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Distribuido Nº 106/16

Florida, 21 de diciembre de 2016.
Sr. Edil
            Se remite proyecto presentado por el Sr. Intendente tendiente a establecer el sistema de Patente de Rodados para el Ejercicio 2017.

Ref. IF Exp. 04574/16. JDF Lº 16 Fº 244.-

A estudio: Comisión Permanente

“Florida, 21 de diciembre de 2016. VISTO Y CONSIDERANDO I) Que por decreto No. 36/2015 se sancionó por la Junta Departamental de Florida la determinación del tributo de patente de rodados y sus normas de procedimiento, en el marco del SUCIVE.- II) Que con fecha 31 de octubre del año en curso, se dispuso por la Comisión de Seguimiento del Sucive, el acta de aprobación del sistema de patente de rodado para el ejercicio 2017, anexándose asimismo Acta No. 30 de la citada Comisión, de fecha 14 de diciembre de 2016.- III) Que en Sesión Plenaria No. 18 del Congreso de Intendentes realizada con fecha 15 de noviembre de 2016, que se adjunta, se apobó por unanimidad la sugerencia referenciada precedentemente.- EL INTENDENTE DE FLORIDA, RESUELVE: Elévese a la Junta Departamental de Florida, para su aprobación los textos anexos en actuaciones Nos. 1 , referidos al sistema de patente de rodados para el ejercicio 2017.

(Fdo) Carlos Enciso Christiansen- Intendente – Dra. Macarena Rubio Fernández- Secretaria General.

COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL SUCIVE. ACTA № 30 En Montevideo, a los catorce días de diciembre de dos mil dieciséis, reunida la Comisión del artículo 3o de la ley 18860, trata los asuntos que se indican y adopta las resoluciones que se establecen:

REFERENCIA 1 RAFISA propone la aprobación de una norma aditiva a la determinación del tributo de patente de rodado para el ejercicio 2017, que regule e impida que un vehículo de una misma marca y modelo, en condición de cero quilómetro, tribute menos que el empadronado en el ejercicio anterior. RESOLUCIÓN, 1 Agregúese a las normas de determinación del monto de patente para el ejercicio 2017, en el artículo 2 "in fine" del Texto Ordenado del SUCIVE: Los vehículos cero kilómetro que empadronen en 2017, no tributarán menos que lo que corresponda tributar al de esa misma marca y modelo empadronado como cero kilómetro en 2016. Los vehículos cero kilómetro empadronados en 2016. no tributarán menos que lo que corresponda tributar al de esa misma marca v modelo empadronado como cerokkilometro en 2015.

REFERENCIA 2 RAFISA propone el ajuste del Texto Ordenado del SUCIVE a las disposiciones aprobadas por la Comisión del artículo 4D de la ley 18860, y por el Congreso de Intendentes en su sesión plenaria de fecha 15 de noviembre de 2016.

RESOLUCIÓN. Convalidar el siguiente compendio normativo regulatorio del tributo 2017 de patente de rodado, para ser incorporado al Texto Ordenado del SUCIVE, con la redacción que se establece:

CAPITULO I DETERMINACIÓN DEL MONTO DE PATENTE

ARTICUL0 1 Alcance de la norma

La determinación de! tributo de patente de rodado, para el ejercicio 2017, se regirá de acuerdo a las siguientes bases tributarias, debidamente aprobadas por cada GGDD de acuerdo a! artículo 297 de la Constitución de !a República.

ARTICULO 2 Determinación del tributo

Son aplicables al tributo de patente de rodado del ejercicio 2017, en el marco de los acuerdos interinstitucionales que prevé el articulo 262 de la Constitución de la República en el ámbito del Congreso de Intendentes, las siguientes disposiciones y criterios fiscales:

2.1 Categoría A

Autos, camionetas, incluidos los vehículos de alquiler sin o con chofer, ambulancias, casas rodantes con propulsión propia, carrozas fúnebres, furgones, ómnibus y micros.

CERO KILÓMETRO EMPADRONADOS EN 2017

Criterio Fiscal: - 5% del valor de mercado sin IVA , no pudiendoser menor al monto de patente que le corresponda abonar a los vehículos de su misma marca y modelo empadronados cero kilómetro en el 2016 , en cuyo caso la patente 2017 queda fijada en dicho monto. Para el caso de los vehículos de alquiler con o sin chofer, sobre el monto   resultante   se aplicará una rebaja de 32%.

EMPADRONADOS AL 31/12/2016 Y USADOS EMPADRONADOS EN 2017

Comprendidos en la unificación de patente 2012 - empadronados cero kilómetro en 2012 , 2013, 2014, 2015 o 2016 y los modelos 2012/2016 empadronados usados en 2012, 2013, 2014, 2015 o 2016.-

Criterio Fiscal: 4,5% del valor de mercado vigente al 30 de junio de 2016.

El importe resultante en el caso de los vehículos empadronados cero kilómetro en el 2016 no podrá ser menor al monto de patente que le corresponda abonar a los vehículos de su misma marca y modelo empadronados cero kilómetro en el 2015 , en cuyo caso la patente 2017 queda fijada en dicho monto.

Comprendidos en la unificación de patente 2013 - empadronados 0k en 2013. 2014 . 2015 o 2016

Criterio Fiscal: 4,5% del valor de mercado vigente al 30 de junio de 2016. El importe resultante en el caso de los vehículos empadronados cero kilómetro en el 2016 no podrá ser menor al monto de patente que le corresponda abonar a los vehículos de su misma marca y modelo empadronados cero kilómetro en el 2015 , en cuyo caso !a patente 2017 queda fijada en dicho monto.

Para el caso de los vehículos de alquiler con o sin chofer, al anterior monto se aplicará una rebaja de 32%.

Comprendidos, en.el entorno 2008/2011 de la resolución № 28/2011 y empadronados al 31/12/2011 , o modelos 2008/2011 empadronados usados en 2012 , 2013, 2014, 2015 o 2016 Criterio Fiscal: 4,5% del valor de mercado vigente al 30 de junio de 2016.

Comprendidos en las unificaciones tributarias, 2012 y 2013 y, empadronados at 31/12/2011 modelos, anteriores al 2008 o los mismos empadronados usados en 2012, 2013, 2014, 2015, 2016 o 2017

Criterio Fiscal: Tributarán lo mismo que le correspondió en 2016, incrementado en la variación del iPC de setiembre de 2015 a setiembre de 2016.

La aplicación de dicho criterio en el caso de los vehículos de 1976 a 1991 arroja los siguientes montos fijos:

De 1976 a 1980          $ 1.600

De 1981 a 1985          $ 2.400

De 1986 a 1991          $ 4.800

SERVICIOS PÚBLICOS

Taxis. Remises. Escolares, Ómnibus, Micros y Furgones

Criterio Fiscal: Tributarán lo mismo que le correspondió en 2016 , incrementado en la variación del IPC de setiembre de 2015 a setiembrede2016. De acuerdo a dicho criterio ios montos de patente 2017 se determinarán actualizando los originales montos de patente 2013 , por los factores que para los destinos y en su caso departamento se indican a continuación:

Taxis

Empadronados en los departamentos de Canelones, Maldonado y Montevideo.

Monto que surge de actualizar el Importe de $ 6.000 (patente 2013) por el factor 1,397662287.

Empadronados en otros departamentos.

Monto que surge de actualizar el Importe de $ 3.000 {patente 2013) por el factor 1,397662287.

Remises

Monto que surge de actualizar el importe de $ 6.000 {patente 2013) por el factor 1,397662287         Escolares

Monto que surge de actualizar el importe de $ 7.000 (patente 2013) por el factor 1.397662287.

Ómnibus, Micros y Furgones destinados a lineas interdepartamentales, departamentales, urbanas, suburbanas y locales, y al turismo

Monto que surge de actualizar el importe de $ 5,000 (patente2013) por el factor 1,397662287

2.2 Categoría B

Camiones

CERO KILÓMETRO EMPADRONADOS EN 2017

Criterio Fiscal: 2,5% sobre valor de mercado sin IVA y sobre el monto resultante se aplicará una rebaja de 32%, no pudiendo ser menor a! monto de patente que le corresponda abonar a los vehículos de su misma marca y modelo empadronados cero kilómetro en el 2016 , en cuyo caso la patente 2017 queda fijada en dicho monto.

EMPADRONADOS AL 31/12/2016 Y USADOS EMPADRONADOS EN 2017

Comprendidos en la unificación de patentes 2013 empadronados cero kilómetro en 2013, 2014, 2015 O 2016 y los modelos 2013/2016 empadronados usados en 2013, 2014, 2015, 2016 o 2017.

Criterio Fiscal: 2,25% del valor de mercado vigente al 30 de junio de 2016 y sobre el monto resultante se aplicará una rebaja del 32%. El importe resultante en el caso de los vehículos empadronados cero kilómetro en el 2016 no podrá ser menor al monto de patente que le corresponda abonar a los vehículos de su misma marca y modelo empadronados cero kilómetro en el 2015 , en cuyo caso la patente 2017

queda fijada en dicho monto.

No comprendidos en la unificación de patentes 2013: empadronados al 31/12/2012 v modelos anteriores al 2013 empadronados usados en 2013,2014, 2015 , 2016 o 2017

Criterio Fiscal; Tributarán lo mismo que le correspondió en 2016 , incrementado en la variación del IPC de setiembre de 2015 a setiembre da 2016.

De acuerdo a dicho criterio el monto de patente 2017 , se dedeterminará actualizando el monto que en el ano 2012 le correspondió abanar en el departamento que se encontraba empadronado al 31 de diciembre del 2012, o en el que se empadronó como usado en el 2013, 2014,2015. 2016 o 2017, por el factor 1,523897735.

2.3 Categoría C

Motos, ciclomotores, mótemelas, triciclos, cuadricictos, etc.

CERO KILÓMETRO EMPADRONADOS EN 2017

Criterio Fiscal: se mantene criterio tributario aplicado.

EMPADRONADOS 0 KM DEL 01/01/13 AL 31/12/16 Y USADOS DE DICHOS AÑOS EMPADRONADOS DEL 2014 AL 2017.

Criterio Fiscal- Tributarán lo mismo que le correspondió en 2016 , incrementado en la variación del IPC de setiembre de 2015 a setiembre de 2016. De acuerdo a dicho criterio los montos de patente 2017 , se determinarán actualizando los montos originales de patente para cada uno de dichos años , por los factores que se indican a continuación:

Empadronados 0 km en el 2013 o usados 2013 empadronados del 2014 al 2017. Monto que le correspondió abonar en el 2013 en el departamento que se empadronó, actualizado por el factor 1,397662287

Empadronados 0 km en el 2014 o usados 2014 empadronados del 2015 al 2017. Monto que le correspondió abonar en el 2014 en el departamento que se empadronó, actualizado por el factor 1,288009498

Empadronados 0 km en el 2015 o usados 2015 empadronados del 2016 al 2017 .

Monto que le correspondió abonar en el 2015 en el departamento que se empadrono, actualizado por el factor 1,192058115

Empadronados 0k en e1 2016 o usados 2016 empadronados en el 2017.

Monto que le correspondió abonar en el 2016 en el departamento que se empadrono, actualizado por el factor 1,089046599.

EMPADRONADOS AL 31/12/2012 Y MODELOS ANTERIORES AL 2013 EMPADRONADOS USADOS EN 2013, 2014,2015,2016 O 2017

Criterio Fiscal: Tributarán lo mismo que le correspondió en 2016 , incrementado en la variación del IPC de setiembre de 2015 a setiembre de 2016. De acuerdo a dicha criterio el monto de patente 2017 , se determinará actualizando el monto que en el año 2012 le correspondió abonar en el departamento que se encontraba empadronada al 31 de diciembre del 2012, o en el que se empadronó como usado en el 2013. 2014, 2015, 2016 O 2017, por el factor 1,523897735.

2.4 Categoría E

2.4.1 Zorras y Remolques

CERO KILÓMETRO EMPADRONADOS EN 2017

Criterio Fiscal: 2,5% sobre valor de mercado sin IVA, determinado según capacidad de carga por entornos y sobre el monto resultante se aplicará una rebaja de 32% , no pudiendo ser menor al monto de patente que le corresponda abonar a tos vehículos de su misma capacidad rs de carga empadronados cero kilómetro en el 2016 , en cuyo caso la patente 2017 queda fijada en dicrio monto.

Exonerados carga menor o Igual a 250 kilogramos

EMPADRONADOS AL 31/12/2015 Y USADOS EMPADRONADOS EN 2017

Comprendidos en la unificación 2013 empadronados cero kilómetro en 2013 . 2014. 2015 . o 2016 y los modelos 2013/2016 empadronados usados en 2013. 2014. 2015 . 2016 o 2017.

Criterio Fiscal: 2.25% sobre valor de mercado vigente al 30 de junio de 2016, determinado según capacidad de carga por entornos y sobre el monto resultante se aplicará una rebaja del 32%.

Exonerados carga menor o igual a 250 kilogramos.

No comprendidos en la unificación de patentes 2013, empadronados al 31/12/12 y modelos anteriores al 2013 empadronados usados en 2013. 2014. 2015.2016 o 2017

Criterio Fiscal: Tributaran lo mismo que le correspondió en 2016 , incrementado en la variación del IPC de setiembre de 2015 a setiembre de 2016.

De acuerdo a dicho criterio el monto de patente 2017 , se determinará actualizando el monto que en el año 2012 le correspondió abonar en el departamento que se encontraba empadronado al 31 de diciembre del 2012, o en el que se empadronó como usado en el 2013, 2014, 2015, 2016 o 2017, por el factor 1,523897735.

Exonerados: con carga menor o igual a 250 kilogramos.

2.4.2    Casas rodantes sin propulsión propia

Criterio Fiscal: Tributarán lo mismo que le correspondió en 201 б , incrementado en la variación del iPC de setiembre de 2015 a setiembre de 2016.

De acuerdo a dicho criterio el monto de patente 2017, se determinará actualizando el original monto de patente 2013 de $ 1.000, por el factor 1,397662287.

2.4.3    Industrial-Agrícola

CERO KILÓMETROS EMPADRONADOS EN 2017

Criterio Fiscal: se mantiene criterio tributario aplicado.

EMPADRONADOS 0 KM DEL 01/01/13 AL 31/12/16 Y USADOS DE DICHOS AÑOS EMPADRONADOS DEL 2014 AL 2017

Criterio Fiscal: Tributarán lo mismo que le correspondió en 2016 , incrementado en la variación del IPC de setiembre de 2015 a setiembre de 2016. De acuerdo a dicho criterio los montos de patente 2017 , se determinarán actualizando los montos originales de patente para cada uno de dichos años , por los factores que se indican a continuación:

Empadronados 0 km en el 2013 o usados 2013 empadronados del 2014 al 2017.

Monto que le correspondió abonar en el 2013 en e! departamento que se empadronó, actualizado por el factor 1,397662287..

Empadronado 0 Km en el 2014 o usados 2014 empadronados del 2015 al 2017.

Monto que le correspondjó abonar en el 2014 en el departamento que se empadronó, actualizado por el factor 1,288009498.

Empadronados 0 km en el 2015 o usados 2015 empadronados del 2016 al 2017. Monto que le correspondió abonar en el 2015 en el departamento que se empadronó, actualizado por el factor 1,192058115.

Empadronados 0 km en el 2016 o usados 2016 empadronados en el 2017.

Criterio Fiscal: monto que le correspondió abonar en el 2016 en el departamento que se empadronó, actualizado por el factor 1,089046599.

EMPADRONADOS AL 31/12/2012 Y MODELOS ANTERIORES AL 2013 EMPADRONADOS USADOS EN 2013, 2014, 2015, 2016 O 2017

Criterio Fiscal: Tributarán lo mismo que le correspondió en 2016 , incrementado en la variación del IPC de setiembre de 2015 a setiembre de 2016. De acuerdo a dicho criterio el monto de patente 2017 , se determinará actualizando el monto que en el año 2012 le correspondió abonar en el departamento que se encontraba empadronado al 31 de diciembre del 2012, o en el que se empadronó como usado en eí 2013, 2014, 2015, 2016 o 2017, por el factor 1,523897735.

ARTICULO 5- Valor de mercado

Se entiende por valor de mercado al promedio de los valares de comercialización que surjan de estudios -tanto públicos como privados- para cada año, modelo y marca de cada vehículo. Salvo para los vehículos empadronados cero kilómetro en el 2017, los valores de mercado aplicables para la determinación del monto de patente 2017, son los vigentes al 30 de junio de 2016. Asimismo en ei caso de los vehículos empadronados 0 km en el 2016, se tomará el valor de dicha tabla sin IVA y para los que no exista su marca y modelo en las tablas de valores vigentes al 30 de junio de 2016, se tomará el valor (sin iva ) a partir del cual se determinó la patente del ejercicio 2016.

ARTICULO 6 -Tipo de cambio

Los valores de mercado son en dólares americanos. A los efectos del cálculo del valor de la patente de rodados del ejercicio 2017, se considera la cotización de! dólar interbancario comprador al 30 de junio de 2016 .

ARTICULO 12 Primer empadronamiento de una marca

Para los modelos que se comercialicen al 2 de enero de cada año el valor de mercado es el vigente a esa fecha y para los modelos que se comiencen a comercializar en el correr del año, será el del primer vehículo de la marca y modelo que se empadrone en el año. Para los cero kilómetro empadronados en 2017 el monto resultante no podrá ser menor al monto de patente que le corresponda abonar a los vehículos de su misma marca y modelo empadronados cero kilómetroen el 2016, en cuyo caso aplicará este último.

REFERENCIA 4 RAFISA presenta informes los informes operativos adjuntos para la emisión 2017 del tributo de patente de rodados, de acuerdo a la resolución del Plenario del Congreso de Intendentes de 15 de noviembre ppdo., con base en el dictamen de la Comisión del artículo 4o de la ley 18860.

RESOLUCiÓN 4 Aprobar los informes operativos para la emisión del tributo de patente de rodados 2017, adjuntos. Se instruye a RAFISA su cumplimiento inmediato.        „

(Fdo) JOSE LUIS FALERO, DANIEL SUREDA, ANDREA MOREIRA, ALVARO LUCIAN, CESAR GARCIA”


INFORME OPERATIVO N º 1 2017- VALORES VARIABLES

ÍNDICE IPC

Noviembre/11            107,84

Noviembre/12            117,58variación anual: 9,03%

Noviembre?13            127,55variación anual: 8,51%

Noviembre/14            137,86variación anual: 8,05%

Setiembre/15             149,36

Noviembre/15            150,90variación anual: 9,46%

Setiembre/16             162,66variación anual: 8,90%

Noviembre/16            163,12variación anual: 8,10%

COTIZACIÓN DÓLAR AL

30 de noviembre 2011            S 19,864 por dólar

30 de noviembre 2012            $ 19,653 por dólar      variación anual   -1,06%

30 de noviembre 2013            $ 21,188 por dólar      variación anual     7,81%

30 de noviembre 2014            $ 23,726 por dólar      variación anual   11,98%

30 de noviembre 2015            $ 29,648 por dólar      variación anual   24,96%

30 de junio 2016                     $ 30,617 por dólar

Fuente: bcu.gub.uy

TASA MEDIAS PARA EMPRESAS PARA, PRESTAMOS MONEDA NACIONAL

GRANDES Y MEDIANAS          16,45

PEQUEÑAS                            23.58

MICRO EMPRESAS VENTAS

<500.000 Ul                            30,39

MICRO EMPRESAS VENTAS

>500.000UI                             25,67

Fuentes:Información obtenida de la publicación realizada por e! Banco Central del Uruguay

en la página 62 de la Sección Avisos del Diario Oficial del 28/11/2016.

San José, 7 de diciembre de 2016

Cr. Linder A. Reyes

INFORME OPERATIVO Nº 2 2017

GENERACIÓN DE PATENTES Y PARÁMETROS 2017 TASA RECARGOS POR MORA

1- Promedio de las tasas medias para empresas en moneda nacional y por plazos de hasta 366 días incrementado en un 30% :

Grandes y Medianas                                      16,45

Pequeñas                                                        23,58

Micro-Empresasventas <500.000 Ul               30,39

Micro Empresasventas >=500.000 Ul25.67

Suma                                                              96,09

96,08/4= 24,0225

24,0225x1,3 = 31,22925 Esta tasa es la anual.

2 Tasa mensual equivalente redondeada a un dígito después de la coma:

1,3122925 " (1/12) = 1,02290638

O sea que la mencionada tasa mensual es de 2,3%. En 2016 esta tasa fue 2%.

3-   Tasa diaria equivalente que se aplicará con capitalización diaria en función de los días efectivos de atraso:

1,023a (1/30) = 1,00075827

O sea que la mencionada tasa diaria es de: 0,075827%. En 2016 esta tasa fue 0,0660305%.

VIGENCIA

La mencionada tasa de 0,075827%   diaria, 2,3% mensua! es de aplicación desde el 1o de enero de 2017.

NORMA

Art. 25 del Texto Ordenado Ejercicio 2016 que dice: "El recargo mensual, que será capitalizante diariamente, se calculará día por día y será et que resulte de incrementar en un 30% el promedio de las tasas medias para empresas, para préstamos en moneda nacional, no reajustables y por plazos de hasta 366 días, de la última publicación del Banco Central realizada al 30 de noviembre del año anterior. La tasa mensual resultante se redondeará a un dígito después de la coma y a partir de ésta se determinará la tasa diaria equivalente.

El mencionado recargo será de actualización anual, previéndose su actualización anticipada para el caso de que la inflación acumulada, desde su vigencia supere el 20%, en cuyo caso se considerará la última publicación de tasas medias realizada al cierre del mes anterior a que esto ocurra y regirá desde el mes subsiguiente. ORIGEN: SESIÓN 41 DEL 30.11.12 - Art. 2. Nral. 2

Dicho recargo se aplicará al tributo y sus cobros conexos y la tasa diaria se aplicará en función de los días efectivos de atraso. ORIGEN: SESIÓN 41 DEL 30.11.12- Definiciones 1 Nral. 3"

San José,7 dediciembre de 2016. Cr. Linder A. Reyes

INFORME OPERATIVO Nº 3-2017

GENERACIÓN DE PATENTES Y PARÁMETROS 2917 TASA FINANCIACIÓN CONVENIOS

1-     Promedio de las tasas medias para empresas en moneda nacional y por plazos de hasta 366 días incrementado en un 10% :

Grandes y Medianas                                      16,45

Pequeñas                                                     23,58

Micro-Empresas ventas <500.000 Ul  30,39

Micro-Empresas ventas >=500.000 Ul             25,67  

Suma                                                         96,09

96,09/4= 24,0225

24,0225x1,1 =26,42475 Esta tasa es la anual.

2- Tasa mensua! equivalente redondeada a un dígito después de la coma: 1.2642475 ^(1/12) = 1,019731907

O sea que la mencionada tasa mensual es de: 2% En 2016 esta tasa fue 1,7%

3-     Tasa diaria equivalente 0,0660305% En 2016 esta tasa fue 0,0562062%

VIGENCIA

La mencionada tasa de 2% mensual, 0,0660305 % diaria, es de aplicación desde el 1º de enero de 2017.

NORMA Art. 20 deL Texto Ordenado Ejercicio 2016 que dice: "Los importes por los cuales se otorguen facilidades o prórrogas devengarán únicamente el interés sobre saldos que resulte de incrementar en un 10% el promedio de las tasas medias para empresas, para préstamos en moneda nacional, no reajustables y por plazos de hasta 366 días, de la última publicación del Banco Central realizada al 30 de noviembre del año anterior. La tasa mensual equivalente resultante se redondeará a un dígito después de la coma y a partir de ésta se determinará la tasa diaria equivalente. ORIGEN: SESEON 41 DEL 30.11.12 - Art 2 Nral. 5" San José, 7 de diciembre de 2016 Cr. LinderA. Reyes

INFORME OPERATIVO Nº 4 2017

GENERACIÓN DE PATENTES Y PARÁMETROS 2017 COEFICIENTES DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES DE PATENTES

Cálculo 1

(150,90/107,84) x (162,66/149,36)= 1,523897735

   1,399295252 x 1,089046599

Aplicación El coeficiente de 1,523397735 es de aplicación en los casos que la patente 2017 se determina por actualización de la patente 2012 o sea todo lo no unificado hasta modelo 2012, en donde la patente 2012 es la pasada por cada GD.

Normas.Art. 2 del Texto Ordenado Ejercicio 2017 que en 2.2 Categoría B - Camiones y en 2.4.1   Zorras y Remolques que dice:

"No comprendidos en la unificación de patentes 2013 : empadronados ai 31/12/2012 y modelos !,s, anteriores al 2013 empadronados usados en 2013, 2014, 2015,2016 o 2017 : 4 Criterio Fiscal: Tributarán lo mismo que le correspondió en 2016, incrementado en la variación del IPC de setiembre de 2015 a setiembre de 2016.

De acuerdo a dicho criterio el monto de patente 2017, se determinará actualizando el monto que en el año 2012 le correspondió abonaren el departamento que se encontraba empadronado al 31 de diciembre del 2012, o en el que se empadronó como usado en el 2013, \ 2014, 2015, 2016 o 2017, por el factor 1,523897735."

y que en 2.3 Categoría C - Motos, ciclomotores, motonetas, triciclos, cuadriciclos, etc. y en 2.4.3 Industria! - Agrícola que dice:

"Empadronados al 31/12/20l2y modelos anteriores al 2013 empadronados usados en 2013 , 2014 , 2015 , 2016 0 +2017

Criterio Fiscal: Tributarán lo mismo que le correspondió en 2016 , incrementado en la variación del IPC de setiembre de 2015 a setiembre de 2016.

De acuerdo a dicho criterio el monto de patente 2017 , se determinará actualizando el monto que en el año 2012 le correspondió abonar en el departamento que se encontraba empadronado al 31 de diciembre del 2012, o en el que se empadronó como usado en el 2013, 2014,2015, 2016 o 2017, por el factor 1,523897735."

Cálculo 2

(150,90/ 117,58) x (182,66/149.36) = 1,397662287 1,283381527 x 1,089046599

Aplicación

El coeficiente de 1,397662287 es de aplicación en los casos de los 0 Kmtros empadronados en el 2013 o usados 2013 empadronados del 2014 al 2017 , en los que la patente 2017 se determina por actualización de la patente 2013.

Normas

Art. 2 del Texto Ordenado Ejercicio 2017 que en 2.3 Categoría C - Motos , ciclomotores, motonetas, triciclos, cuadrictclos, etc y eh Categoría E 2.4.3 Industrial - Agrícola que dice: "Empadronados 0 km en el 2013 o usados 2013 empadronados del 2014 al 2017: Monto que le correspondió abonar en el 2013 en el departamento que se empadronó, actualizado por el factor 1,397662287."

Cálculo 3

(150,90/ 127.59) x (162,66/149,36) = 1,288009498 1,182694569x 1,089046599

Aplicación

El coeficiente de 1,288009498 es de aplicación en los casos de Eos 0 Kmtros empadronados en el 2014 o usados 2014 empadronados del 2015 al 2017 , en los que la patente 2017 se determina por actualización de la patente 2014.

Normas

Art 2 del Texto Ordenado Ejercicio 2016 que en 2.3 Categoría C - Motos , ciclomotores, motonetas, triciclos, cuadrieiclas, etc y en Categoría E 2.4.3 Industriaí - Agrícola que dice: "Empadronados 0 km en el 2014 o usados 2014 empadronados del 2015 al 2017: Monto que le correspondió abonar en el 2014 en el departamento que se empadronó, actualizado por el factor 1,288009498."

Cálculo 4

(150,90/ 137,86)X (162,66/149,36) = 1,192058115 1,094588713 x 1,089046599

Aplicación

El coeficiente de 1,192058115 es de aplicación en los casos de los 0 Kmtros empadronados en ei 2015 o usados 2015 empadronados del 2018 al 2017 , en los que la patente 2017 se determina por actualización de la patente 2015.

Normas

Art. 2 del Texto Ordenado Ejercicio 2017 que en 2,3 Categoría C - Motos , ciclomotores, motonetas, triciclos, cuadrtciclos, etc y en Categoría E 2.4.3 Industrial-Agrícola que dice: "Empadronados 0 km en el 2015 o usados 2015 empadronados del 2016 al 2017:

Monto que le correspondió abonar en el 2015 en el departamento que se empadronó,

Actualizado por el factor 1,192056115."

Cálculo 5

162,66/149,36 = 1,089046599 Aplicación

El coeficiente de 1,086046599 es de aplicación en los casos de ios 0 Kmtros empadronados en el 2016 o usados 2015 empadronados en el 2017, en los que ia patente 2017 se determina por actualización de la patente 2016.

Normas

Art. 2 del Texto Ordenado Ejercicio 2017 que en 2.3 Categoría C — Motas , ciclomotores, motonetas, triciclos, cuadriciclos, etc y en Categoría E 2.4.3 Industrial - Agrícola que dice: "Empadronados 0 km en el 2016 o usados 2016 empadronados en el 2017:

Monto que le correspondió abonar en el 2016 en el departamento que se empadronó, actualizado por el factor 1,089046599."

De aplicación general

Asimismo este coeficiente de 1,089046599 es aplicado por el Sistema para el cálculo de la patente 2017 de todo lo no unificado, cuando el monto de la patente 2016 haya sido calculada siguiendo los previsto en las normas de 2013 ,2014, 2015 y 2016.

San José, 7 de diciembre de 2016 Cr. Linder A Reyes

INFORME OPERATIVO Nº 5 2017

GENERACIÓN DE PATENTES Y PARÁMETROS 2017 EFECTO DÓLAR - VARIACIÓN VALOR DE MERCADO VS IPC

La variación del dólar de $ 29,648 del 30 de noviembre de 2015 al que se tomo de $ 30,617 del 30 de junio de 2016, arroja una actualización del 3,2683486 %.

La variación del valor de mercado al 30 de julio/16 que se tomó respecto al valor de mercado utilizado para determinaría patente 2018, délos vehículos del entorno 2012-2015 ingresados al 07/11/16 se sitúa en ei (6,73)%.

La variación del IPC que se tomó de setiembre/15 a setiembre/16 arroja una actualización del %   8,9046599%.

La actualización por IPC aplica y por tanto tiene efecto directo en la determinación de los montos de patente no unificada, en ia de monto fijo y en la unificada hasta 2007. El dólar y la variación del valor de mercado aplica y por tanto tiene efecto directo en la determinación de los montos de patente unificada desde 2012.

Mientras que para los unificados del entorno 2008 - 2011, si bien para el cálculo de la patente 2017 aplican las variables dólar y valor de mercado, debe tenerse en cuenta que el monto de patente del 2016 se determinó mediante otro procedimiento.

San José, 7 de diciembre de 2016 Cr. Linder Reyes

INFORME OPERATIVO Nº 6 2017

GENERACIÓN DE PATENTES Y PARÁMETROS 2017 VALORES FIJOS 2017

VARIACIÓN IPC NOV/15 a NOV/16 163,12/150,90 = 1,080980782

VARIACIÓN IPC NOV/14 a NOV/16 163,12/137,86 = 1,183229363

VARIACIÓN IPC NOV/13 a NOV/16 163,12/127,59 = 1,2784701 .  

VARIACIÓN IPCNOV/12 a NOV/16 163,12/117,58 = 1,387310767  

VARIACIÓN IPC NOV/11 a NOV/16 163,12/107,84 = 1,512611276

VARIACIÓN IPC SET/15 a SET/16   162,66/149,35 = 1,069046599

SERVICIOS PÚBLICOS

Calculado a partir de los valores originales de 2013.

Cálculo factor: 1,283381527x1,089046599 = 1,397662287

TAXIS: Canelones, Maldonado, Montevideo

6.000x 1,397662287= TAXIS:

Resto de departamentos

3.000x1,397662287=

REMISES:                  

6.000x1,397662287 =

ESCOLARES:

7.000x1.397662287 =

OMNIBUS Y SIMILARES

5.000 x 1,397662287 =

CASAS RODANTES:            

1.000 X 1,397682287 –

AUTOS Y CAMIONETAS 1976- 1991 Calculados a partir de los valores originales de 2012. ENTORNO 1976-1980

1.000 x 1,399295252 x 5,05 x 1,089046599 = M

ENTORNO 1981 -1985                     

1.500 x 1,399295252 x1,05 x 1.089046599

ENTORNO 1986 - 1991 y mínimo de entornos siguientes 3.000 x 1,399295252 X 1,05 x 1,089046599 = TASAS

Calculado a partir de los valores originales de 2013

CHAPA MATRICULA

Vehículos en general (1 chapa)

650 x 1,387310767 =

VEHÍCULOS EN GENERAL

Juego de chapa         

1.300X 1,387310767 =

MOTO

Una chapa

800 x 1,387310767 =

LIBRETA DE PROPIEDAD Y CIRCULACIÓN

700X1,387310767 =

DOCUMENTOS

500 x 1,387310767 =

SanJosé, 7 dediciembrede2016 Cr. Linder Reyes

INFORME OPERATIVO Nº 7 2017

GENERACIÓN DE PATENTES Y PARÁMETROS 2017 FECHAS DE VENCIMIENTOS

Las cuotas de patentes que serán seis tendrán los siguientes vencimientos:

1ra. Cuota : 20 de enero de 2017

2da.Cuota: 20 demarzo de 2017

3ra.Cuota: 22 de mayo de 2017      

4ta. Cuota: 20 de julio de 2017

5ta. Cuota : 20 de setiembre de 2017

6ta. Cuota : 20 de noviembreds 2017

NORMA

Art. 17 del Texto Ordenado 2016 que dice: "E! pago del tributo de patente de rodados de todas las categorías de vehículos se realizara en seis (6) cuotas los meses impares"

San José, 7 de diciembre de 2017. Cr. Linder A. Reyes

LA SECRETARÍA

Nota: Los otros dos documentos del Congreso Nacional de Intendentes a que hace referencia la resolución el Sr. Intendente pueden consultarse en la web del Organismo en “Trámites”.

           El presente material no estará en la Carpeta de Trabajo de los señores ediles en las sesiones del viernes, por lo cual -de ser de interés- se solicita asistir con él.-