DECRETO JDF Nº 50/2012

DESCRIPCIÓN: Proyecto de decreto tendiente a donar predio -bajo determinadas condiciones- a la empresa Inducción Magnética S.A., declarando de “Interés Departamental” (Categoría “A”) su actividad.


APROBACIÓN: 07 de diciembre de 2012

ACTA 58/2012

EXPEDIENTE: IF Exps. Nº 04926/12 y 05156/12- JDF Lº 12 Fº 43.

En sesión de la fecha y por las mayorías que se expresarán, se sancionó el siguiente proyecto:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A :

Art.1º.- Autorízase a la Intendencia de Florida a donar a la empresa INDUCCIÓN MAGNÉTICA S.A., el Padrón Nº 15.019 Fracción Nº 1, con un área de 0 Ha. 3.250 m2 y Fracción Nº 2 de 0 Ha 3.640 m2; y el Padrón Nº 15.610 Fracción Nº 3 de 0 Ha 6.383 m2; de acuerdo al croquis adjunto a estas actuaciones.
Art. 2º.- La donación se autoriza bajo las siguientes condiciones resolutorias:
            a) Los predios referidos, serán destinados para la edificación de la planta industrial para el ensamble de luminarias de Inducción Magnética, no pudiéndose otorgar bajo ningún concepto otro destino que no sea el de referencia.
            b) La empresa dispondrá de un plazo de un año para el inicio de las obras de construcción de la planta, y deberán encontrarse culminadas dentro del plazo de 3 años a partir de la fecha de escrituración.
            c) Establecer el compromiso de la empresa que de ingresar a la misma personal no técnico, éste sea oriundo o residente del departamento de Florida, mediante procedimientos de selección transparente, previo llamado público, y en el caso de requerir personal técnico, se considere a los egresados de la UTU (Universidad Técnica), mediante convenio que pueda acordarse con la Institución , salvo razones de fuerza mayor.-
            d) En caso de incumplimiento de las condiciones anteriores o cierre de la empresa o cese definitivo de actividades por cualquier motivo, dentro del plazo de cinco años a contar desde el inicio de actividades de la empresa, caducará de pleno derecho la donación de los predios mencionados, reingresando los mismos al dominio municipal, quedando las obras y demás mejoras que se realicen en beneficio de la propiedad, sin derecho a indemnización alguna.
Art. 2º.- Contraprestación
           Se establece como contraprestación a cargo de la empresa, y de acuerdo a lo establecido por el Decreto Departamental 15/996, la entrega a título gratuito de luminarias por un monto equivalente a la suma de US$ 50.000, (dólares estadounidenses cincuenta mil), mediante entregas parciales, dentro de un plazo prudencial de tres años a partir del inicio de actividades de la empresa, para atender reposición y nuevos tendidos de alumbrado público en las localidades del interior del departamento.-
(Votados por unanimidad de presentes, 31 ediles)

Art. 3º.- Declárase de “Interés Departamental” el proyecto de instalación de una planta industrial para el ensamble de luminarias de inducción magnética apropiadas para su uso en alumbrado público, por parte de la Empresa inducción Magnética S.A., incluyéndose en la Categoría “A” del Decreto Departamental Nº 41/95.
(Votado por mayoría de presentes, 19 en 31 ediles)

 

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los siete días del mes de diciembre de dos mil doce.-

(Fdo.) Esc. JESÚS BENTANCOR DODERA, Presidente; ALEXIS LISSIO IRIGARAY, Secretario General