Distribuido Nº 75/12

Florida, 26 de octubre de 2012.
Sr(a) Edil (a)  Departamental
PRESENTE.
                        Se transcribe proyecto de decreto tendiente a incluir en la zona suburbana de Florida a padrones de la zona de La Macana, propiedad de MEVIR:

Ref. IF Exp.04284/12 -  JDF Lº 12 Fº 32.

A estudio: Comisión de Legislación

“Florida, 23 de octubre de 2012.-

VISTO: La solicitud para que se categoricen  como suburbanos, los padrones rurales Nos. 17912 al 18000;

CONSIDERANDO:
       1) Que de acuerdo a lo informado por las oficinas competentes, en el Proyecto de instrumento Directrices Departamentales y Categorización Primaria del Suelos, se han incluido como suburbanos, Subcategoría Residencial, a los padrones de referencia, propiedad de MEVIR.
        2) Que de acuerdo a lo previsto por el art. 225 de la Ley No. 18.834, los Gobiernos Departamentales se encuentran facultados para categorizar como urbanos o suburbanos aquellos inmuebles rurales que con anterioridad a la vigencia de la Ley 18.308, hayan sido adquiridos, prometidos en compra o reservados en compra por MEVIR o designados para expropiar por el Poder Ejecutivo o por los Gobiernos Departamentales con destino a programas de MEVIR.
        3) Que los padrones mencionados cumplen con el requisito previsto en la norma, razón por la cual no resulta necesario aguardar la aprobación definitiva del citado Instrumento de Ordenamiento Territorial, para incluirlos en zona suburbana.
        4) Lo informado por la Dirección de Urbanismo y Vivienda que se comparte;

ATENTO: a lo expuesto;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORIDA

RESUELVE:

Elévese a la Junta Departamental de Florida, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto:

Art. 1. Inclúyanse en zona suburbana del departamento de Florida, sub categoría Residencial,   los padrones rurales Nos. 17912 al 18000, propiedad de MEVIR. 
Art. 2. Comuníquese, etc.

(Fdo.) Carlos Enciso Christiansen, Intendente; Dra. Macarena Rubio Fernández, Secretaria General

LA SECRETARÍA