Distribuido Nº 22/12

Florida, 7 de mayo de 2012.
Sr. (a) Edil (a) Departamental
Presente.
                 Elevo a v/conocimiento proyecto de decreto tendiente a exonerar del pago de tasas y precios que se abonan en la realización de empadronamiento de vehículos.

A estudio: Comisión de Hacienda.

Ref.- IF Exp. 01782/12 -JDF Lº 12 Fº 130.-

Florida, 3 de mayo de 2012.

Visto: Que se comparte la propuesta recibida desde la Junta Departamental por iniciativa del Edil don Martín Varela, con el fin de equiparar las tasas derivadas de los actos de empadronamientos, con la de los departamentos limítrofes.

Considerando: 1).-Que con la vigencia de la Ley Nº 18.860 se ha uniformizado la disparidad que existía referida al impuesto de patente en los diferentes departamentos a través de la creación del sistema Único de Cobro de Ingresos Vehículares.

2).-Que queda pendiente la uniformización de las tasas y precios que se abonan con motivo del empadronamiento.

3).-Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 1 inciso 4 las Intendencias mantienen las competencias establecidas en la Constitución que son propias de los Gobiernos Departamentales.

4).-Que el Ejecutivo Departamental comparte la iniciativa en el sentido de que no cobren las tasas y precios con motivo de la realización de empadronamientos para todas las categorías, debiendo abonarse únicamente las chapas de matrículas.

Atento: A lo expuesto y dispuesto en el artículo 133 y 297 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

            ELEVESE a estudio y consideración de la Junta Departamental de Florida, el siguiente proyecto de decreto:

Artículo 1).-Exonérese del pago de las tasas y precios que se abonan con motivo de la realización de empadronamiento de vehículos.

Artículo 2).-Que esta exoneración rige para todas las categorías de vehículos, debiendo abonarse únicamente las chapas de las matrículas.

Artículo 3).-Comuníquese, etc. (Fdo) Dra. Macarena Rubio Intendenta, Ernesto Sánchez Prosecretario.”

LA SECRETARIA