Distribuido Nº 30/06

Florida, 12 de mayo de 2006.
Sr. (a) Edil (a) Departamental.
PRESENTE.

                     Tengo el agrado de elevar a para vuestro conocimiento, solicitud de la. Intendencia Municipal para aprobar convenio ya suscrito con la Provincia de Gansu de la República China, por exceder el actual período de gobierno.

A estudio: Comisión de Legislación.  

Ref: I.F. Exp. Nº 4559/2006 – J. D. F. Lº 6 Fº 164.

Florida , 8 de mayo de 2006.

VISTO:

             Estos antecedentes relativos a la suscripción de un convenio por nuestra Comuna con la Provincia de Gansu de la República Popular China.

CONSIDERANDO: I) Que como surge informado a fs. 1 en los presentes antecedentes administrativos por la Asesoría Notarial, con fecha 20 de abril de 2006, se suscribió convenio con la Gobernación de Gansu de la República China. II) Que por el mismo se acuerda realizar esfuerzos coordinados, en base de igualdad y beneficio mutuo, para promover los intercambios económicos, comerciales entre las partes, llevando a cabo cooperación en los campos de agricultura, ganadería, ciencia y tecnología, cultura educación y turismo, etc. III) Que el plazo previsto para el presente acuerdo es de cinco años, pudiéndose renovarse por iguales períodos, excediendo por tanto el actual período de gobierno. IV) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente para los intereses de la Comuna la celebración de acuerdos como el presente con el propósito de reforzar el desarrollo de la amistad y cooperación entre los pueblos.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 35 numeral 1ero. De la Ley Nº 9515.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1) Elévese a la Junta Departamental de Florida, para su estudio y consideración el siguiente proyecto:

Solicítase la aprobación a la Junta Departamental de Florida, del convenio celebrado con fecha 20 de abril de 2006 con la Provincia de Gansu de la República Popular China.

(Fdo) Juan F. Giachetto, Intendente Municipal; Julio C. Matos, Secretario General.                                       

ACUERDO DE HERMANDAD ENTRE LA PROVINCIA DE GANSU DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA Y EL DEPARTAMENTO DE FLORIDA DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.

La Provincia de Gansu de la República Popular China y el Departamento de Florida de la República Oriental del Uruguay, en cumplimiento con los principios establecidos en el Comunicado de Relaciones Diplomáticas entre la República Popular China y la República Oriental del Uruguay y con el propósito de reforzar el desarrollo de la amistad y cooperación entre ambas provincias y promover conocimiento entre los pueblos de China y Uruguay, han acordado mediante consultas amistosas a establecer relaciones de hermandad.

Ambas partes están de acuerdo en hacer esfuerzos coordinados, en base de igualdad y beneficio mutuo, para promover los intercambios económicos, comerciales entre las dos provincias y llevar a cabo cooperación en los campos de agricultura, ganadería, ciencia y tecnología, cultura, educación, turismo, etc.

Este acuerdo se firma a los veinte días de abril de dos mil seis, en dos ejemplares, cada uno en los idiomas chino, español e inglés siendo los tres textos igualmente auténticos. Este acuerdo entra en vigor a partir de la fecha de su firma.

Este acuerdo es valido para cinco años y será renovado por igual período si ninguna de las partes manifieste su deseo de anularlo antes de la fecha de expiración.

(Fdo) Por la Provincia de Gansu de la República de China y por el Departamento de Florida de la República Oriental del Uruguay.

LA SECRETARÍA.