Distribuido Nº 100/16

Florida, 2 de diciembre de 2016.
Sr(a) Edil Departamental
PRESENTE.
                Para su conocimiento se transcribe proyecto presentado por la Sra. Edil Silvana Goñi tendiente a modificar la actual normativa que regula los homenajes en el Organismo.

Ref. JDF Lº 16 Fº 229.-

A estudio: Comisión de Legislación.

“ Homenajes- Proyecto modifica la Resolución JDF № 40/2012 de fecha 5 de Octubre de 2012, modificando el marco de regulación en los homenajes que el organismo efectúe.

VISTO: Que actualmente el marco normativo de los homenajes que el Organismo efectúe, se encuentra regulado en la Resolución JDF N° 40/2012 de fecha 5/10/2012

CONSIDERANDO: Que se entiende conveniente modificar el mecanismo para la realización de homenajes por el organismo, el cual se ha desvirtuado en los hechos, por lo cual se debería propender a jerarquizar la importancia del mismo y dotar de mayor relieve a aquellos homenajes que el cuerpo realice.

ATENTO: a lo expuesto.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Resolución JDF № 40/2012 de fecha 5 de Octubre de 2012, el cual quedará redactado de la siguiente manera: La Junta Departamental podrá aprobar la realización de homenajes por el voto conforme de la mayoría absoluta de sus miembros y previo pronunciamiento de la Comisión de Legislación, Administración y Asuntos Internos. La realización del homenaje deberá ser solicitada por escrito en forma fundada, y presentada ante la Presidencia del Organismo o en la Comisión citada. La solicitud deberá ser firmada por al menos tres (3) Ediles Departamentales, no siendo de recibo aquellas cuyos Ediles solicitantes pertenezcan, en su totalidad, al mismo "Lema"con representación en la Junta Departamental.

La solicitud escrita deberá contener, por lo menos, una reseña detallada de la vida del/los homenajeado/s y su trayectoria en el campo de la política, arte, deporte, cultura, u otra rama, así como una exposición del motivo por el cual se considera procedente la realización del homenaje. Asimismo, los Ediles proponentes deberán indicar, en su solicitud, las características del homenaje que peticiona, la fecha tentativa y los participantes en la realización del mismo.

En el caso de que se solicite el homenaje de deportistas, se deberá proporcionar información completa sobre el destaque del/los mismo/s en el ranking nacional o internacional, y/o el premio, torneo obtenido, categoría en que haya/n participado, etc.

Artículo 2°.- Se podrán realizar homenajes en caso de personalidades departamentales, nacionales o internacionales, hechos históricos, políticos o sociales de importancia a nivel nacional, mundial y/o departamental, fechas especiales relacionadas con partidos o sectores políticos, gremios, u otras organizaciones de carácter departamental, nacional o internacional, y se evaluará la trayectoria y continuidad de la tarea o lo excepcional de la misma.

Artículo 3°.- Durante la realización del homenaje, cada Bancada podrá designar hasta 3 (tres) "Ediles Expositores", totalizando un máximo de 15 (quince) minutos improrrogables por Bancada para hacer uso de la palabra. Si hubiera otros oradores (homenajeado/s, invitados especiales) para hacer uso de la palabra, éstos contarán con un máximo de 5 (cinco) minutos improrrogables para adherirse al homenaje.

Artículo 4°.- Modifícase el artículo 4° de la Resolución JDF № 40/2012 de fecha 5 de Octubre de 2012, el cual quedará redactado de la siguiente manera: La presente reglamentación regirá sin perjuicio de aquellos "reconocimientos", "congratulaciones" o "condolencias" realizados en forma breve por parte de los Sres. Ediles durante el tratamiento de los "Asuntos Internos", no pudiendo exceder la exposición los 5 (cinco) minutos de duración.

(Fdo) Silvana Goñi Scitti Edil Departamental”

LA SECRETARÍA