Distribuido Nº 57/12

Florida, 3 de setiembre de 2012.
Sr(a) Edil Departamental
                        Para su conocimiento se remite proyecto emanado de la Comisión de Hacienda del Organismo, sobre la Modificación Presupuestal 2012 del Gobierno Departamental de Florida.-

MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EJERCICIO 2012 Y SIGUIENTES

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

CAPITULO I - MOTIVOS

Modificaciones orgánicas.- Dirección General de Descentralización.-

En materia orgánica se propone básicamente elevar al rango de Dirección General al Departamento de Descentralización por las razones que se expresan a continuación:

- A partir de la entrada en vigencia de la Ley No. 18.567 del 13 de setiembre de 2009 y su modificativa № 18.644 del 12 de febrero de 2010, el proceso de descentralización territorial y funcional de los Gobiernos Departamentales se ha tornado cada vez más complejo y exigente en su articulación.-

            a) En efecto, desde la elección departamental anterior (año 2010), en el departamento de Florida se eligieron e institucionalizaron dos Municipios (Sarandí Grande y Casupá) y se han instalado varias Comisiones Delegadas en localidades del interior debido a la derogación de la existencia de las Juntas Locales.-

            b) Antes del 31 de marzo de 2013, según lo determinado por el artículo 25 de la Ley № 18.567, en la redacción dada por el artículo 4to. de la Ley № 18.644, el Gobierno Departamental deberá dar cumplimiento al procedimiento previsto en el artículo 2o de la presente ley, antes del 31 de marzo de 2013 a los efectos de la determinación de los Municipios a elegirse en el año 2015.-

Pues en caso de incumplimiento de este precepto legal, "vencidos dichos plazos el Poder Ejecutivo elaborará la nómina correspondiente teniendo en cuenta los datos de población que suministrará el Instituto Nacional de Estadística y la remitirá a la Asamblea General para su aprobación. Cumplidos treinta días, la misma se tendrá por aprobada".

         c) De manera que la cantidad de Municipios electivos aumentará en Florida

         d) Por otra parte se incrementará la complejidad de la articulación de los recursos departamentales y municipales que necesariamente deberán ser coordinados por el Departamento de Descentralización, en aras de procurar el mejor funcionamiento posible en beneficio de la sociedad.-

         e) Debe tenerse en cuenta que Florida es un Departamento con una población distribuida geográficamente por mitades, entre la capital y el interior, incluyendo los agrupamientos urbanos; de manera que la función de este Departamento debe ser ejercida sobre la totalidad de la superficie territorial con una población de mas de 34 mil habitantes concentrados en por los menos 13 localidades importantes, muchas de las cuales serán Municipios.-

Departamento de Informática.-

Se propone simplemente una nueva línea de dependencia jerárquica y de reorganización interna con su respectiva estructura de cargos a proveerse por concurso.-

En efecto, se entiende que el Departamento de Informática que da sustento tecnológico y de software a toda la Administración y que actúa además en funciones de asesoramiento técnico al Ejecutivo Comunal, hace lógica su dependencia respecto del programa 102 (intendente municipal).-Se incorpora al texto de la ampliación, la nueva estructura orgánica y el manual orgánico-funcional del área.-

Asesoría Notarial.-

La separación de la Asesoría Notarial de la Asesoría Jurídica es a los efectos de regularizar una situación de hecho que se viene arrastrando desde más de 10 años.

Fundamentan esta separación los siguientes aspectos: Desde el punto de vista funcional ambas Asesorías funcionan con total y absoluta independencia una de otra, ya que la Asesoría Notarial maneja en forma independiente a vía de ejemplo ingreso y salidas de expedientes, solicitudes de compras, manejo de funcionario, otorgamiento de licencias,etc.-

Desde el punto de vista técnico todo trabajo realizado por el Escribano Municipal se realiza con total independencia de la Asesoría Jurídica no necesitándose consentimiento alguno para la realización de los mismos, a vía de ejemplo las escrituras públicas, conventos, etc., se realizan sin intervención de ninguna especie en ninguna etapa por parte de la Asesoría Jurídica. Desde el punto de vista jerárquico se trata de colocar a ambas Asesorías en el mismo nivel de jerarquía teniendo la Asesoría Notarial de esta manera personal directivo del mismo grado que la Asesoría Jurídica, poniendo a ambas oficinas en un mismo nivel regularizando una situación que se viene arrastrando desde la reestructura escalafonaria del año 1997.

Presupuestación de funcionarios contratados v situación de funcionarios presupuestados.-

Con la participación de ADEOM. en el proceso de redacción, se proponen procedimientos para la presupuestación de funcionarios contratados utilizando mecanismos de selección objetiva y que no generen lesiones de derechos subjetivos a los funcionarios presupuestados, generando instancias para la participación o apelación por vías recursivas.

Paralelamente se propondrá regularizar la situación de los funcionarios presupuestados que perciben diferencias de sueldo a grados superiores utilizando los mismos criterios de selección objetiva.

También se analizará particularmente la situación de funcionarios presupuestados y contratados que se encuentran desempeñando funciones superiores a su cargo o función.-

Otras Disposiciones.-

También se crea la hora extra nocturna para contemplar el trabajo especial que algunos funcionarios se ven obligados a realizar luego de su jornada habitual.-

Se crean cargos de Director de Biblioteca y Museo dependencias nuevas que forman parte del plan de extensión y fortalecimiento de la cultura a nivel departamental, se estatuye una compensación para profesionales que participan activamente en proyectos y programas de interés departamental, en horarios extensos y se regularizan otras situaciones.-

Programa de localización de nuevas unidades.

La creación de nuevas unidades y servicios hace necesario la ubicación física de los mismos. Inicialmente y para resolver los problemas de locación por falta de espacio, se prevén arrendamientos de locales.-

-Arrendamiento de una casa para el Museo Histórico

-Arrendamiento de apartamento lindero al edificio municipal para oficinas de Desarrollo Social.-

Estimación de costos: Año 2012 $ 270.000, Año 2013 $ 540.000, Año 2014 $ 540.000.-

CAPITULO II. NORMAS GENERALES.-

Artículo 1°. De conformidad a lo establecido por los artículos 222 y siguientes y concordantes de la Constitución de la República, se remitió a este Organismo la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal del Ejercicio 2011 de la Intendencia y se proponen las siguientes modificaciones presupuestales.          

Artículo 2°.- Establécese las previsiones de sueldos, gastos e inversiones para el periodo 2012 a 2015 para la Intendencia Departamental de Florida de acuerdo al siguiente cuadro:

                                   Vigente                       Proyectados
Rubro                                   2012                      2012                      2013                      2014                      2015
0 Servicios Personales     360.669.291        411.713.162        412.045.377        412.045.377        412.045-377
1 Bienes de Consumo       92.864.769           103.848.766        101.578.266        102.593.266        95833 266
2 Servicios no personales81.505.933          90.460.932           82.595.932           80.885.932           76.086.933
3 Bienes de Uso                  41.667.202           33.717.204           78.959.206           16.460.204           25.159.203
4 Activos Financieros      0                             0                             0                             0                             0
5 Transferencias               20.172.048           36.417.035           39.953.036           42.028.037           39.728.038
6 Intereses                           0                             0                             0                             0                             0
7 Gastos no clasificados  150.010                150.010                150.010                150.010                150.010
8 Aplicaciones Financieras 29.150.188      16.345.821           14.413.353           28.680.072           34.256.071
Total IDF                            626.179.441        692.652.929        729.695.179        682.842.898        683.258.898

Estos montos se distribuyen entre los programas de acuerdo a las planillas comparativas denominadas "Asignaciones Presupuéstales" e inversiones de programas que se anexan y que se declaran integrando este Presupuesto. Asimismo se sustituyen las planillas denominadas : "Gastos de Funcionamiento", "Resumen de Inversiones", "Resumen de Inversiones Total", "Resumen Total" y" Programa 300: Financiamiento del Déficit".

Artículo 3º.-Por lo dispuesto en los artículos anteriores, establécese los montos presupuestales para el Gobierno de Florida para el período 2012 a 2015 de acuerdo al siguiente cuadro:

Rubro Vigente 2012 Proyectados
    2012 2013 2014 2015
0 Servicios Personales 360.669.291 411.713.162 412.045.377 412.045.377 412.045.377
1 Bienes de Consumo 92.864.769 103.848.766 101.578.266 102.593.266 95.833.266
2 Servicios no personales 81.505.933 90.460.932 82.595.932 80.885.932 76.086.933
3 Bienes de Uso 41.667.202 33.717.204 78.959.206 16.460.204 25.159.203
4 Activos Finan. 0 0 0 0 0
5Transferencias 20.172.048 36.417.035 39.953.036 42.028.037 39.728.038
6 Intereses 0 0 0 0 0
7 Gastos no clasif. 150.010 150.010 150.010 150.010 150.010
8 Aplicac.Financ. 29.150.188 16.345.821 14.413.353 28.680.072 34.256.071
Total IDF 626.179.441 692.652.929 729.695.179 682.842.898 683.258.898
Junta 30.971.500 43.588.700 38.515.450 38.515.450 38.515.450
TOTALES 657.150.941 736.241.629 768.210.629 721.358.348 721.774.348
                 

Artículo 4°. Estimase el producido de los Recursos Municipales para el período 2012-2015 según el siguiente detalle:

 

 

Rubro Vigente 2012 Proyectados
2012 2013 2014 2015
Recursos 657.150.941 736.241.629 768.210.629 721.358.348 721.774.348

Los montos a recaudar por cada rubro y su base de cálculo están detallados en el capítulo Recursos que integra el Presupuesto vigente y con las planillas y las modificaciones que se acompañan y se declaran formando parte del mismo.

-CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y TAREAS DE APOYO EN PROGRAMA 102.

Artículo 5°. Se establece una asignación presupuestal para contratar servicios y/o asistentes, para desempeñar tareas de apoyo directo en el Programa 102 (servicios jurídicos, notariales otros de naturaleza profesional, técnica o administrativa), por el término que el Intendente determine en cada caso y sin exceder el período de gobierno.

Las contrataciones establecidas en el presente artículo no otorgarán la calidad de funcionario público a los contratados.

Fuente legal: art. 9no. Ley 17.930 (Presupuesto Nacional 2005-2009)

HORA EXTRAORDINARIA NOCTURNA.-

Artículo 6º.- Los funcionarios municipales que, habiendo cumplido el horario de trabajo diario de su respectivo régimen legal (8 ó 6 horas), sean requeridos para el desempeño de tareas en horas extraordinarias, y siempre que las mismas se ejecuten total o parcialmente entre las 22.00 y 05.50 horas; tendrán derecho a una retribución denominada "hora extraordinaria nocturna".-

Artículo 7°.- Fíjase el valor de la “hora extraordinaria nocturna” en un veinte por ciento (20%) más, sobre el valor de la hora extra que corresponda liquidar y pagar al funcionario, según el caso. (días hábiles, feriados, sábados y domingos).-

Artículo 8°.- La “hora extraordinaria nocturna” es incompatible con la percepción de la compensación por "tareas ingratas"(Art.42º Ampliación Presupuestal 1996), por "tareas riesgosas" (Art.2°. Ampliación Presupuestal 2009) y por "funciones a la orden" según la previsión del art.8° de la Ampliación Presupuestal 2008 . Se excluye de este derecho (percepción de “horas extras nocturnas”) al personal del Escalafón Directivo® y a los funcionarios que prestan funciones como Guardianes y Serenos.-

COMPENSACION PARA FUNCIONARIOS EN RÉGIMEN DE ASISTENCIA DIRECTA AL INTENDENTE MUNICIPAL, CON ASIGNACIÓN DE TAREAS ESPECIALES.-

Artículo 9°.- Los funcionarios profesionales y de otros escalafones a quienes se les encomienden funciones especiales de asesoramiento directo al Intendente Municipal, en aquellos planes, programas y proyectos de interés para el gobierno departamental, podrán percibir una compensación por hasta un monto equivalente a la diferencia salarial existente entre el Grado 8 y 10 del escalafón directivo.-

Se establece que la percepción de esta compensación es incompatible con la prevista en el Art. 43 de la Ampliación Presupuestal 1996.-

INCORPORACIÓN DEL OPERADOR DEL MOTOR DE COLA Y CAMIÓN DE BITUMEN AL RÉGIMEN DE LAS COMPENSACIÓN DEL ART. 42 DE LA AMPLIACIÓN PRESUPUESTAL 1996.-Artículo 10°. Los funcionarios municipales que desempeñen funciones en el motor de cola y camión de bitumen en la construcción o reparación de las calles, percibirán la compensación prevista en el art. 42 de la Ampliación Presupuestal 1996..

MUNICIPIO DE SARANDI GRANDE.

Artículo 11º.- Para incrementar la autonomía funcional y operativa del Municipio de Sarandí Grande se prevé la contratación de más horas de maquinaria vial con el objeto de atender la vialidad urbana y emergentes.-

Estimación de costos: Año 2012: 450 horas de máquina $ 460.000; Año 2013: 450 horas de máquina $ 460.000; Año 2014: 450 horas de máquina $ 460.000.-

MUNICIPIO DE CASUPA.-

Artículo 12º.- Para incrementar la autonomía funcional y operativa del Municipio de Casupá se prevé la contratación de más horas de maquinaria vial con el objeto de atender la vialidad urbana y emergentes.-

Estimación de costos: Año 2012: 100 horas de máquina $ 120.000, Año 2013: 100 horas de máquina $ 120.000, Año 2014: 100 horas de máquina $ 120.000,

CAPÍTULO III –FUNCIONARIOS

PRESUPUESTACIÓN DE FUNCIONARIOS CONTRATADOS.

REQUISITOS.

Artículo 13º.- Los funcionarios vinculados a la Intendencia de Florida y Municipios por contrato de función pública, adquirirán el estatuto de funcionarios presupuestados inamovibles conforme a lo establecido en los Arts. 60º y 62º de la Constitución de la República, mediante el cumplimiento de las siguientes condiciones:

            Serán presupuestados los funcionarios contratados desde el Grado 1 en adelante de cada escalafón (Oficios, Servicios Auxiliares, Administrativo, Técnico y Directivo), siempre que cumplan los siguientes requisitos:

            a)         se desempeñen efectivamente en funciones inherentes al Escalafón respectivo.

            b)         se compruebe una antigüedad de diez (10) o más años, al 1º de enero de 2012 y también los que la  alcancen al 1º de enero de 2013 y 2014, respectivamente.-

            c)         aprueben el curso respectivo que dictará el Instituto de Estudios Municipales para el cargo que se llamará a concurso.-

            d)         aprueben el concurso respectivo, conforme a las normas del Estatuto del Funcionario en lo pertinente, las normas que se aprueben en la presente ampliación presupuestal y reglamentos vigentes.-

Podrán participar en forma excepcional y por única vez en el concurso:

  1. Los funcionarios con contrato de función pública homologado al cargo presupuestal objeto del concurso, siempre que pertenezcan al escalafón respectivo.
  2. Los funcionarios contratados homologados a grados inferiores al cargo que se concursa. –
  3. Los funcionarios presupuestados en cargos inferiores al que se concursa.-

            En todos los casos, los funcionarios contratados o presupuestados que aspiren a participar en el proceso del concurso deberán pertenecer al Escalafón del cargo respectivo.-

Exclúyese de la previsión contenida en el inciso precedente a los docentes contratados y a los funcionarios que integran el Escalafón "Profesional", para quienes regirá el artículo 68° del Estatuto del Funcionario del Gobierno Departamental.-

La antigüedad computable deberá ser continua y estar referida a la Intendencia de Florida y su cómputo se hará de la misma forma que para la liquidación de la Prima por Antigüedad (PGM 1985-1990, art.27°) .-

Exceptuase del cumplimiento del lit d) a los contratados Grados 1 y 1A de los escalafones de Oficios y Servicios Auxiliares.-

Artículo 14º.- Los funcionarios contratados que, habiendo participado en los cursos y concursos previstos en el artículo anterior, no hubieren obtenido los puntajes necesarios para acceder a la presupuestación en el cargo del nivel cuyas funciones desempeñaban, serán igualmente presupuestados en el último grado del escalafón respectivo, manteniéndose el nivel retributivo acorde a las funciones que ejerce.-

PROCEDIMIENTO DE LA PRESUPUESTACIÓN.-

Artículo 15º.- Verificado el cumplimiento de los requisitos de los literales a), b), c) y d) del artículo 13º; se dictará el acto administrativo de la presupuestación, el que se publicará por 10 días (art.317 de la Constitución de la República) a los efectos de la debida notificación y publicidad.-

TRANSFORMACIÓN DE CARGOS.-

Artículo 16º.- Previo al acto administrativo de la presupuestación el Intendente, en los casos necesarios, podrá transformar la función contratada en cargo presupuestal y efectuar la correcciones en el planillado respectivo.-

FUNCIONARIOS PRESUPUESTADOS.-

Artículo 17º.--Los funcionarios presupuestados que se encuentran percibiendo diferencias de sueldo a grados superiores, podrán acceder al cargo presupuestal de la diferencia, mediante el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  1. a)se encuentren desempeñando efectivamente las funciones que constituyen el presupuesto de hecho para el pago de la diferencia,
  2. b)la evaluación de desempeño sea positiva. En caso de que el funcionario se encontrare sometido a un procedimiento disciplinario se estará a sus resultancias.
  3. c)aprueben el correspondiente curso preparatorio que se dictará en el Instituto de Estudios Municipales .-
  4. d)aprueben el concurso respectivo, conforme a las normas del Estatuto del Funcionario en lo pertinente, las normas que se aprueben en la presente ampliación presupuestal y reglamentos vigentes. -

Podrán participar en forma excepcional y por única vez en el concurso los funcionarios presupuestados en cargos inferiores del Escalafón respectivo al que se concursa. -

Verificado el cumplimiento de los requisitos de los literales a), b), c) y d), se dictará el acto administrativo de la designación en el cargo de la diferencia, acto que se publicará por 10 días (Art.317º de la Constitución de la República) a los efectos de la debida notificación y publicidad.-

CURSOS DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS MUNICIPALES.-

Artículo 18°..-Los funcionarios comprendidos en los artículos anteriores que aspiren a participar en los concursos referidos, deberán aprobar los cursos preparatorios que a tales efectos dictará el Instituto de Estudios Municipales. con carácter obligatorio.-

La obligación de asistencia al curso, en caso de ejecutarse fuera del horario de trabajo, no generará derecho a la percepción de horas extras.-La Administración dotará al Instituto de los medios necesarios para el cumplimiento de estos fines.-

TRANSFORMACIÓN DE CARGOS-

Articulo 19º.- Previo al acto administrativo de la designación en el cargo de la diferencia, el Intendente podrá transformar o suprimir el cargo presupuestal de origen habilitando - en caso de ser necesario- el cargo de la diferencia, efectuando oportunamente las correcciones en el planillado respectivo.-

DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA.-

Artículo 20°.- Créanse los cargos de:

            - Director del Departamento de Informática en el nivel Directivo I, Grado 10 del Escalafón R,

            - Jefe de la Sección Hardware y Comunicaciones Directivo III, Grado 8;

            - Cuatro (4) cargos de nivel Técnico Escalafón B5

            - Un (1) cargo de nivel Técnico B7.-

Transformase un (1)cargo Directivo III grado 8 y dos (2) Técnicos I B7 en tres (3) cargos de Directivo II grado 9.

            Se establece que la provisión de los cargos se efectuará por concurso, exigiéndose como requisito previo para participar en él, el título de Analista de Sistemas o superior para el desempeño del cargo de Director del Departamento y el título de Analista de Sistemas y/o de Programador para los cargos de Directores de División.- DIRECTOR GENERAL DE DESCENTRALIZACIÓN.-

Artículo 21º.-Modificase el articulo Art. 13° del Presupuesto Quinquenal 2011-2015 aprobado por el Decreto Departamental Nº 03/2011 de 27 de abril de 2011; el que quedará redactado de la siguiente forma:

            "Art. 13°.- Créase el cargo de "Director General del Departamento de Descentralización", en el Escalafón Q, de carácter de "Particular Confianza", conforme a la previsión del Artículo 13 del Presupuesto 1985 -1990, en la redacción dada por el Art. 22 del Presupuesto 1995-1999."

MODIFICACIÓN DEL CARGO DE PROSECRETARIO.-

Artículo 22º.- Transformase el cargo de “Prosecretario” previsto en el Programa 102 Intendente Municipal, en un cargo de “Prosecretario General” con una asignación salarial equivalente a la del Director de Departamento Escalafón Q.- El cargo será de carrera.-

DEPARTAMENTO DE ASESORÍA NOTARIAL

Artículo 23°.- Crease el cargo de Director I, Grado 10 del Escalafón Directivo, en el Programa 102, Director de Asesoría Notarial, quien dependerá directamente del Sr. Intendente.

CAMBIO DE PROGRAMA.-

Articulo 24°. Establécese que los funcionarios municipales con tareas asignadas en los Comedores del interior del departamento y que figuran en la planilla presupuestal del Programa 109- Dirección del Departamento de Descentralización; Programa 109.1 Sarandí Grande y Programa 109.2 Casupá; dependerán del Programa Presupuestal 113 Dirección General de Departamento de Desarrollo Social.-

DIRECTOR DEL CENTRO MÉDICO MUNICIPAL-

Artículo 25º- Se establece que el Director del Centro Médico Municipal, Programa 108.1, tendrá el nivel de Directivo I Grado 10 del Escalafón Directivo, requiriéndose para su desempeño el título de Médico.-

DIRECCIONES DE DIVISIÓN MUSEO, ARCHIVO Y CENTRO DOCUMENTAL Y DIVISIÓN BIBLIOTECA MUNICIPAL.-

Artículo 26º.- Créanse los cargos de Director de la División Museo, Archivo y Centro Documental en el nivel I Grado 10, del Escalafón Directivo y de Director de la Biblioteca Municipal en el nivel III Grado 8 del Escalafón Directivo, ambos dependientes del Departamento de Cultura, Programa 111.-

Artículo 27º.- Los cargos referidos en el artículo anterior serán provistos por personas con idoneidad, competencia reconocida y/o título o certificado habilitante, mediante contrato de función pública según los procedimientos de ingreso establecidos en el Estatuto de Funcionario.

CAPITULO IV - ORGANIGRAMA

MODIFICACIÓN ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA.-

Articulo 28°.-Se establece que el Departamento de Informática dependerá jerárquicamente en línea de subordinación directa del Programa 1.02 -Intendente Municipal.

            Se integrará con las Divisiones: Administración de Infraestructura; Soporte a Usuarios y División Desarrollo; con las funciones y secciones dependientes que figuran en el anexo.-

Se elimina del organigrama del Departamento de Informática, la Sección Observatorio Cartográfico, que dependerá del Departamento de Urbanismo y Vivienda.-

DIRECCIÓN GENERAL DE DESCENTRALIZACIÓN.-

Artículo 29°.-Modificase el artículo Art. 12° del Presupuesto Quinquenal 2011¬2015 aprobado por el Decreto Departamental Nº 03/2011 de 27 de abril de 2011, el que quedará redactado de la siguiente forma:

"Créase la Dirección General de Descentralización", Programa N° 109, que dependerá directamente del Intendente.

Los cargos vigentes y los funcionarios afectados a la Unidad de Descentralización pasan a desempeñarse en la Dirección creada en este artículo.”

MODIFICACIÓN DE LA SECCIÓN PRESENTISMO.-

Artículo 30°..- Determinase que la Sección Presentismo se denominará División Presentismo y que dependerá directamente del Departamento de Recursos Humanos. Su competencia estará constituida por la documentación y registro de los horarios del personal municipal, horas extras, licencias y las actividades encomendadas por circulares y ordenes internas, además de las señaladas en el Manual de Organización y Funciones vigente.

CAPITULO V. INVERSIONES.-

Articulo 31º.- PROGRAMA 102.2 INVERSIONES DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA

PROYECTO 001: ADQUISICIÓN DE SERVIDORES Y VIRTUALIZACION.-

a) Descripción: Comprende la adquisición de 2 Servidores con capacidad para correr los distintos sistemas, software, aplicaciones que se utilizan en la Intendencia y virtualización.-

Hardware y software para virtualización

Capacitación

Racks (3)

Hojas de Blade center (1)

Ststema software Genexus (licencia de desarrollo)

Sistema de storage (1)

UPS 6KVA(1)

UPS 2,2KVA(3)

Elementos de seguridad (sensores)

b)Justificación: La medida persigue como objetivo mejorar el plan de de contingencia actual y consolidar la base de los sistemas que se han incorporado de acuerdo al diagnóstico interno y sugerencias de consultores.

c) Se ejecutará durante el año 2012 y siguientes

d) Estimación de costos: U$ 90.000,00

Artículo 32º- PROGRAMA 204.01 - MEJORAMIENTO DE BARRIOS

PROYECTO   005:   PROGRAMA DE UTILIZACIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES.-

Proyecto 005.1: Programa de uso y extensión en locales municipales. espacios públicos v zonas rurales de energías alternativas o renovables.-

a) Descripción: Comprende la adquisición, instalación y mantenimiento de equipamiento alimentado con energías renovables (solar y/o eólica) para suministro de energía a focos de alumbrado público y otros usos, especialmente en zonas alejadas de la red eléctrica de alumbrado y en áreas donde se proponga eliminar el gasto de consumo de energía facturada.

b) Justificación:

1- Se trata de energía limpia que no contamina al no producir gases de efecto invernadero ni otras emisiones, contrariamente a lo que ocurre con los combustibles fósiles o renovables.

2- No emiten dióxido de carbono adicional, salvo los necesarios para su construcción y funcionamiento, y no presentan ningún riesgo suplementario, tales como el riesgo nuclear.

3- Necesitan una inversión inicial, pero luego no generan costos de facturación

por consumo de energía ya que la derivada del sol o el viento resulta gratuita.-

4- Tiene menor costo de mantenimiento.-

c) Metas:

1-Se plantea continuar con los programas de instalación en Escuelas Rurales, Policlínicas centros poblados de la campaña, cruce caminos peatonales donde resulta más oneroso instalar la red eléctrica convencional debido al costo de la extensión.-

2-lniciar un programa de instalación y sustitución de focos tradicionales por focos alimentados por energía renovable como modo de reducir los costos de facturación de la energía eléctrica. -

d) Estimación costos:

Mano de obra: $ 150.000

Materiales:       $ 1.800.000

Mantenimiento: $ 50.000

Total:   $2.100.000

Se ejecutará en el año 2013

Artículo 33º.- PROGRAMA 204.02 - LOCALES MUNICIPALES

PROYECTO 001: ESTUDIO DE FACTIBILIDAD. PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE NUEVA PLANTA EN EL EDIFICIO MUNICIPAL.

a)         Descripción: estudio de factibilidad y formulación del proyecto arquitectónico para la construcción del tercer piso en el edificio municipal, determinación del costo de inversión y eventual construcción del mismo.-

b)         Justificación: varias unidades municipales están carentes de espacio físico adecuado, por tanto es necesario una adecuación de la estructura edilicia con criterio funcional.-

c)         Metas: Se plantea la obra para el período 2013-2014

d) Estimación costos:

Mano de obra:             $   1:000.000

Materiales:                   $   1.500.000  

TOTAL:                      $   2.500.000

Artículo   34º.-   PROGRAMA   204.05   INVERSIONES   DIRECCIÓN   DE URBANISMO Y VIVIENDA

PROYECTO 001 "PLAN VEREDAS".-

a) Descripción: La Intendencia a través del Departamento de Urbanismo promoverá la ejecución del Plan Veredas con el objeto de construir y reparar las veredas existentes en la ciudad de Florida.-

b) Justificación: La Intendencia debe fomentar y desarrollar planes de incremento y mejora del patrimonio urbano.

La ejecución del plan se llevará a cabo mediante dos modalidades: a) transferencia de recursos a los interesados, en carácter de reembolsables y b) convenios con los interesados. Estos sistemas se reglamentarán.-

c) Metas: Año 2012 10 cuadras en Florida, Año 2013 10 cuadras en Florida, Año 2014 10 cuadras en Florida.-

d) Costo estimado: $ 809.000 por año

PROYECTO 002 VIVIENDA SOCIAL

a) Descripción: La Intendencia a través del Departamento de Urbanismo, promoverá en predios localizados previamente, la construcción de viviendas con destinos a sectores sociales en emergencias habitacionales.

Se reglamentará lo concerniente al sistema constructivo y sectores beneficiados.

Metas físicas: Año 2012: 2 viviendas, 2013: 3 viviendas, 2014: 4 viviendas.-

Costo estimado unitario: Mano de obra                                $ 75.000

                                      Materiales                                       $175.000

                                      Contrataciones (ONG, COOP)        $ 75.000

                                      Total:                                              $ 325.000

PROYECTO 003 ADECUACIÓN URBANA FLORIDA (Accesibilidad universal)

a) Descripción: La Intendencia, previo diagnóstico, ejecutará un plan de accesibilidad universal en cumplimiento de la Ley No. 16.095 y sus modificativas, con el objeto de asegurar la igualdad en el acceso y la libre circulación.-

Metas físicas: 15 rampas

Costo total estimado:

Mano de obra             $ 20.000

Materiales                   $ 10.000

Contrataciones                         $ 20.000

Total:                          $ 50.000.-

Artículo 35º.- PROGRAMA 207 INVERSIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN.-

PROYECTO 001 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS MUNICIPALES.-

a) Descripción: Se ha cometido al Instituto actividades de capacitación, formación en servicio de funcionarios y la profesionalización en general de los recursos humanos de la Intendencia. A ello se han sumado capacitaciones a grupos sociales externos vinculados al quehacer municipal.

En el futuro se agregará un fuerte componente de cursos para funcionarios como pre-requisito para participar en concursos de pasaje de grado y presupuestaciones. -

b)Justificación: El Instituto deberá planificar los cursos y evaluar los resultados de las pruebas objetivas a las que serán sometidas en los cursos de capacitación.-

Se deberá utilizar personal municipal y externo, en algunos casos, para el diseño de los cursos su implementación y evaluación.-Estas actividades mejoraran el perfil del funcionario, la eficacia y eficiencia de la organización municipal.-

c) Estimación de costos:

Contratación de docentes $ 130.000

Materiales didácticos:    $    70.000

                                        $ 200.000 por año.-

Artículo 36º.- Facultase a la Intendencia a realizar las correcciones del caso.-

Artículo 37º.- Pase al Tribunal de Cuentas.                                                                         

La Secretaría

Notas:

  • Se solicita asistir a la sesión del Organismo del 7 de setiembre con el presente Distribuido ya que el mismo no integrará la carpeta de trabajo.
  • Se recuerda a los señores Ediles que cada bancada cuenta con un texto completo de la Modificación Presupuestal, así como tambien los integrantes de la Comisión de Hacienda.-
  • El texto emanado de la Comisión de Hacienda cuenta con las modificaciones solicitadas por la Intendencia ante errores de escrituración y de compaginación en el articulado (Art. 12º y Art. 13º; respectivamente), según lo solicitado por Oficios Nros. 265 y 287/12.-
  • Asimismo, por unanimidad de sus integrantes, no se aprobó el Art. 11º del proyecto original ( modificación al porcentaje a que tienen derecho los inpectores sobre la multa impuesta)

LA SECRETARÍA

DETALLE DE LA VOTACIÓN OBTENIDA EN COMISIÓN

Asistencia a la Comisión de Hacienda:

Partido Nacional: Costa (Presidente), Bentancor, Torres, Novo y Varela.

Frente Amplio: Giannini y Dati.

Partido Colorado: Fernández (Javier).

Proyecto votado en general: Mayoría (6 en 8)

A favor: P:N y PC - En contra: FA

Arts.1º, 2º, 3º y 4º.- Mayoría (6 en 8) A favor: P.N y PC - En contra: FA

Art.5º.- Mayoría (5 en 8) A favor: PN - En contra: FA y PC

Arts. 6º, 7º y 8º.- Unanimidad (8)

Art.9º.- Mayoría (5 en 8) A favor: PN - En contra: FA y PC

Art.10º, 11º,12º - Unanimidad (8)

Art.13º.- Unanimidad (8)

                 El FA propuso –y fue votado negativamente- como agregados: 1) al literal b) “…incluyendo 21 meses en el cargo”( Neg. 3 en 8, apoya el PC) y 2) un nuevo inciso: e) que no hayan tenido reiteradas sanciones graves.-(Neg. 2 en 8).

Art.14º, 15º, 16º y 17º.- Unanimidad

Art.18º.- (Art. 12º Proyecto Original) Primer inciso: Unanimidad (8) –Segundo Inciso: Mayoría (6 en 8) A favor: P.N y PC - En contra: FA quien propuso se pagaran horas extras en estos casos.

Art.19º.- Mayoría (7 en 8) A favor: P.N y FA - En contra: PC

Art.20º.- Mayoría (6 en 8) A favor: P.N y PC - En contra: FA

Art.21º.- Mayoría (6 en 8) A favor: P.N y PC - En contra: FA

Art.22º.- Mayoría (5 en 8) A favor: P.N - En contra: FA y PC

Art.23º.- Mayoría (5 en 8) A favor: P.N - En contra: FA y PC

Art.24º.- Unanimidad (8)

Art.25º.-Mayoría (5 en 8) A favor: P.N - En contra: FA y PC

Art.26.- Mayoría (5 en 8) A favor: P.N - En contra: FA y PC

Art.27º.- Mayoría (5 en 8) A favor: P.N - En contra: FA y PC

Arts.28º 29º y 30º.- Mayoría (6 en 8) A favor: P.N y PC- En contra: FA

I n v e r s I o n e s

Art.31º.- Unanimidad (8)

Art.32º.- Mayoría ( 6 en 8) El FA no acompaña “Descripción” y el inciso b) de las “Metas”, apoya la justificación y el dinero-

Art.33º.- Mayoría (6 en 8) A favor: P.N y PC - En contra: FA

Art.34º y 35º- Unanimidad                                                                                                

LA SECRETARÍA