Distribuido Nº 47/05

Florida, Octubre 19 de 2005.
Sr.(a) Edil (a) Departamental.
PRESENTE
De mi mayor consideración
                         Cúmpleme elevar a Ud. proyecto de decreto tendiente a que se exonere del pago de los tributos que gravan la expedición de Carné de Salud a diversos funcionarios municipales afectados a distintas dependencias.

A estudio: Comisión de Hacienda.

I M F . Exp. Nº 10192/00 - J D F Lº 5 Fº 196.

Florida, 20 de Setiembre de 2005.-

           VISTO. Estos antecedentes relativos a la solicitud de exoneración de los costos que gravan la expedición de carné de salud de los funcionarios municipales.

            CONSIDERANDO. 1) Que para el cumplimiento de las funciones en las distintas áreas de la Comuna resulta necesario contar por parte de los funcionarios municipales con carné de salud vigente.

             2) Que oportunamente se había remitido proyecto de decreto a la Junta Departamental en tal sentido, a los efectos de exonerar el pago de los tributos que gravan la expedición de carné de salud a los funcionarios afectados al Centro Médico Municipal, el que resulta necesario de acuerdo a lo dispuesto por Decretos Nº 416/2002 y 615/1990.

             3) Que surge además de lo informado por el Sr. Director General de Administración la necesidad de contar con carné de salud por parte de los funcionarios municipales cuyos servicios impliquen manejo de alimentos y/o un contacto importante con el público.

             4) Que en el mismo sentido se expidió el Sr. Director General de Higiene, detallándose las áreas en las cuales el mismo resulta imprescindible para el cumplimiento de la función pública.

             5) Que de estos antecedentes surge también la necesidad en el mismo sentido en las áreas de Desarrollo Comunitario y Bienestar Social que incluye no sólo a los funcionarios municipales sino también a aquellas personas que concurren voluntariamente a colaborar con la Administración para atender necesidades sociales y alimentarias de la comunidad.

             6) Que los valores a cobrar por concepto de expedición de carné de salud, se corresponden a tasas, razón por la cual se requiere para su exoneración la aprobación del Legislativo Dptal.

     ATENTO. A lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 133 y 222 de la Constitución de la República.

   EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORIDA
RESUELVE:

   1) Elévese a la Junta Departamental de Florida, para su estudio y consideración el siguiente proyecto de decreto;

       Art. 1º) Exonérese del pago de los tributos que gravan la expedición del carné de salud, a los funcionarios municipales afectados al Centro Médico Municipal, Guardería Municipal, Comedores, Plan Alimentarios, Piscina Municipal, Biblioteca, Escuela de Artes, Escuelas Deportivas, Hogar Estudiantil, Laboratorio Bromatológico y Clínico, Cementerios, Grupo Inspectivo Bromatológico, División Ambiental y similares, como así también a aquellas personas que prestan tareas de colaboración en los Comedores Municipales, como usuarios voluntarios de acuerdo a informe de Desarrollo Comunitario y Bienestar Social.

       Art. 2º) Comuníquese, etc.

(Fdo) Mtro. Juan F. GIACHETTO. Intendente Municipal - Dr. Julio C. MATOS. Secretario General.

LA SECRETARÍA