Distribuido Nº 56/06

Florida, Agosto 14 de 2006.
Sr.(a) Edil (a) Departamental.
Presente.

               Cumpleme elevar a Ud. proyecto de decreto remitido por la Intendencia Municipal referente a exonerar del pago de los tributos municipales de contribución inmobiliaria urbana al Complejo Habitacional "Florencio Sánchez (SIAV).

A estudio: Comisión de Hacienda.

Ref: I.F. Exp. N1 9494/96 - J.D.F. L17 F145

Florida, Agosto 7 de 2006.

VISTO: Estos antecedentes relativos a la solicitud de la Comisión Directiva del Complejo Habitacional "Florencio Sanchez" (SIAV), de exoneración del pago de los tributos municipales de contribución inmobiliaria urbana hasta la finalización del actual período de gobierno departamental.

CONSIDERANDO: 1)Que por decreto de la Junta Departamental de Florida Nº 18/97, los padrones pertenecientes a dicho Complejo y de acuerdo a la lista de adjudicatarios brindada por la División Notarial del M.V.O.T.M.A., fueron exonerados del pago del citado tributo y por el término de 10 años contados desde la fecha de escrituración. 2)Que dicho plazo se encuentra próximo a expirar, razón por la cual resulta de interés extender dicho término por el actual período de gestión departamental. 3)Que sus integrantes se tratan de personas de muy bajos recursos, resultándoles gravoso inclusive el pago de las 2 U.R. por la adquisición de las viviendas. 4)Que el Gobierno Departamental debe prestar su apoyo a planes como el presente, teniendo presente el derecho constitucional de gozar de vivienda decorosa. 5)Que dicho Complejo funciona desde el año 2003 el Primer Centro del barrio con Comedor (Restaurante Nº 96 de INDA), estimándose que tal actividad constituye una contrapartida a la sociedad por la exoneración impositiva que piden. 6)Que el Departamento de Desarrollo Social de la Comuna considera viable acceder a la petición.

ATENTO: A lo expuesto y a lo previsto por los Arts. 133 y 222 de la Constitución y Decreto Departamental Nº 22/02.

EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:

1)Elévese a la Junta Departamental de Florida, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto: Art. 1. Extiéndase la exoneración prevista por Decreto Departamental Nº 18/997, hasta la finalización del actual período de gob ierno departamental, estableciéndose como contrapartida el funcionamiento en dicho centro del comedro Nº 96 de INDA.

(Fdo) Mtro. Juan F. GIACHETTO Intendente Municipal Dr. Julio C. MATOS Secretario General."

LA SECRETARIA