Distribuido Nº 68/06

Florida, 15 de setiembre de 2006.
Sr(a) Edil Departamental.
Presente.

De mi consideración:

                        Cúmpleme remitir a Ud. proyecto elevado por el Sr. Intendente Municipal tendiente a declarar cumplidas las condiciones impuestas por este Organismo al otorgar un predio al Centro de Salud Nélida Giacoya:

A estudio: Comisión de Legislación.

Ref: Exp. 2006-86-001-03562- Centro Nélida Giacoya

Florida, setiembre 8 de 2006.

VISTO: Estos antecedentes relativos a la donación del padrón 6774 al Centro de Salud Mental Nélida Giacoya;

CONSIDERANDO: 1) Que el contrato se realizó con fecha 20 de marzo de 1997, habiéndose establecido, conforme a la venia otorgada por Resolución de la JDF No. 86/95 y Resolución Municipal No. 4633/95. las siguientes condiciones resolutorias: que las obras se iniciaran dentro de los dos años y culminaran a los cuatro, obteniéndose la habilitación municipal de las construcciones. 2) Que según surge de lo informado por el Departamento de Arquitectura, si bien las obras se realizaron en plazo, la habilitación de las construcciones se obtuvo con posterioridad. 3) Que tal situación evidencia el no cumplimiento de una de las condiciones impuestas a la institución, con la consecuencia jurídica que apareja (resolución de la contratación). 4) Que teniendo presente el importante y loable fin del Centro de Salud Mental Dra. Nélida Giacoya y la invalorable obra que desarrolla en nuestra sociedad, habiendo logrado realizar la construcción que se asienta en el inmueble referido, necesaria para proseguir con sus actividades, este Ejecutivo Departamental estima conveniente y de justicia dar por cumplidas todas y cada una de las condiciones resolutorias establecidas.

ATENTO: A lo expuesto;

EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:

SOLICITASE anuencia a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para tener por cumplidas cada una de las condiciones resolutorias impuestas a la donataria Centro de Salud Mental Dra. Nélida Giacoya, en el contrato celebrado con fecha 20 de marzo de 1997, conforme a las resoluciones Nº 86/95 y 4633/95 de la JDF e IMF, respectivamente.

(Fdo) Juan F. Giachetto. Intendente Municipal–Dr. Julio Matos. Secretario General.

LA SECRETARÍA