Distrituído Nº 19/11

Florida, 22 de marzo de 2011.
Sr. (a). Edil (a). Departamental.
PRESENTE:
De mi mayor consideración.
                   Elevo a v/conocimiento solicitud de la Intendencia Departamental para ceder en comodato a la Cooperativa de Vivienda de Obreros Lanera Piedra alta, franja de terreno.

A estudio. Comisión de Legislación.-

Ref. IMF. Exp. Nº 4076/10 – JDF. Lº 11 Fº 147.-

“Florida, 3 de marzo de 2011

VISTO: La solicitud de la Cooperativa de Viviendas de Obreros de Lanera Alta (CO.VI.O.LPA) de que se le ceda en comodato una franja de terreno perteneciente a la Intendencia y que fuera dado en comodato en al año 1999 al Club Atletico Avenida.

CONSIDERANDO: 1) Que por acta número 4 del año 2010 la Comisión directiva  del Club Atlético Avenida  resolvió por unanimidad que la franja solicitada fuera cedida a esta Cooperativa, ya que no obstaría al normal funcionamiento de las actividades deportivas y sociales del Club.

                        2) Que es imprescindible para CO.VI.O.LPA contar con esa franja de terreno para realizar el acceso a las viviendas por la zona Sureste, cercándolo debidamente para dar seguridad a las mismas.

                          3) Que es de interés del Ejecutivo colaborar con este tipo de emprendimientos optimizando el uso de sus bienes.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 35 numeral 10 de la Ley 9515.

EL INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE:

ELÉVESE a la Junta Departamental de Florida, solicitándose autorización para ceder en comodato a la Cooperativa de Viviendas de Obreros Lanera Alta la franja de terreno  del padrón Nº 7.345 de acuerdo al plano realizado por Agrimensura que luce en anexo de la actuación segunda de este expediente.

2) Comuníquese, etc.

Fdo: Carlos ENCISO CHRISTIANSEN, Intendente, Dra. Macarena RUBIO FERNÁNDEZ, Secretaria General”

LA SECRETARIA