Distribuido Nº11/12

Florida, 13 de marzo de 2012
Sr(a) Edil(a) Departamental
                          Se remite proyecto aprobados por comisiones asesoras y que integrarán el Orden del Día de la sesión del próximo viernes 16:

-- Comisión de Hacienda

Ref. Aprobación de las Rendiciones de Cuentas de la Intendencia Municipal , Ejercicios 2009 y 2010.-

Visto: los dictámenes del Tribunal de Cuentas de la República respecto a las Rendiciones de Cuentas de la Intendencia Municipal de Florida para los ejercicios 2009 y 2010, emitidos con fechas 22 de diciembre de 2010 y 14 de diciembre de 2011, respectivamente.

Considerando: I) que las mismas presentan razonablemente, en todos sus aspectos importantes de acuerdo a las normas legales y presupuestales aplicables, la ejecución presupuestal con relación a los créditos y a los recursos, el resultado del Ejercicio y el resultado acumulado al 31 de diciembre de 20009 y 2010, respectivamente.-

II) que se comparten las observaciones del organismo de contralor, así como la acción de la Intendencia Municipal en dar cumplimiento a algunas de las recomendaciones realizadas en las anteriores rendiciones,

Atento: A lo precedentemente expuesto;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA,

R E S U E L V E:

1º.- Apruébanse las Rendiciones de Cuentas de la Intendencia Municipal Ejercicios 2009 y 2010, encomendando a la misma a dar cumplimiento de las disposiciones legales observadas por el Tribunal de Cuentas en sus respectivos dictámenes.-

2º.- Comuníquese a la Intendencia Municipal y Tribunal de Cuentas.-

Conformes: Costa (Presidente ad-hoc), Novo, Silvana Goñi, Pérez Machado, Sánchez (Jorge).-

En contra: Fernández (Javier)

Ref. IF Exp.04411/11 – JDF Lº 12 Fº 115 Autorización a la Intendencia para transar con empresas particular en pago de horas trabajadas en el basurero de la ciudad de Florida.-

VISTO: estos antecedentes relacionados con la investigación administrativa dispuesta por la Intendencia de Florida sobre presuntas irregularidades relacionadas con la cantidad de horas presentadas al cobro por empresa contratada por la Comuna para trabajos en el basurero municipal

RESULTANDO: I) que como se expresa por la Abogada Instructora de la investigación es claro que existió deficiencias en el control o el mismo no existió, y que es imposible determinar, en esta instancia, las horas que efectivamente cumplía la empresa.

II) Que por ello, sugiere llegar a un acuerdo de manera que ambas partes obtengan un beneficio equitativo

III) Que asimismo el Ejecutivo Comunal dispuso realizar una ampliación de la investigación;

CONSIDERANDO: I) Que si bien no puede precisarse la cantidad de horas realizadas por la empresa (se reitera, por la falta de controles que ameritan responsabilidades que se esta en curso determinar); sí es cierto que las horas presentadas por la empresa no son exactas.-

II)Evacuada la vista, se propone por parte del Sr. Aníbal Vidart por la firma Liditur S.A Transportes Vidart- transar en 242 horas a cobrar, en lugar de las 192 que sugiere la Abogada Instructora.-

III) Que no es posible determinar fehacientemente las horas trabajadas y por lo tanto, tampoco las que restan pagar; por lo que se entiende razonable y equitativo el planteo de la empresa;

ATENTO: A lo establecido en el art. 35 numeral11 de la Ley No. 9515.-

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a transar con el empresa LIDITUR S.A- Transportes Vidart; en el pago de trescientos noventa y dos (392) horas de maquinaria por trabajos realizados en el vertedero de la ciudad de Florida, de las cuales ya se pagaron ciento cincuenta (150) horas.-

2º.- El saldo de doscientas cuarenta y dos (242) horas se hará efectivo luego de la vista fiscal e intervención del Tribunal de Cuentas de la República y celebrada la transacción.- Dicho pago se efectuará en el plazo de diez días posteriores a la intervención del Tribunal de Cuentas.

3º.- Pase a la Intendencia a sus efectos.-

Conformes: Costa (Presidente ad-hoc), Novo, Goñi, Pérez Machado,

En contra: Datti y Fernández (Javier).-

--Comisión de Desarrollo Productivo

Ref: IMF. Exp. 03425/11 – JDF Lº 12 Fº 39.- Declaración de Interés Departamental y exoneración al “Parque Industrial Fray Marcos”.-

Antecedente: Distribuido Nº 85/11.-

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA,

D E C R E T A :

Art. 1º.- Declarase de Interés Departamental el Proyecto Parque Industrial de Fray Marcos, incluyéndose el emprendimiento en la categoría “A” del Decreto Departamental Nº 41/91.-

Art. 2º.- Comuníquese,etc.-

Conformes: Martínez Usoz (Presidente), Linares, Martínez (Heber), Bauer, Marrero y Muñoz.-

También la Comisión de Legislación aprobó el tema por mayoría.-

Exposición de motivos

            El presente proyecto tiende a declarar de “Interés Departamental” a un emprendimiento industrial - ubicado en Ruta Nacional “Gral. Aparicio Saravia”-, de singulares características. En la documentación aportada se detallan los antecedentes, en cuanto a engorde de ganado en régimen de feed-lot y en proceso de desarrollo, planta de peleteado de alfalfa y procesamiento de raciones balanceadas, lo que comercialmente tiene gran demanda, potenciando las posibilidades de incrementar el stock ganadero, generando ello mayores necesidades de forraje.En dicho emprendimiento industrial, la Intendencia tendrá su cuota de participación para la promoción y proyección de pequeños y medianos industriales, comerciantes y profesionales que pretendan potenciar e impulsar sus actividades, procurando el desarrollo social, económico y productivo de la zona.En función de ello la norma prevé la exoneración de impuestos.-

LA SECRETARÍA