la habilitación de las construcciones con posterioridad al establecido. II) que debe valorarse el importante fin de dicho Centro y su inserción en la sociedad, por lo que se estima de justicia dar por cumplido el contrato

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º. Autorízase a la IMF a dar por cumplido el contrato con cada una de las cláusulas y estipulaciones, celebrado con fecha 20 de marzo de 1997 entre la Intendencia MUnicipal y el Centro de Salud Mental "Nélida Giacoya"; conforme a las resoluciones Nros. 83/95 y 4633/95 de la JDF e IMF, respectivamente.

2º. Pase a la Intendencia Municipal.

Conformes: Echeverría (Presidente), Rodríguez (Carlos), Sánchez (Miriam), González (Fabiel), Martínez (Edgardo), Marino, Santiago y Cuello.

Ref: I.F. Exp. N1 2367/06-JDF L17 F159.- Proyecto de decreto declarando de "Interés Departamental" al V Festival de las Tres Orillas que se realizará en diciembre en Villa 25 de Agosto .

Proyecto de decreto.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:

Art. 1º. Declárase de "Interés Departamental" el V Festival de las Tres Orillas a realizarse en Villa 25 de Agosto los días 8, 9 y 10 de diciembre próximos, incluyéndose al evento en la Categoría C del Decreto   Departamental 41/95.-

Art. 2º. Comuníquese.

Votación: Echeverría, Rodríguez, González, Sánchez, Marino, Santiago, Cuello.

Exposición de motivos

           La 5ta edición del presente festival trata de reeditar el éxito del año pasado que contó con la colaboración de las comunas de Montevideo, San José, Canelones y Florida. El mismo, que desde su propuesta y ejecución contó con el apoyo de la Comisión de Área Metropolitana del Organismo, es un referente turístico para el departamento y su entorno.

Ref. I.F. Exp. N1 02373/05-JDF L17 F1 68.- Proyecto de decreto tendiente a declarar de "Interés Departamental" zona comprendida entre Arroyo Isla Mala y Estancia Castillo de 25 de Mayo.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA :

Art. 1º. Declárase de "Interés Departamental" la zona comprendida entre el Arroyo Isla Mala y la Estancia Castillo de 25 de Mayo, incluyéndose en la Categoría .C. del Decreto Departamental Nº 41/95.

Art. 2º. Comuníquese,etc.

Conformes: Echeverría, Sanchez, González, Santiago y Cuello

Exposición de motivos

            La presente declaración, surgida a iniciati9va del Sr. Edil Fabiel González, tiende a proteger un área de singulares carácterísticas de nuestro Departamento. La zona cuenta con una abundante fauna y una flora de singular importancia para la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de la purificación del agua. Asimismo, la Comuna ha realizado gestiones para que la zona sea incluida en el Sistema de áreas protegidas y conformado un grupo de trabajo y actores locales involucrados en el tema.

Ref.IMF. Exp. 03684/06- JDF L1 7 F1 70.- Solicita autorización para erigir un monumento en predio propiedad de AFE en jurisdicción de Estación de Villa 25 de Mayo en homenaje al "Peón de Tambo".

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º. Autorízase a la Intendencia Municipal a erigir un monumento en homenaje al .Peón de tambo., en predio propiedad de AFE frente a la Estación de la localidad de 25 de Mayo y según autorización otorgada por dicho ente a fs) 12 del presente expediente.

2º. Comuníquese,etc

Conformes: Echeverría, Sanchez, González, Santiago y Cuello.

Exposición de motivos

            El denominado "Grupo de reconocimiento al trabajador rural", con sede en la localidad de 25 de Mayo, ha manifestado a la Comuna su aspiración de levantar un monumento recordatorio a los peones de tambo, contando con dicha obra mediante la donación del Dr. Osvaldo Áren. En el predio -propiedad de AFE y en comodato precario la Comuna-, ubicado frente a la estación de 25 de Mayo se instalaría la obra con beneplácito de la Junta Local respectiva.-

Ref.IMF. Exp. 06958/06-JDF L1 7 F1 72.- Declaración de "Interés Departamental" la edición N1 72 del raíd hípico "Batalla de Sarandí" y 3era. prueba de Endurance , organizadas por el Centro Social 12 de Octubre.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:

Art. 1º. Declárase de "Interés Departamental" la 721 Edición del Raíd Hípico "Batalla de Sarandí" y 3era. Prueba de Endurance, a realizarse en octubre y en noviembre respectivamente, organizadas por el Centro Social 12 de Octubre, incuyéndose ambas en la Categoría C del Decreto 41/95.-

Art. 2º. Comuníquese,etc.

Conformes: Echeverría, Sanchez, González, Santiago y Cuello

Exposición de motivos

            La presente declaratoria comprende uno de los raíds con más tradición en el país, mediante loa organización de un prestigioso club de la ciudad de Sarandí Grande. Asimismo, se desarrolla la 3era prueba de endurance en una actividad que gana adeptos en la zona. Se considera que la actividad implica un movimiento turístico, social y cultural de relevancia. 

Ref: I.F. Exp. 06921/06 - JDF. L17 F1 74 - Declaración de "Interés Departamental" de actividad ciclista de Consejo de Categorías Menores del Ciclismo Florida a realizarse el 8 de octubre.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:

Art. 1º. Declárase de "Interés Departamental" la actividad ciclista de menores organizada por CO.DE.CA.M Florida, a realizarse el día 8 de octubre de 2006 en el Prado "Piedra Alta" de nuestra ciudad, incluyéndose en la Categoría C del Decreto Nº 41/95.

Art. 2º. Comuníquese.

Conformes: Echeverría, Sanchez, González,Santiago y Cuello.

Exposición de motivos

     La presente declaratoria comprende una competencia ciclistica, donde participaran niños y jóvenes de 17 Departamentos, debiendo, el Gobierno Departamental, prestar su apoyo a eventos de estas carácteristicas que redundan en el desarrollo del Departamento.                                                

A estudio: Comisión de Hacienda.

Ref.-IMF Exp. 4924/06-JDF L17 F156. - Proyecto de decreto exonerando de contribución inmobiliaria   a complejo habitacional CEVIUR de la ciudad de Florida.

Antecedente: Distribuido 2006-0064

Proyecto de decreto:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:

Art. 1º. Exonérase, "ad referéndum" del Tribunal de Cuentas de la República, del impuesto de contribución inmobiliaria urbana,   al complejo habitacional "CEVIUR" de la ciudad de Florida y hasta la finalización del actual período de gobierno departamental.

Art. 2º. Establécese como contrapartida del beneficio otorgado, y en cumplimiento del Decreto Departamental N1 22/02, el aporte de mano de obra de los integrantes de dicho núcleo habitacional para el cuidado de la futura forestación de la calle Juan Paz López y la realización del cordón cuneta del complejo.

Art. 3º. Pase al Tribunal de Cuentas de la República.

Conformes: Franquini (Presidenta ad-hoc) Dárdano, Varela, Sánchez (Miriam), Cabrera Marcelo) y Muñoz.

Exposición de motivos.

            El complejo habitacional CEVIUR fue exonerado por el Gobierno Departamental (Decreto Departamental N1 9/98) por el término de 10 años contados del pago del impuesto de contribución inmobiliaria, exoneración que caducó en el año 2005. Se entiende pertinente extender dicho beneficio hasta la finalización del actual mandato de gobierno, a find e atender a sectores carenciados de la sociedad.

 LA SECRETARÍA