Distribuido Nº 22/05

Florida, 19 de julio de 2005.
Sr. (a) Edil (a) Departamental
PRESENTE
De mi mayor consideración.
                              Para vuestro conocimiento elevamos a Ud. proyecto presentado por el Sr. Edil Departamental Jesús Bentancor, de su sector Espacio 2004, que tiende a la creación del “Sistema de Centros de Barrios y sus Grupos de Apoyo” en la ciudad de Florida. )

A estudio: Comisión de Legislación

“Artículo 1. (Creación del Sistema de Centros de Barrio en la ciudad de Florida)

Crease el Sistema de Centros de Barrio de la ciudad de Florida con el

objeto de desconcentrar servicios municipales en forma progresiva y de estimular la participación social de los vecinos.

Artículo 2. (Determinación de las Zonas Barriales de la ciudad de Florida) Se definen como barrios de la ciudad de Florida la siguiente nómina de los mismos con los nombres y números correspondientes. Se encuentran en el Plano “Florida: Determinación de zonas barriales” que se adjunta:

Nº 1 Prado Español                                               Nº 17 Los Alamos

Nº 2 Piedra Alta                                                    Nº 18 Centenario

Nº 3 San Cono – Aguas Corrientes                          Nº 19 Pastorini

Nº 4 Corralón del Tigre                                           Nº 20 De Luca

Nº 5 Santa Anía                                                     Nº 21 Mañana

Nº 6 Norte                                                             Nº 22 Asociación Rural  

Nº 7 Curuchet                                                       Nº 23 Continuación Tomás González

Nº 8 San Fernando                                                 Nº 24 La Calera

Nº   9 Tomás González                                            Nº 25 Unión

Nº 10 Seminario                                                       Nº 26 Centro

Nº 11 Floridablanca                                                 Nº 27 Universitario

Nº 12 Burastero                                                        Nº 28 Cuchilla Santarcieri

Nº 13 Fernández Mura                                             Nº 29 Hipódromo  

Nº 14 Sarla                                                               Nº 30 Balcones de Florida

Nº 15 Candil                                                            Nº 31 Villa María

Nº 16 Santa Rosa                                                     Nº 32 Continuación José Pedro Varela

Artículo 3 (Determinación de los Centros e Barrios de la ciudad de Florida) Se definen los siguientes lugares y zonas de influencias de los Centros de Barrio de la ciudad de Florida:

-         Centro de Barrio Nº 1. Incluye los barrios de 1. Prado Español, 2 .Piedra Alta, y 24. La Calera.

-         Centro de Barrio Nº 2. Incluye los barios de 4.Corralón del Tigre, 3.San Cono–Aguas Corrientes, 22.Asociación Rural, 5.Santa Anía, 6.Norte y 32 Continuación José Pedro Varela.

-         Centro de Barrio Nº 3. Incluya los barrios de 8.San Fernando, 7. Curuchet, 23.Continuación Tomás González, 27.Universitario y 31.Villa María.

-         Centro de Barrio Nº 4. Incluye los barrios de 12.Burastero, 13.Fernández Mura, 14.Sarla, 15 Candil, s6.Santa Rosa, 17.Los Alamos, 18.Centenario, 19.Pastorini, 20.De Luca, 21.Mañana,28.Cuchilla Santariciieri, 30.Balcones de Florida.

-         Centro de Barrio Nº 5. Incluye los barrios de 10.Seminario, 11.Floridablanca y 29.Hipódromo.

-         Los barrios 25.Unión, 26.Centro y 9.Tomás González, serán de la jurisdicción de la sede central del Municipio en Independencia.

Artículo 4 (De la desconcentración de los servicios municipales) Los servicios municipales que se desconcentrarán en forma progresiva serán:

  1. 1.Trámites y gestión.
  2. 2.Promoción Social
  3. 3.Promoción cultural.
  4. 4.Recaudación.
  5. 5.Y otros que se determinen.

Artículo 5 (Registro de las Comisiones Vecinales y Organizaciones Sociales) La Intendencia llevará un registro de las Comisiones Vecinales y Organizaciones Sociales con la identificación del Centro de Barrio a que pertenecen a los efectos de estimular la participación vecinal y promover el Grupo de Apoyo al Centro de Barrio.

Artículo 6 (Del Grupo de Apoyo de las Comisiones de los Centros de Barrios) En cada Centro de Barrio (CB) habrá un Grupo de Apoyo del Centro de Barrio, que tendrá funciones de propuestas asesoramiento y colaboración en la gestión del Gobierno Departamental en la zona de influencia definida. El Grupo podrá ser integrado por un mínimo de 3 y un máximo de 15 miembros.

Cada Grupo de Apoyo de Vecinos del CB establecerá un propio régimen de integración, funcionamiento y organización interna, en el marco de las normas que se establezcan en el presente Decreto.

Serán coordinados por el funcionario Coordinador del Centro de Barrio.

Artículo 7 (Requisito para ser integrante de la Comisión del CB) Podrán ser miembros del Grupo de Apoyo del CB los vecinos que a la fecha de la designación como candidatos a integrar dicha Comisión de Apoyo, tengan residencia personal o laboral o social en la zona.

Solamente podrán ser candidatos por una zona. Se presentarán a través de propuesta de las Comisiones de Vecinos, Organizaciones Sociales del Barrio que hayan sido previamente registradas en el Registro de Comisiones Vecinales y Organizaciones Sociales,

o de la firma de hasta 10 vecinos de la zona.

La elección será por el sistema de planchas de nombres.

Artículo 8 (Funcionamiento del Grupo de Apoyo del C.B.) Las sesiones del Grupo de Apoyo del CB y las subcomisiones serán públicas.

Sus resoluciones serán comunicadas a la Intendencia Municipal y Junta Departamental de Florida.

Artículo 9 (Cooperación y participación de los vecinos) El Grupo de Apoyo del CB requerirá y promoverá la cooperación de los vecinos para labores de asesoramiento ente otras, de las siguientes formas:

   1- Sub comisiones en función de intereses comunes (Jóvenes, mujeres, tercera edad, deportes,       cultura, etc.)

   2- Plenarios periódicos redelegados de organizaciones vecinales, sociales, culturales y deportivas que contribuyan al fomento barrial.

Artículo 10 (Atribuciones del Grupo de Apoyo del C.B.) Incumbe a la Comisión del CB:

1.Propuestas:

a. Elaborar y proponer programas, proyectos y planes de internes zonal y local.

b. Proponer las medidas que estime convenientes para mejorar la prestación de los servicios y obras         de interés local, sugerir nuevos servicios y obras.

c. Informarse de las necesidades del vecindario y trasmitirlas conjuntamente con las propuestas de soluciones a la Intendencia Municipal.

2.Asesoramiento:

a. Asesorar a los órganos del Gobierno Departamental en lo referente a planes, proyectos para la zona, teniendo en cuenta las prioridades de ésta.

b. Esto será requerido por el Ejecutivo Comunal en el proceso de preparación de las prioridades del Presupuesto Quinquenal o de sus modificaciones presupuestales.

3.Colaboración en la gestión:

a. Con el Gobierno Departamental en el cumplimiento de las normas departamentales y su difusión entre los vecinos.

b. En la evaluación de la gestión del Gobierno Departamental, la prestación de los servicios y la ejecución de obras municipales dentro de la zona, y en especial en el seguimiento de los planes y programas relativos a su zona.

c. Organizar y promover actividades de carácter cultural, social, deportivo o turístico.

d. Cooperar en el cuidado de plazas, parques, espacios públicos en general.

Artículo 11 (Homologación) Una vez realizada la elección del Grupo de Apoyo del Centro de Barrio, el Intendente Municipal homologará dicha integración, elevando la información a la Junta Departamental.

Artículo 12 (Control) La Junta Departamental velará por la aplicación de los mecanismos de elección y funcionamiento de los Centros de Barrios en la ciudad de Florida.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La creación del “Sistema de Centros de Barrios” fue aprobada en el Plan Quinquenal 2000-2005 y se fueron instrumentando experiencias pilotos en el Centro de Barrio del Complejo Florencio Sánchez y el Programa PIAI del Prado Español, con el objetivo de ir buscando las mejores prácticas para luego proponer un instrumento legal que formalice el proceso de descentralización. Estas primeras experiencias de descentralización, desconcentración de servicios municipales y participación vecinal ha sido validada por los vecinos y las comisiones vecinales en diferentes instancias como valiosas y positivas, reclamando que se generalice en la ciudad.

Por otra parte, existen informes claros de profundización de estas experiencias aportados por el Programa Fortal del CLAEH –CERP – Unidad Asesora de la IMF del año 2004.

En primer lugar, se propuso y se logró con éxito la desconcentración de servicios municipales como: los trámites, gestiones, el cobro de tributo, servicios de alimentación, actividades del Centro Médico, de la Escuela de Arte y Artesanías, de políticas activas de empleo, de planificación participativa, participación ciudadana y organización de la estructura social del Centro de Barrio por parte de la Unidad Asesora. Por ello, interpretamos el rol del Municipio y de sus Oficinas de Centros de Barrios como instrumento articulador de las organizaciones sociales, de estímulo a la integración del Actor Socio Territorial o Socio Cultural y de puente entre dichas organizaciones de la sociedad civil y el sector público local y nacional. Los Centros tendrán un rol de animación socio cultural de la zona para facilitar el desarrollo comunitario. La participación ciudadana es un instrumento dinamizador de la gestión municipal mantenida dentro de la institucionalidad democrática. Por ello proponemos la creación de un Grupo de Apoyo del Centro con facultades de propuesta, asesoramiento y colaboración en la gestión municipal.

Un proyecto de estas características tiene los objetivos a cumplir:

1. Desconcentrar servicios municipales.

2. Estimular la participación vecinal.

3. Iniciar un proceso de descentralización en los barrios de la ciudad de Florida.

4. Mejorar la calidad de servicios al contribuyente.

Se está en una inmejorable posición de establecer un decreto de localización de las zonas de influencias de los Centros de Barrio en la ciudad de Florida, de los barrios que los integran y de la reglamentación formal de su funcionamiento. (Fdo) Edil Departamental Jesú8s Bentancor.-

LA SECRETARIA