RESOLUCIÓN JDF Nº 31/2012

DESCRIPCIÓN: Autorización a la Intendencia de Florida para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble empadronado con el Nº 2970 sito en manzana 154 de la localidad catastral Florida, con destino a integrar Cartera de Tierras.


APROBACIÓN: 20 de agosto de 2012

ACTA 51/2012

EXPEDIENTE:IF. Exp. Nº 02558/10- JDF. Lº 12 Fº.

En sesión de la fecha y por unanimidad de miembros presentes (31 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

VISTO: Estos antecedentes relacionados con el padrón Nº 2970, manzana 154 de la localidad catastral de Florida;

CONSIDERANDO:   1) Que siendo de público conocimiento el estado de abandono del inmueble de referencia, la Administración inició los trámites tendientes a su expropiación;
                          2) Que a través de las inspecciones pertinentes, la Intendencia corroboró el importante grado de deterioro por la antigüedad del edificio y la carencia de mantenimiento, presentando fisuras en sus muros que comprometen su estructura, techos con partes derrumbadas y con faltantes en sectores, entre otros defectos, concluyendo que se trata de un edificio sin moradores y en total estado de abandono.
                              3) Que por la propiedad del inmueble en cuestión se mantienen adeudos por tributos departamentales, totalizando al 4 de mayo de 2011, la suma de $ 782.590.10: deuda notificada al propietario del inmueble (Causerano Ltda. o Canserano Ltda) mediante publicaciones en el Diario Oficial, de acuerdo a lo previsto por el Art. 51º del Código Tributario; al desconocerse su domicilio y encontrase el inmueble sin moradores,
                          4) Contra la resolución antedicha no se interpusieron recursos administrativos, constituyendo título ejecutivo perfecto (arts. 91 y 902 del Código Tributario).
                             5) Existen antecedentes en la Intendencia que datan de más de una década,  que ilustran sobre el abandono del bien.
                     6) Que la situación del inmueble encuadra en la previsión contenida en el art. 68 de la Ley 18.308, por cuanto se ha verificado incumplimiento a los deberes territoriales.
                             7) Que el Gobierno Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración y de los vecinos del lugar, proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 35 numeral 35 de la ley Nº. 9515, Ley Nº 3958, artículo 63 de la Ley 18.308, concordantes y modificativas;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE  FLORIDA
R E S U E L V E:

1º.- Autorizase a la Intendencia de Florida a designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble empadronado con el Nº 2970, sito en la manzana 154 de la localidad Catastral Florida; con destino a integrar su cartera de tierras.

2º.- Pase a la Intendencia a sus efectos.-

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los veinte días del mes de agosto de dos mil doce.-

 

 (Fdo.) Esc. JESÚS BENTANCOR DODERA, Presidente; ALEXIS LISSIO IRIGARAY, Secretario General