Distribuido Nº 58/12

Florida, 3 de setiembre de 2012
Sr. Edil Departamental
                        Remitimos proyectos aprobados por comisiones asesoras del Organismo y que integrarán el Orden del Día de la sesión del 7º de setiembre próximo:

--Comisión de Hacienda

Ref.-IF Exp. 3175/12 JDF Lº 13 Fº 3.- Proyecto de decreto tendiente a establecer un régimen especial y transitorio para la expedición y renovación de determinadas libretas de conducir, a bajo costo.-

Antecedente:Dist. Nº. 52/12

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

Art. 1°- Establécese -ad referéndum del Tribunal de Cuentas- que la Intendencia Departamental de Florida expedirá las licencias de conducir, así como las renovaciones de las mismas, de ciclomotores, motocicletas, motos, categorías G1, G2 y 3 (de carácter departamental) y vehículos incluidos en las categorías "A" y "B", sin antigüedad, a un costo de $ 150 (ciento cincuenta pesos) a efectos de cubrir gastos de los insumos utilizados para la emisión de la misma.

Art. 2°.- Estarán comprendidos en el presente decreto quienes acrediten residir en el Departamento de Florida. Los gestionantes de las libretas expedidas bajo este régimen deberán cumplir con los requisitos que las normas departamentales establecen para su tramitación, así como con la Ley № 18.191 (Arts. 26° y ss.)

Art. 3°.- Las licencias otorgadas bajo este régimen tendrán validez por el termino de dos (2) años para aquellas tramitadas por primera vez y cinco (5) años para las que se renueven.-

Art. 4°.- El presente régimen tendrá un plazo de vigencia de 60 (sesenta) días a partir de la fecha de su promulgación, facultándose al Intendente a prorrogar el mismo por igual término, dando cuenta a la Junta Departamental.-

Art. 5°.- Remítase al Tribunal de Cuentas. Vuelto, pase a la Intendencia de Florida a sus efectos.-

Conformes: Costa (Presidente), Bentancor, Torres, Novo, Varela, Giannini, Dati y Fernández.-

--Comisión de Educación

Ref. Exp. 02734/12 - JDF Lº 12 Fº 166.-Autorización a la Intendencia tendiente a recordar al historiador Ariosto Fernández en la “Floresta de la Memoria”.-

Antecedente: Dist. Nº 41/12

VISTO: La iniciativa del Sr. Intendente, a instancias de la Dirección de Cultura.

CONSIDERANDO:

            1) Que por Decreto Departamental Nº. 6/12, se creó la "Floresta de la Memoria", destinando los árboles de la Plaza Asamblea al recuerdo de floridenses destacados que dedicaran parte de su vida al crecimiento cultural, social, económico, político o espiritual de la ciudad y el departamento.-

            2) Que se estima de justicia rendir homenaje al Prof. Ariosto Fernández, destacado profesor de historia nacional y americana, autor en 1928 del libro "Historia de la Villa de San Fernando de la Florida y su región", material de consulta obligada para los historiadores, estudiosos de la historia y estudiantes de Florida.-

            3) Que se trata de uno de los intelectuales de mayor resalte que ha dado Florida, con trascendencia y prestigio nacional e internacional, y que entre otros importantes méritos se destaca el haber revelado la fecha correcta de la fundación de Florida, luego de un profundo proceso de investigación.-

ATENTO: A lo expuesto

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a destinar la araucaria ubicada sobre la esquina noreste de la Plaza Asamblea de Florida, lindera a la calle Gallinal (la araucaria más próxima al Predio Histórico, predio que perteneciera a su familia y que la Nación incluyera en su patrimonio por su gestión), a la memoria del Prof. Ariosto Fernández.-

2º.- En la misma Floresta de la Memoria se colocará una placa sobre una piedra de granito, a descubrirse en acto público el 18 de mayo de 2013, fecha en que se cumplen los 30 años de su desaparición física, con el siguiente texto:

“El Pueblo de Florida dedica esta araucaria centenaria en memoria del

Prof. ARIOSTO FERNANDEZ

9/XII/1901 - 18/V/1983

Ciudadano ejemplar

Floresta de la Memoria

Florida,   18 de mayo de 2013”

3º.- Pase a la Intendencia a sus efectos.-

Conformes: Pérez D´Auria (Presidente) Alcina, Facal, Linares Segredo y Fernández (Javier)

--Comisión de Obras, Servicios Públicos y Propiedades Municipales

Ref.- IDF. Exp. Nº 2241/12 – JDF Lº 12 Fº 178. Desafectación del uso público a faja de terreno en el Camino de Las Tomateras de la 2ª Sección Catastral del departamento de Florida, e imponer en ella servidumbre gratuita a favor de cooperativa agraria.-

Antecedente: Dist. Nº 47/12

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

Art. 1º. Desaféctase del uso público la faja de terreno del “Camino de Las Tomateras”, 2ª Sección Catastral del Departamento de Florida, de acuerdo al croquis de deslinde anexo al presente decreto.

Art.2º.- Autorízase a la Intendencia a imponer en dicha faja, una servidumbre gratuita a favor de la Cooperativa Agraria de Responsabilidad Limitada La Escobilla -Fray Marcos (CALESFRA), para ubicar e instalar una tubería de impulsión de agua del arroyo de unas cuatro pulgadas de diámetro, cableado subterráneo de red de baja tensión para alimentar bombas, un pozo de bombeo y eventualmente una obra de toma en el arroyo.

Art. 3º.- Pase a la Intendencia a sus efectos.-

Exposición de motivos

            CALESFRA ha solicitado a la Intendencia ubicar un equipamiento de riego de su propiedad en un espacio del dominio público municipal. El motivo de tal petición lo justifican atento a que la ubicación actual del equipamiento plantea dificultades por cuanto se emplaza en un inmueble de propiedad privada, que se encuentra a la venta, existiendo incertidumbre sobre el futuro, hecho que ha generado inconvenientes a la hora de renovar los permisos ante la Dinagua. El equipo en cuestión permite que varios productores hortícolas integrantes de la Cooperativa se beneficien con el riego, por cuanto se trata de un riego multi-predial que toma agua desde el arroyo Chamizo y la transporta a cada uno de los establecimientos.-  

--Comisión de Legislación, Administración, Asuntos Internos.-

Ref. IDF. Exps. Nros. 03079/2012; 03155/12 y 02715/12 – Lº 12 Fº 113, Lº13 Fº3.- Proyectos de decretos declarando de “Interés Departamental”, respectivamente a:

a) Homenaje al cantautor Néstor Feria, a desarrollarse en la localidad de Fray Marcos;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

Art 1º.- Declárase de “Interés Departamental”, el homenaje que se realizara al cantautor Néstor Feria el día domingo 30 setiembre próximo en la localidad de Fray Marcos; incluyéndose en la categoría “C” prevista en el Decreto Departamental Nº 41/95.-

Art 2º.- Comuníquese, etc.-  

b) Conferencia del Foro Latinoamericano sobre la cuestión energética;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

Art 1º.- Declárase de “Interés Departamental” la conferencia del Foro Latinoamericano sobre “La cuestión energética y el desarrollo energético de nuestro país. Energías sustentables”, que tendrá lugar el jueves 13 de setiembre del 2012 en Florida; incluyéndola en la “Categoría C” del Decreto Departamental Nº 41/95.-

Art 2º.- Comuníquese, etc.-  

  1. c)10ª Edición de la Fiesta del Ternero a desarrollarse en la localidad de Goñi.-

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

Art 1º.- Declárase de “Interés Departamental”, la 10ª Edición consecutiva de la Fiesta del Ternero a desarrollarse en la localidad de Goñi el día 7 de octubre próximo, año incluyéndose en la categoría “C” prevista en el Decreto Departamental Nº 41/95.-

Art 2º.- Comuníquese, etc.-

Conformes: Varela (Presidente), Carreras, Montaño, Díaz, Della Ventura, Machado (a excepción para los ediles del FA, del literal c) por ausencia y por no tener opinión de Bancada, respectivamente )

                                                                                                                 

Ref.IF Exp. 03454/12–JDF Lº 13 Fº 4.- Autorización a la Intendencia de Florida para trasladar placa recordatoria del fundador de la localidad de 25 de Agosto.-

Antecedente: Dist. Nº 56/12

Visto: la solicitud de la Intendencia de Florida, expresando que es su interés el “ traslado del monumento a Ramón Álvarez..” en la localidad de 25 de Agosto

Considerando: I) que se comparte la opinión de los Asesores Drs. Curuchet y Del Castillo en cuanto la placa recordatoria en homenaje al Sr. Ramón Álvarez no reviste la calidad de monumento y se entiende que la construcción que existía cumplía únicamente una función instrumental respecto a la misma.-

                        II) que la Comisión Delegada de 25 de Agosto, por unanimidad, solicitó el traslado de la placa y su nuevo destino, a unos metros de distancia, no conlleva desmedro alguno para con el homenajeado.

                        III) que el Sr. Intendente considera que ha padecido una omisión al haberse dispuesto el traslado de la placa sin la autorización de la Junta; situación que se subsana con la solicitud correspondiente.

ATENTO: A lo expuesto;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia el traslado de la placa recordatoria al fundador de la Villa de 25 de Agosto, Don Ramón Álvarez, a la plazuela ubicada en las calles “Álvarez” y “Pérez” de dicha localidad.-

2º.- Pase a la Intendencia a sus efectos.-

Conformes: Varela (Presidente), Montaño, Maidana, Matteo.-

En contra: Machado

LA SECRETARÍA