Distribuido Nº 61/16

Florida, 26 de Agosto de 2016.
Sr (a) Edil Departamental
                                   Para su conocimiento se remite proyecto presentado por el Sr. Intendente, tendiente a modificar el reciente Decreto Departamental Nº 22/16, y por el cual se introdujeron variantes a la normativa que regula el servicio de taxímetros en nuestro Departamento:

Ref. IF Exp. Nº 02035/16 –JDF Lº 16 Fº 151/16.-

A estudio: Comisión de Obras

“Florida, agosto 18 de 2016.-

VISTO: El DJF № 22/2016 aprobado por la Junta Departamental de Florida el 17 de junio del presente sustituyendo algunas disposiciones del Decreto de la Junta de Vecinos de 1977 que regula los coches con taxímetros del Departamento.

CONSIDERANDO: 1) La necesidad puesta de manifiesta por el Director de Tránsito en tanto modificar algunas disposiciones de la norma, lo que es compartido por la Unidad de Planificación y Planeamiento. 2) La oportunidad de regularizar situaciones que en los hechos se presentan y pueden contemplarse con las modificaciones que se proponen.

ATENTO: A lo expresado.

EL INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE

Elevar a consideración de la Junta Departamental de Florida el siguiente proyecto de Decreto:

Artículo 1) Sustituyese el artículo 10° del Decreto de la Junta de Vecinos de setiembre de 1977 en la redacción dada por el artículo 2 del DJF № 22/2016 el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Una misma persona podrá ser titular de hasta 6(seis) permisos para la explotación del servicio de taxímetros. No obstante, una misma persona no podrá ser partícipe en más de un permiso para tener derecho a intervenir en el sorteo. Asimismo, no podrán ser titulares de permisos para este servicio, las casas o personas autorizadas por la Intendencia de Florida para reparar o instalar aparatos de taxímetros. Realizado un sorteo, los solicitantes o aspirantes que no hayan sido favorecidos, deberán ratificar su solicitud para intervenir en nuevos sorteos.”

Artículo 2) Modifícase el literal C del artículo 4to del Decreto № 22/2016 por el siguiente texto:

" C) Cuando el permisario tuviese antigüedad no menor a cinco (5años) en la explotación de un servicio de coche con taxímetro. En esta situación se admitirá la cesión del/los permisos en tanto el propuesta cumpla con las condiciones exigidas por el Decreto, debiéndose abonar por cada cesión a la Intendencia de Florida a suma equivalente a UR 130.

Las cesiones de los permisos de taxímetro efectuadas por las empresas preemisarias sin la debida autorización serán inoponibles a la Intendencia de Florida, aplicándose-las sanciones que se reglamentarán.

(Fdo) Carlos Enciso Christiansen.- Intendente Dra. Macarena Rubio Fernández- Secretaria General”

  LA SECRETARÍA