Distribuido Nº 65/05

Florida, 30 de noviembre de 2005.
Sr(a) Edil(a)
PRESENTE
De mi consideración:
                                 Cúmpleme elevar a Ud. proyecto de decreto sustitutivo al enviado en Expediente Nº 1417/05, para cobro de placas de matrículas.-

Ref. IMF Exp. Nº 02506/05 – JDF Lº 6 Fº 52.-

A estudio: Comisión de Hacienda

Florida, 30 de noviembre de 2005.-

VISTO: La iniciativa del Director General de Administración de proceder al cambio de placas de matrículas de vehículos.

CONSIDERANDO: 1) Que el Gobierno Departamental de Florida, en acuerdo con el Congreso Nacional de Intendentes y en cumplimiento de los compromisos asumidos en el marco del MERCOSUR, entiende necesario proceder a la unificación de las placas matrículas, de manera de evitar la diversidad que se ha verificado hasta el presente entre los departamentos de nuestro país.

2) Que las características de las nuevas placas de matrículas y su modelo, contarán con modernos elementos de seguridad, la sigla UY visible en un ángulo determinado y trenza de seguridad virtual que las hace imposible de falsificar.

3) Que el Ejecutivo Comunal pretende implementar el cambio de chapas de matrículas a la brevedad como así también adoptar las nuevas chapas en los empadronamientos y reempadronamientos que se realicen.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el Art. 275 numeral 4 y 273 numeral 3 de la Constitución de la República.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORIDA

RESUELVE.

ELÉVESE a la Junta Departamental de Florida para su estudio y consideración, el siguiente Proyecto de Decreto, sustitutivo del que fuera enviado en Expediente Nº 1417-05.

Art.1º) ESTABLÉCESE que el valor a cobrar por concepto de cambio de placas de matrículas que se realice en forma voluntaria, se regirá por la siguiente escala:

A- Hasta el día 30 de junio de 2006, los valores serán los mismos que los actuales: $ 700 para autos, camionetas y camiones, etc. con pago de contado y $ 430 para motos, ciclomotores, trailers, etc. con pago de contado.-

B- A partir del 1° de Enero de 2006 se autoriza el pago en tres cuotas, iguales, mensuales y consecutivas:

Autos, ómnibus y camiones, etc.- $ 250 cada cuota

Motos, ciclomotores y trailers, etc. $ 150 cada cuota

La entrega de las chapas de matrículas se hará efectiva al pago de la tercera cuota.-

Art. 2do.) Quienes no realicen el cambio de chapas antes del 30 de junio de 2006, podrán hacerlo al 31 de julio de 2006, al valor de la tasa en esa fecha.-

Art. 3ro.) Quienes al 1° de agosto de 2006 no hubieren realizado el cambio de chapas, serán pasibles de multas equivalentes al 100% del monto de la tasa.-

(Fdo). Dr. Fernando Lamas, Intendente Municipal; Dr. Julio Matos, Secretario General.-

LA SECRETARIA